III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15520)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Viernes 23 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131002

Décima. Transferencia de fondos.
El importe se transferirá por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico durante el curso académico correspondiente, una vez el convenio sea
eficaz y mediante transferencia bancaria en la cuenta, a nombre de la Universidad.
La transferencia de los fondos a la Universidad se realizará a medida que la
Comisión de Seguimiento verifique la adecuada justificación de los compromisos
económicos adoptados en el presente convenio y con la limitación de la cuantía máxima
establecida en la cláusula anterior.
Undécima.

Gastos de gestión del programa.

Las tareas de gestión de una práctica se han estimado en 7,8 horas alumno y mes
realizado de prácticas. Por ello, computándose únicamente los costes de personal
directo asociado a la realización de estas prácticas, el coste asciende a 5.128,50 euros.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula tercera, la Universidad se compromete
a realizar todas aquellas actividades que sean necesarias para la adecuada gestión de
las prácticas, incluida la verificación de la memoria aportada por el beneficiario, así como
el informe del tutor. Para ello, se computarán los costes de personal directo asociado a la
realización de estas prácticas.
Duodécima.

Transferencia de ayudas a personas beneficiarias.

La Universidad se compromete a transferir las ayudas correspondientes a los
estudiantes beneficiarios de las prácticas, de acuerdo con el instrumento jurídico que
determine.
Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización
no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su
contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de
trabajo.
Decimotercera.

Comisión de Seguimiento.

Se constituirá una Comisión de Seguimiento del convenio, que estará integrada por
un representante de cada una de las partes.
Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:

La Comisión estará presidida por el representante del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. La secretaría de la Comisión, con voz pero sin voto,
corresponderá a un funcionario designado por la persona que ejerza la presidencia.
La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, o a petición de cualquiera de las
partes firmantes.
Las decisiones se tomarán por mayoría. En caso de discrepancia, el voto del
presidente de la Comisión tendrá carácter de voto de calidad.
La Comisión de Seguimiento ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en el
presente convenio y, en todo caso, a lo dispuesto supletoriamente en la sección 3.ª,
capítulo II, título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.

cve: BOE-A-2022-15520
Verificable en https://www.boe.es

a) Velar por el cumplimiento del convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación que pudieran plantearse en ejecución
del mismo.
c) Garantizar un adecuado reparto territorial de las plazas ofertadas, velando
porque las prácticas se desarrollen en zonas rurales con efectivos problemas de
despoblación.
d) Verificar la adecuada justificación de los compromisos económicos adoptados en
el presente convenio.