III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15520)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Viernes 23 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131001
Podrán presentar propuestas para acoger estudiantes en prácticas cualquier
administración local, institución, organismo o empresa legalmente constituidos y
asentados en municipios de menos de 5.000 habitantes en zonas rurales con problemas
de despoblación de cualquier región del Estado español.
Sexta.
Selección de propuestas de prácticas.
La Universidad procederá a la selección de propuestas de prácticas siguiendo las
indicaciones de la Guía del Programa Campus Rural.
La suma total de los meses de duración de las prácticas del Programa Campus Rural
respecto de la Universidad no excederá de cincuenta meses.
La Universidad procederá a informar a las entidades proponentes que corresponda
de la incorporación de las prácticas respectivas al Programa Campus Rural e iniciará el
proceso de anuncio, difusión, solicitud y, finalmente, asignación de estudiantes y
formalización de las mismas, siguiendo los procedimientos determinados en su propia
normativa de Prácticas Académicas.
La Universidad establecerá el marco regulador de las relaciones entre el estudiante,
la entidad proponente y la propia universidad mediante convenio de Cooperación
Educativa, tal y como dispone el artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por
el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Séptima. Participantes.
Las prácticas ofertadas podrán ser solicitadas por cualquier estudiante de Grado o
Máster oficiales de la Universidad que cumpla los requisitos establecidos en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, así como la normativa específica de prácticas
académicas de la Universidad y las condiciones particulares de la práctica que solicite.
La asignación de estudiantes a las prácticas deberá estar finalizada antes del 15 de julio
del curso académico correspondiente.
A tal efecto, la Universidad establecerá qué alumnos se integrarán en el Programa
Campus Rural del curso académico correspondiente. Los alumnos que no hubieran sido
seleccionados pasarán a integrar una lista de reserva. La asignación se llevará a cabo
atendiendo al expediente académico del alumno.
Octava. Duración de las prácticas.
Las prácticas se realizarán entre el 1 de septiembre del curso académico
correspondiente y el 31 de diciembre del mismo año, con una duración mínima de tres
meses y máxima de cinco, debiendo residir el estudiante en el mismo municipio en el
que realice las prácticas.
Financiación.
El coste total de las actuaciones dirigidas al desarrollo del Programa Campus Rural
en el marco del presente convenio asciende a un máximo de 58.353,50 euros, de
acuerdo con lo previsto en el anexo del presente convenio.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se compromete a
financiar el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente convenio mediante una
aportación global de un máximo de 53.225 euros con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.14.456E.441, y de acuerdo con lo previsto en el anexo del presente
convenio.
La universidad se compromete a financiar el programa Campus Rural por un importe
global de hasta 5.128,50 euros de acuerdo con lo dispuesto en el anexo del presente
convenio.
cve: BOE-A-2022-15520
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 229
Viernes 23 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131001
Podrán presentar propuestas para acoger estudiantes en prácticas cualquier
administración local, institución, organismo o empresa legalmente constituidos y
asentados en municipios de menos de 5.000 habitantes en zonas rurales con problemas
de despoblación de cualquier región del Estado español.
Sexta.
Selección de propuestas de prácticas.
La Universidad procederá a la selección de propuestas de prácticas siguiendo las
indicaciones de la Guía del Programa Campus Rural.
La suma total de los meses de duración de las prácticas del Programa Campus Rural
respecto de la Universidad no excederá de cincuenta meses.
La Universidad procederá a informar a las entidades proponentes que corresponda
de la incorporación de las prácticas respectivas al Programa Campus Rural e iniciará el
proceso de anuncio, difusión, solicitud y, finalmente, asignación de estudiantes y
formalización de las mismas, siguiendo los procedimientos determinados en su propia
normativa de Prácticas Académicas.
La Universidad establecerá el marco regulador de las relaciones entre el estudiante,
la entidad proponente y la propia universidad mediante convenio de Cooperación
Educativa, tal y como dispone el artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por
el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Séptima. Participantes.
Las prácticas ofertadas podrán ser solicitadas por cualquier estudiante de Grado o
Máster oficiales de la Universidad que cumpla los requisitos establecidos en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, así como la normativa específica de prácticas
académicas de la Universidad y las condiciones particulares de la práctica que solicite.
La asignación de estudiantes a las prácticas deberá estar finalizada antes del 15 de julio
del curso académico correspondiente.
A tal efecto, la Universidad establecerá qué alumnos se integrarán en el Programa
Campus Rural del curso académico correspondiente. Los alumnos que no hubieran sido
seleccionados pasarán a integrar una lista de reserva. La asignación se llevará a cabo
atendiendo al expediente académico del alumno.
Octava. Duración de las prácticas.
Las prácticas se realizarán entre el 1 de septiembre del curso académico
correspondiente y el 31 de diciembre del mismo año, con una duración mínima de tres
meses y máxima de cinco, debiendo residir el estudiante en el mismo municipio en el
que realice las prácticas.
Financiación.
El coste total de las actuaciones dirigidas al desarrollo del Programa Campus Rural
en el marco del presente convenio asciende a un máximo de 58.353,50 euros, de
acuerdo con lo previsto en el anexo del presente convenio.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se compromete a
financiar el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente convenio mediante una
aportación global de un máximo de 53.225 euros con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.14.456E.441, y de acuerdo con lo previsto en el anexo del presente
convenio.
La universidad se compromete a financiar el programa Campus Rural por un importe
global de hasta 5.128,50 euros de acuerdo con lo dispuesto en el anexo del presente
convenio.
cve: BOE-A-2022-15520
Verificable en https://www.boe.es
Novena.