III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-15446)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», la Universidad Politécnica de Madrid, la Universitat de València y el Instituto de Astrofísica de Canarias, para la constitución de la Red Española de Física Solar Aeroespacial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130304
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este Convenio es la creación de la Red Española de Física Solar
Aeroespacial (S 3PC, por sus siglas en inglés, Spanish Space Solar Physics Consortium),
así como determinar la composición, la organización y el funcionamiento de la misma. La
Red aglutinará los esfuerzos españoles en física solar desde el espacio y en el desarrollo
de aquellos subproductos, técnicas y aplicaciones (incluso fuera del ámbito aeroespacial)
que deriven de ellos. La Red Española de Física Solar Aeroespacial, que carece de
personalidad jurídica propia y distinta a la de las entidades firmantes de este documento,
estará formada por los siguientes equipos:
− El Grupo de Física Solar del Instituto de Astrofísica de Andalucía (IAA-CSIC),
denominado SPG@IAA.
− El Departamento de Óptica Espacial del INTA.
− El Instituto de Microgravedad «Ignacio da Riva» de la UPM.
− El Departamento de Ingeniería Electrónica y el Laboratorio de Procesamiento de
Imágenes de la UVEG.
− El Grupo de Física Solar del Instituto de Astrofísica de Canarias
Segunda.
Objetivos de la Red Española de Física Solar Aeroespacial.
Teniendo en cuenta que el presente convenio se configura como el marco general de
actuación entre las entidades que lo suscriben y entre los grupos de investigación
pertenecientes a las mismas, en torno al funcionamiento y actividad de la Red Española
de Física Solar Aeroespacial, los objetivos generales serán:
1. Desarrollar proyectos de investigación conjuntos en el ámbito de la investigación
espacial en Física Solar.
2. Generar conocimiento científico y tecnológico en el ámbito de las disciplinas
incluidas en la propia actividad de desarrollo instrumental aeroespacial como la óptica, la
electrónica, la mecánica, la ingeniería térmica, el software y el firmware o la ciencia de
materiales.
3. Llevar a cabo formaciones dirigidas al incremento del conocimiento y experiencia
del personal de cada uno de los miembros de la Red, así como a la difusión del
conocimiento para las presentes y futuras generaciones, que serán beneficiarias de los
resultados obtenidos con las misiones espaciales.
Tercera. Compromisos de las partes.
La colaboración entre las partes no excluye la intervención o actividad singular de
una o varias de ellas, la cual, si es en el ámbito de los campos comunes de actividad,
será comunicada al resto para su conocimiento.
Los compromisos iniciales que asumen los sujetos firmantes en virtud del presente
convenio podrán concretarse mediante la suscripción de convenios específicos, los
cuales requieren de autorización del Ministerio de Hacienda y, en su caso, podrán dar
lugar a la suscripción de contratos, resoluciones u otros instrumentos que procedan de
acuerdo con la legalidad vigente.
cve: BOE-A-2022-15446
Verificable en https://www.boe.es
− Cada Parte aportará su infraestructura para el desarrollo de la colaboración en las
investigaciones que se efectúen.
− Cada Parte correrá con los gastos retributivos de su personal.
− Las Partes se comprometen a acordar los presupuestos de cada investigación o
desarrollo que realicen conjuntamente para presentarlos de forma coordinada a los
diferentes agentes financiadores tanto nacionales como internacionales.
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130304
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este Convenio es la creación de la Red Española de Física Solar
Aeroespacial (S 3PC, por sus siglas en inglés, Spanish Space Solar Physics Consortium),
así como determinar la composición, la organización y el funcionamiento de la misma. La
Red aglutinará los esfuerzos españoles en física solar desde el espacio y en el desarrollo
de aquellos subproductos, técnicas y aplicaciones (incluso fuera del ámbito aeroespacial)
que deriven de ellos. La Red Española de Física Solar Aeroespacial, que carece de
personalidad jurídica propia y distinta a la de las entidades firmantes de este documento,
estará formada por los siguientes equipos:
− El Grupo de Física Solar del Instituto de Astrofísica de Andalucía (IAA-CSIC),
denominado SPG@IAA.
− El Departamento de Óptica Espacial del INTA.
− El Instituto de Microgravedad «Ignacio da Riva» de la UPM.
− El Departamento de Ingeniería Electrónica y el Laboratorio de Procesamiento de
Imágenes de la UVEG.
− El Grupo de Física Solar del Instituto de Astrofísica de Canarias
Segunda.
Objetivos de la Red Española de Física Solar Aeroespacial.
Teniendo en cuenta que el presente convenio se configura como el marco general de
actuación entre las entidades que lo suscriben y entre los grupos de investigación
pertenecientes a las mismas, en torno al funcionamiento y actividad de la Red Española
de Física Solar Aeroespacial, los objetivos generales serán:
1. Desarrollar proyectos de investigación conjuntos en el ámbito de la investigación
espacial en Física Solar.
2. Generar conocimiento científico y tecnológico en el ámbito de las disciplinas
incluidas en la propia actividad de desarrollo instrumental aeroespacial como la óptica, la
electrónica, la mecánica, la ingeniería térmica, el software y el firmware o la ciencia de
materiales.
3. Llevar a cabo formaciones dirigidas al incremento del conocimiento y experiencia
del personal de cada uno de los miembros de la Red, así como a la difusión del
conocimiento para las presentes y futuras generaciones, que serán beneficiarias de los
resultados obtenidos con las misiones espaciales.
Tercera. Compromisos de las partes.
La colaboración entre las partes no excluye la intervención o actividad singular de
una o varias de ellas, la cual, si es en el ámbito de los campos comunes de actividad,
será comunicada al resto para su conocimiento.
Los compromisos iniciales que asumen los sujetos firmantes en virtud del presente
convenio podrán concretarse mediante la suscripción de convenios específicos, los
cuales requieren de autorización del Ministerio de Hacienda y, en su caso, podrán dar
lugar a la suscripción de contratos, resoluciones u otros instrumentos que procedan de
acuerdo con la legalidad vigente.
cve: BOE-A-2022-15446
Verificable en https://www.boe.es
− Cada Parte aportará su infraestructura para el desarrollo de la colaboración en las
investigaciones que se efectúen.
− Cada Parte correrá con los gastos retributivos de su personal.
− Las Partes se comprometen a acordar los presupuestos de cada investigación o
desarrollo que realicen conjuntamente para presentarlos de forma coordinada a los
diferentes agentes financiadores tanto nacionales como internacionales.