III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15696)
Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Cervezas San Miguel, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132591
CAPÍTULO SEXTO
Conceptos extrasalariales
Artículo 22.
Premio vinculación.
Al personal que cumpla veinte años ininterrumpidos en la Empresa, se le concederá
una gratificación de 1.464,69 euros para 2022 que se le pagará de una sola vez en la
nómina del mismo mes en que se cumplan los años de servicio.
Artículo 23. Dietas.
El personal que salga del municipio de su centro de trabajo habitual por necesidades
del servicio de la Empresa, tendrá derecho a percibir una indemnización que recibirá el
nombre de dieta.
Dará derecho al cobro de dieta completa la realización de un servicio que obligue al
trabajador a pernoctar fuera del municipio de su centro de trabajo habitual
Si el trabajador puede volver a pernoctar a su domicilio, solo devengará media dieta.
Se entenderá que puede volver a pernoctar a su domicilio si puede regresar a su
residencia habitual antes de las veintitrés horas.
Para el año 2022 el importe de la dieta completa será de 81,95 euros brutos y
de 31,87 euros brutos para la media dieta, sin distinción de categorías. Dichos importes
estarán sujetos en cuanto a su regulación fiscal al Reglamento del IRPF.
En casos especiales de desplazamientos de empleados de la Empresa por tiempo
superior a una semana, se convendrá la dieta libremente entre el interesado y la
Empresa, siempre sobre la base de una cantidad al menos del importe de la dieta normal
completa por día.
CAPÍTULO SÉPTIMO
Licencias y excedencias y suspensiones con reserva de puesto
Artículo 24.
Licencias retribuidas.
A. Dieciséis días naturales en caso de matrimonio o pareja de hecho legalmente
constituida conforma a la normativa que le sea de aplicación. En el supuesto de que por
el trabajador se pretendiera acumular este permiso a las vacaciones anuales, esta
acumulación será posible si mediara acuerdo entre Empresa y Trabajador.
B. Tres días laborables en caso de nacimiento de hijo. Únicamente para el caso de
que la persona trabajadora no reúna el periodo de carencia para la percepción de
cualquier prestación como consecuencia del hecho del nacimiento.
C. Tres días laborables por el fallecimiento de cónyuge, hijos (consanguíneos) y
padres (consanguíneos) así como dos días laborables en el caso de padres políticos,
hijos políticos, nietos, abuelos y hermanos de uno y otro cónyuge.
Tres días laborables por accidente o enfermedad grave, hospitalización o
intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge e
hijos (consanguíneos) así como dos días laborables en el caso de padres, padres
políticos, hijos políticos, nietos, abuelos y hermanos de uno u otro cónyuge. En el caso
de cónyuge e hijos la licencia se podrá tomar en días alternos siempre y cuando se
mantenga la hospitalización.
En ambos casos, cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un
desplazamiento al efecto, el plazo será de cinco días o cuatro días respectivamente
(cinco en los casos de tres días sin desplazamiento y cuatro en los casos de dos días sin
desplazamiento).
cve: BOE-A-2022-15696
Verificable en https://www.boe.es
El trabajador, previo aviso y posterior justificación, podrá ausentarse del trabajo con
derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132591
CAPÍTULO SEXTO
Conceptos extrasalariales
Artículo 22.
Premio vinculación.
Al personal que cumpla veinte años ininterrumpidos en la Empresa, se le concederá
una gratificación de 1.464,69 euros para 2022 que se le pagará de una sola vez en la
nómina del mismo mes en que se cumplan los años de servicio.
Artículo 23. Dietas.
El personal que salga del municipio de su centro de trabajo habitual por necesidades
del servicio de la Empresa, tendrá derecho a percibir una indemnización que recibirá el
nombre de dieta.
Dará derecho al cobro de dieta completa la realización de un servicio que obligue al
trabajador a pernoctar fuera del municipio de su centro de trabajo habitual
Si el trabajador puede volver a pernoctar a su domicilio, solo devengará media dieta.
Se entenderá que puede volver a pernoctar a su domicilio si puede regresar a su
residencia habitual antes de las veintitrés horas.
Para el año 2022 el importe de la dieta completa será de 81,95 euros brutos y
de 31,87 euros brutos para la media dieta, sin distinción de categorías. Dichos importes
estarán sujetos en cuanto a su regulación fiscal al Reglamento del IRPF.
En casos especiales de desplazamientos de empleados de la Empresa por tiempo
superior a una semana, se convendrá la dieta libremente entre el interesado y la
Empresa, siempre sobre la base de una cantidad al menos del importe de la dieta normal
completa por día.
CAPÍTULO SÉPTIMO
Licencias y excedencias y suspensiones con reserva de puesto
Artículo 24.
Licencias retribuidas.
A. Dieciséis días naturales en caso de matrimonio o pareja de hecho legalmente
constituida conforma a la normativa que le sea de aplicación. En el supuesto de que por
el trabajador se pretendiera acumular este permiso a las vacaciones anuales, esta
acumulación será posible si mediara acuerdo entre Empresa y Trabajador.
B. Tres días laborables en caso de nacimiento de hijo. Únicamente para el caso de
que la persona trabajadora no reúna el periodo de carencia para la percepción de
cualquier prestación como consecuencia del hecho del nacimiento.
C. Tres días laborables por el fallecimiento de cónyuge, hijos (consanguíneos) y
padres (consanguíneos) así como dos días laborables en el caso de padres políticos,
hijos políticos, nietos, abuelos y hermanos de uno y otro cónyuge.
Tres días laborables por accidente o enfermedad grave, hospitalización o
intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge e
hijos (consanguíneos) así como dos días laborables en el caso de padres, padres
políticos, hijos políticos, nietos, abuelos y hermanos de uno u otro cónyuge. En el caso
de cónyuge e hijos la licencia se podrá tomar en días alternos siempre y cuando se
mantenga la hospitalización.
En ambos casos, cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un
desplazamiento al efecto, el plazo será de cinco días o cuatro días respectivamente
(cinco en los casos de tres días sin desplazamiento y cuatro en los casos de dos días sin
desplazamiento).
cve: BOE-A-2022-15696
Verificable en https://www.boe.es
El trabajador, previo aviso y posterior justificación, podrá ausentarse del trabajo con
derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: