III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15577)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, sobre transporte ferroviario de viajeros por cuenta propia del personal de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 24 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131284

A tal efecto, computarán las cantidades abonadas por la Policía Nacional, así como
las cantidades abonadas por la Dirección General de la Policía, de acuerdo a la escala
siguiente:
Consumos netos anuales € *

Consumos netos hasta 1.000.000.

Bonificación

Porcentaje

1,00

> 1.000.000 – 2.000.000

1,50

> 2.000.000 – 3.000.000

2,00

> 3.000.000 – 4.000.000

2,50

> 4.000.000 – 5.000.000

3,50

* Consumos netos anuales, una vez deducido el IVA.

Renfe Viajeros y la Dirección General de la Policía se comprometen a efectuar un
seguimiento de las facturaciones que se generen a partir de la entrada en vigor del presente
Convenio a efectos de valorar, contrastar y analizar la ejecución de los acuerdos
alcanzados en cuanto a aplicación de tarifas y descuentos comerciales, y en su caso fijar los
procesos de regularización, así como puntualidad en el pago de las citadas tarifas.
Para la obtención de los billetes objeto del presente Convenio será preceptivo que el
viajero disponga, además de la Tarjeta de Viaje «Cuerpo Nacional de Policía», cuya
validez queda prorrogada por tiempo indefinido, de su correspondiente soporte de
identificación personal de la Dirección General de la Policía, en los términos expuestos
en el anexo III.
1.3

Coste económico y financiación.

La previsión de gasto anual de la aplicación del presente Convenio asciende a un
máximo de 250.000 euros, cuya financiación se llevará a cabo con cargo al presupuesto de
gastos de la Dirección General de la Policía, aplicación presupuestaria 16.03.132A.162.04 –
Acción Social.
ANEXO II
Racionalización administrativa
2.1

Canales de relación.

Los canales de relación que se establecen entre ambas partes, son los siguientes:
2.1.1

Relaciones económico-administrativas.

2.1.2

Liquidaciones y reclamaciones.

Todos los asuntos relacionados con liquidaciones y reclamaciones del presente
Convenio se tramitarán y resolverán a través de la Comisión Mixta de Seguimiento del
mismo.

cve: BOE-A-2022-15577
Verificable en https://www.boe.es

Para el pago de los transportes y para resolver los asuntos de carácter económicoadministrativo que el presente Convenio requiera, la Subdirección General de Recursos
Humanos y Formación de la Dirección General de la Policía se relacionará con Renfe
Viajeros, a través de la División Económica y Técnica.