III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-15446)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», la Universidad Politécnica de Madrid, la Universitat de València y el Instituto de Astrofísica de Canarias, para la constitución de la Red Española de Física Solar Aeroespacial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 22 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 130301

De otra, don Guillermo Cisneros Pérez, Rector Magnífico de la Universidad
Politécnica de Madrid, (CIF Q-2818015F), (en adelante UPM), nombrado por
Decreto 109/2020, de 25 de noviembre (BOCM núm. 289, de 26 de noviembre de 2020),
actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le
confieren los estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por
Decreto 74/2010 de 21 de octubre (BOCM núm. 273 de 15 de noviembre de 2010),
De otra, doña María Vicenta Mestre Escrivá, Rectora Magnífica de la Universitat de
València, Estudi General, (UVEG), con domicilio social en València, avda. Blasco Ibáñez
número 13 (C.P. 46010) y con CIF: Q-4618001-D, actuando en nombre y representación de
la misma, legitimada para este acto en virtud del artículo 94 de los Estatutos de la
Universitat de València, aprobados por Decreto 128/2004, de 30 de julio, del Consell
(DOGV 2004/8213), modificados por Decreto 45/2013, de 28 de marzo, del Consell
(DOGV 2013/6994) y facultada a partir de su nombramiento por el Decreto 25/2022, de 11
de marzo, del Consell (DOGV 2022/2126).
Y de otra, don Rafael Rebolo López, en su calidad de Director del Consorcio Instituto
de Astrofísica de Canarias (IAC), con domicilio en calle Vía Láctea, s/n, 38201 San
Cristóbal de La Laguna, Santa Cruz de Tenerife, España y CIF Q3811001A, actuando en
representación suya en virtud del nombramiento efectuado por el Consejo Rector del IAC
de 2 de agosto de 2013, y con las atribuciones que se le confieren al amparo de la
Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y en los Estatutos
del IAC (BOE de 21 de diciembre de 2018).
Las partes, en la representación que ejercen, se reconocen con la capacidad jurídica
suficiente y competencia para suscribir el presente convenio, a cuyo efecto
EXPONEN

Que la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC),
NIF Q-2818002-D, con sede central en Madrid (CP 28006) y domicilio institucional en
calle de Serrano, 117, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio,
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia»), es un Organismo
Público de Investigación (OPI) de la Administración General del Estado, actualmente
adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de
Investigación, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión
de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de
contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así
como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en
estas materias de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Estatuto del CSIC,
aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre (BOE 14/01/2008).
El CSIC está constituido como Agencia Estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de PGE
para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y por las disposiciones de su ya citado Estatuto.
El Instituto de Astrofísica de Andalucía (IAA-CSIC) es un instituto propio de
investigación del CSIC, sin personalidad jurídica diferenciada. Su misión es la de
profundizar en el conocimiento del cosmos, realizando investigación en Astrofísica y
Ciencia Espacial de vanguardia, fomentando el desarrollo tecnológico mediante la
construcción de nueva instrumentación y diseminando la investigación entre la
comunidad científica y el público en general por medio de actividades divulgadoras.
Segundo.
Que el INTA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia y
el artículo 2.1 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector

cve: BOE-A-2022-15446
Verificable en https://www.boe.es

Primero.