III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-15446)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», la Universidad Politécnica de Madrid, la Universitat de València y el Instituto de Astrofísica de Canarias, para la constitución de la Red Española de Física Solar Aeroespacial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 22 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 130302

Público y otras medidas de reforma administrativa, es el Organismo Público de
Investigación (OPI), con carácter de organismo autónomo, adscrito al Ministerio de
Defensa, a través de la Secretaría de Estado de Defensa, de los previstos en el
artículo 84.1.a). 1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, que tiene las funciones señaladas en el artículo 7 de su Estatuto, aprobado
mediante el Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre.
Tercero.
Que la UPM, de acuerdo con sus Estatutos, es una institución de derecho pública
dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la consecución de sus fines y
el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de acuerdo con el artículo 27.10
de la Constitución y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Entre
otras funciones, la Universidad desarrolla sus actividades en el área de la docencia y la
investigación.
Cuarto.
Que la UVEG, conforme a lo recogido en sus Estatutos, aprobados por
Decreto 128/2004 de 30 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, es una
institución de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propios y con los
derechos reconocidos por la Constitución y las demás leyes vigentes. Desarrolla
actividades de formación, investigación y desarrollo científico y tecnológico y está
interesada en colaborar con los sectores socioeconómicos para asegurar uno de los
fines de la formación y la investigación, que es la innovación y la modernización del
sistema social y productivo.
Quinto.
Que el IAC es un Organismo Público de Investigación español, constituido
jurídicamente como Consorcio Público e integrado por la Administración General del
Estado, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la
Universidad de La Laguna y el CSIC, de acuerdo con la ley de la Ciencia y cuyos fines
son la investigación astrofísica, el desarrollo de instrumentación científica, la formación
de personal investigador, la administración de los Observatorios de Canarias y la
divulgación científica.

Que la ya mencionada Ley de la Ciencia, en su artículo 34.1, establece que los
agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología
e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas, las universidades públicas, los
organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, los
consorcios y fundaciones participadas por las administraciones públicas, los organismos
de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e instituciones del
Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios sujetos al derecho administrativo.
Asimismo, dicho artículo 34.1 de la citada ley prevé que podrán celebrar estos
convenios los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que realicen
actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o
extranjeros, para la realización conjunta de las siguientes actividades: proyectos y
actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación; creación o financiación
de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación, e infraestructuras
científicas; financiación de proyectos científico-técnicos singulares; formación de
personal científico y técnico; divulgación científica y tecnológica y uso compartido de
inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de
investigación científica, desarrollo e innovación. El objeto del presente convenio se

cve: BOE-A-2022-15446
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.