III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-15533)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la regulación de las actividades conjuntas de ambas instituciones en el área de investigaciones y servicios climáticos.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Viernes 23 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131125

informes, asociados a los pagos cuatrimestrales, serán independientes del informe anual
asociado a la actuación H).
Adicionalmente a las aportaciones previstas en la presente cláusula, ambas
instituciones contribuirán en especie con sus respectivos equipos y horas de trabajo de
su personal para la gestión y coordinación de las actividades del convenio.
Cuarta.

Coordinación y seguimiento.

Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento (CMS) de la colaboración que
estará formada por las siguientes personas o aquellas en las que estas deleguen:
− Por parte de AEMET:
● El Jefe del Departamento de Desarrollo y Aplicaciones.
● El Jefe del Área de Evaluación y Modelización del Clima.
− Por parte de la UCM:
● La Vicerrectora de Investigación y Transferencia.
● El coordinador de la Red GuMNet.
Serán funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento las siguientes:

Esta Comisión quedará constituida una vez el convenio entre en vigor, debiendo
celebrarse la primera reunión en el plazo de dos meses a partir de su constitución, y se
reunirá a solicitud de cualquiera de las partes, al menos, una vez al año.
La presidencia y la secretaría de la CMS se establecerán de forma alternativa con
periodicidad anual, comenzando el primer año con la presidencia por parte de AEMET.
El funcionamiento de la CMS se acomodará a las normas que se acuerden en su
seno y supletoriamente a lo dispuesto en la sección 3.ª «Órganos colegiados de las
distintas administraciones públicas» del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De la misma manera, la CMS podrá acordar la creación de un Grupo de Trabajo
Técnico (GTT), para realizar un seguimiento continuo y ejecución de todos los aspectos
técnicos relativos a las actuaciones del presente convenio. La composición y su mecanismo
de funcionamiento, si se creara este GTT, se determinaría en el seno de la CMS.
Cualquier modificación del contenido del presente convenio supondrá la necesidad
de tramitar una adenda modificativa al convenio que será tramitada de acuerdo con lo
regulado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, pudiendo la comisión de seguimiento
proponer modificaciones, pero no acordar la modificación del contenido del convenio.
Quinta.

Vigencia.

El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y tendrá una vigencia de
cuatro años desde la inscripción, adicionalmente, se publicará en el «Boletín Oficial del

cve: BOE-A-2022-15533
Verificable en https://www.boe.es

− Supervisión, aprobación y seguimiento de la planificación de las actividades que
se desarrollen conjuntamente y que deberán estar recogidas en los informes de
actividad.
− Analizar y resolver los posibles problemas que puedan dificultar el funcionamiento
de las actividades conjuntas de ambas instituciones.
− Velar por la correcta ejecución de este convenio y resolver los problemas de
interpretación que de él se deriven.
− En caso de resolución del convenio propondrá la manera y plazo máximo e
improrrogable en que han de finalizar las actuaciones en curso, así como determinar las
posibles responsabilidades y proponer, en su caso, las indemnizaciones a que hubiere
lugar.