I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria. Bachillerato. Currículo. (BOE-A-2022-15418)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publican los currículos de la enseñanza de religión islámica correspondientes a Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de septiembre de 2022

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privado y en público, así como desarrollarlos de manera eficaz a lo largo de sus vidas, tal
y como los viven las personas musulmanas en un estado democrático y social como es
el nuestro.
Del mismo modo se espera de los niños y las niñas que, a partir de la adquisición de
este pensamiento reflexivo y crítico, sean capaces de agrupar en dos clases los
comportamientos que adoptan las personas musulmanas: los deberes de adoración, que
se refieren a las relaciones de la persona creyente hacia Dios; y las relaciones sociales,
dirigidas hacia las demás personas y hacia la Creación, estableciendo y comprendiendo
la complementariedad necesaria entre ambos. Por otra parte, se espera también que
sean capaces de explicar, desde sus posibilidades madurativas, los principales actos de
adoración mediante la comprensión de los conocimientos (saber), las destrezas (saber
hacer) y las actitudes (saber ser) descritas en los Textos, y de manera justificada en el
Fiqh (jurisprudencia islámica básica), el Tafsir (exégesis básica) y en el Hadiz inicial.
En consecuencia y en definitiva, con esta metodología se pretende que el alumnado
alcance a identificar y valorar los desempeños más relevantes de las personas
musulmanas en su vida diaria. Mediante este pensamiento se desea poner las bases, en
colaboración con las familias, de los comportamientos personales y sociales solidarios,
maduros, críticos, respetuosos, participativos y responsables, deseados por nuestra
sociedad diversa. La meta es lograr que estos desempeños descritos en las
competencias específicas y enunciados en los criterios de evaluación −seleccionados de
entre la mayoría de las situaciones cotidianas de las personas musulmanas− hagan
surgir en nuestros niños y niñas unas actitudes respetuosas consigo mismos, con las
demás personas y con el entorno natural y sociocultural.
El segundo propósito pretende conseguir que cada alumno o alumna madure la
fuerte relación existente entre los aprendizajes de esta área y las situaciones vividas
fuera del centro escolar. Es, por tanto, una relación que les permitirá reforzar sus
vínculos personales con las experiencias y los aprendizajes de esta área y con las
personas de su entorno.
El tercer propósito espera fomentar en el alumnado un sentido crítico ante la
información específica relativa al Islam en las redes sociales y en los medios de
comunicación, así como favorecer la reflexión y el debate sobre las diferencias, las
similitudes y las posibles tensiones entre el aprendizaje formal del Islam en los centros
escolares y su aprendizaje, formal e informal, fuera de ellos y a través de distintos
canales, como las plataformas digitales.
El cuarto y último propósito metodológico pretende precisamente iniciar la acción
educativa no solo con los saberes básicos incluidos en este currículo, evitando así poner
el acento exclusivamente en ellos. Al contrario, esta metodología procura activamente no
crear limitaciones para iniciar la acción educativa con otros aprendizajes, como son los
que acumulan las niñas y niños fuera de los centros educativos por su mayor
participación en el aprendizaje social. Así, por ejemplo, de entre los aprendizajes que
son deseables para el aula de Religión están los que se relacionan con el aprendizaje
personal de cada alumno o alumna, los mediadores, algunos obtenidos de las
plataformas digitales, y, por último, los aprendizajes propios de la educación no formal
(los acumulados en las mezquitas, asociaciones y centros culturales).
Por otra parte, como elemento clave en el éxito escolar, la evaluación en el área de
religión islámica en esta etapa educativa debe entenderse con carácter global, continua y
formativa. Deberá llevarse a cabo empleando instrumentos de evaluación variados,
flexibles, diversos, accesibles, generalizados y adaptados tanto a las distintas
situaciones o actividades de aprendizaje como al alumnado: técnicas e instrumentos que
sean capaces de evaluar la diversidad de todos los niños y niñas, es decir, que aseguren
para cada alumno o alumna una evaluación objetiva a partir de sus necesidades,
dificultades, ventajas, etc. El objetivo es que estos instrumentos y técnicas de evaluación
favorezcan una evaluación inclusiva para todos.
Por todo ello, y persiguiendo este carácter global, continuo y formativo, así como su
objetividad, las estrategias de evaluación se guiarán por las siguientes orientaciones:

cve: BOE-A-2022-15418
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 228