III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15577)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, sobre transporte ferroviario de viajeros por cuenta propia del personal de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 24 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131283

Estas bonificaciones serán aplicables, a la oferta:
1)
2)

Básica.
Familias Numerosas.

Para los trenes AVLO los complementos a la tarifa Básica (anulación, cambio,
selección de asiento, equipaje adicional, etc.) se abonarán íntegramente por el viajero.
En los trenes AVLO no se permite el cambio de titularidad del mismo, para los trenes
AVE Larga Distancia, dependerá de la opción seleccionada por el viajero: Básico y Elige
tendría que abonar complemento y sí es Premium se incluye.
Con la nueva estructura comercial los trenes AVE-Larga Distancia y AVLO incluidos en
los Servicios Comerciales reflejados en el actual anexo I, en los apartados A y B los Títulos
de Transportes serán nominativos e incluirán la identificación del viajero en el mismo.
C)

Trenes Media Distancia Convencional (MDC), Avant y MDC-Ancho Métrico:

El personal de la Dirección General de la Policía incluido en el presente Convenio
obtendrá una bonificación del 10 % del precio del billete tasado a Tarifa General o
Comercial aplicada en todos los trenes, Media Distancia Convencional (MDC) y Alta
Velocidad-Media Distancia (Avant) y MDC-Ancho Métrico, porcentaje que le
corresponderá abonar a la Dirección General de la Policía.
Este descuento será aplicable igualmente sobre las tarifas comerciales: Ida, Ida y
Vuelta, Tarjeta Dorada, Abonos Mensuales de Media Distancia Convencional (excepto
abonos Estudiantes), Abono Tarjeta Plus, Tarjeta Plus 10 (excepto Tarjeta Estudiantes),
Tarjeta Plus 10-45, Familia Numerosa, debiendo el viajero reunir las condiciones
particulares de cada una de las citadas ofertas comerciales.
Igualmente, dicho personal podrá acceder a la oferta comercial de plazas en coche-cama.
En el caso de los apartados A, B y C, si el viajero es portador del Título de Familia
Numerosa (Categoría General o Especial) se aplicará en primer lugar la bonificación
aplicable a la condición de Policía Nacional y posteriormente la reducción
correspondiente a Familia Numerosa.
Tanto en los puntos de control de acceso, como durante el trayecto, el personal
autorizado del Área de Intervención de Renfe Viajeros, podrá exigir de forma
complementaria cuando fuere requerido, la exhibición del Título de Transportes, Tarjeta
de Viaje «Cuerpo Nacional de Policía» y de su Carné Profesional (CP) o Documento
Identificativo (DI) citados en el apartado 1.2 del anexo 1, o si fuera necesario el
Documento Nacional de Identidad (DNI), o Pasaporte, todos ellos en vigor.
Renfe Viajeros, se compromete con la Dirección General de la Policía, a facilitar al
colectivo de la Policía Nacional, para viajes por Cuenta Propia, la Tarjeta o Tarjetas de
fidelización que en cada momento tenga establecida Renfe Viajeros.
Estas Tarjetas serán gratuitas tanto el primer año como los sucesivos, y tendrán las
mismas condiciones generales que para el resto de clientes de Renfe Viajeros.
Disposiciones complementarias.

Renfe Viajeros bonificará a la Dirección General de la Policía, en función de los
consumos realizados en los viajes objeto del convenio, mediante la emisión de una
factura de abono, siempre que la Dirección General de la Policía haya abonado la
totalidad de las facturas correspondientes.

cve: BOE-A-2022-15577
Verificable en https://www.boe.es

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