I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2022-15420)
Real Decreto 731/2022, de 6 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en el tramo medio del río Ebro y principales afluentes asociados dentro de la Estrategia Ebro Resilience y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 130115
El desbordamiento del río Ebro de marzo de 2015 produjo afecciones importantes a
lo largo de 200 km de su tramo medio y alcanzó los 2.690 m³/s en la estación de aforo de
Castejón y 2.500 m³/s en Zaragoza. Como en las anteriores hubo que evacuar a varias
poblaciones.
Hasta la reciente avenida de 2021, la última crecida de importancia ocurrió en abril
de 2018 y registró valores de caudal superiores a los 2.600 m³/s en Castejón y del orden de
los 2.000 m³/s en Zaragoza. En este caso, las medidas ejecutadas tras la avenida de 2015
redujeron sensiblemente las afecciones en los núcleos urbanos con mayor riesgo.
El episodio de avenida ocurrido entre el 8 y el 12 de diciembre de 2021 registró
valores históricos en las principales estaciones de aforo de la cuenca desde que existe el
SAIH-Ebro (año 1997). En la Comunidad Foral de Navarra, por ejemplo, en el río Arga se
superaron los valores históricos, alcanzando 600 m3/s en Pamplona, 1.100 m3/s en
Echauri o 950 m3/s en Funes. En el río Ega se registraron caudales en torno a los 275
m3/s en Estella y 280 m3/s en Andosilla, siendo caudales similares a los medidos en 2003
y 2018 con un periodo de retorno entre los diez y los veinticinco años. En el río Irati los
caudales registrados superaron también los de eventos anteriores pero, en este caso,
hay que tener en cuenta la laminación operada por el embalse de Itoiz, que restó
unos 700 m3/s aguas abajo reduciendo afecciones. En el río Aragón, igualmente, el
embalse de Yesa consiguió laminar la avenida reduciendo caudales muy elevados (en
torno a los 2.000 m3/s) a 920 m3/s y en el eje del Ebro se alcanzaron caudales similares
a la avenida de 2015, en torno a los 2.680 m3/s en Tudela.
Como conclusión, cabe indicar que si bien las riadas o avenidas en la cuenca
hidrográfica del Ebro son habituales, si bien es ya posible que, el efecto del cambio
climático esté incrementando la peligrosidad en la cuenca, al haberse producido
importantes inundaciones en los últimos años, cada vez más recurrentes y frecuentes y
con valores mayores de caudales, por lo que es necesario impulsar nuevas medidas de
gestión del riesgo de inundación que minimicen los efectos sobre la seguridad de las
personas y bienes y actividades económicas asociadas.
III
A partir de la aprobación de la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de
inundación (en adelante, Directiva de inundaciones), se han elaborado y aprobado los
planes de gestión del riesgo de inundación (en adelante, PGRI), que tienen como
objetivo lograr una actuación coordinada de todas las administraciones públicas y la
sociedad para reducir las consecuencias negativas de las inundaciones, basándose en
los programas de medidas que cada una de las administraciones debe aplicar en el
ámbito de sus competencias para alcanzar el objetivo previsto.
Los trabajos de esta Directiva de inundaciones se fundamentan en tres fases; la
primera, la evaluación preliminar de gestión del riesgo de inundación, que selecciona las
áreas de riesgo potencial significativo de inundación (en adelante, ARPSI) en las que se
realizan posteriormente los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación, para después
elaborar los PGRI, proceso cíclico que se revisa y actualiza cada seis años.
En este sentido, el PGRI de la parte española de la demarcación hidrográfica del
Ebro fue aprobado por el Real Decreto 18/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban
los Planes de gestión del riesgo de inundación de las demarcaciones hidrográficas del
Guadalquivir, Segura, Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas
del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla, estableciendo entre otros
objetivos, fomentar la preparación y la adaptación al riesgo de inundación de todos los
bienes situados en las zonas inundables.
De este modo, y de acuerdo con el apartado 1 del artículo 21 del Real
Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, la
Confederación Hidrográfica del Ebro llevó a cabo la revisión y actualización de la
evaluación preliminar del riesgo de inundación, aprobada mediante Resolución del
cve: BOE-A-2022-15420
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 130115
El desbordamiento del río Ebro de marzo de 2015 produjo afecciones importantes a
lo largo de 200 km de su tramo medio y alcanzó los 2.690 m³/s en la estación de aforo de
Castejón y 2.500 m³/s en Zaragoza. Como en las anteriores hubo que evacuar a varias
poblaciones.
Hasta la reciente avenida de 2021, la última crecida de importancia ocurrió en abril
de 2018 y registró valores de caudal superiores a los 2.600 m³/s en Castejón y del orden de
los 2.000 m³/s en Zaragoza. En este caso, las medidas ejecutadas tras la avenida de 2015
redujeron sensiblemente las afecciones en los núcleos urbanos con mayor riesgo.
El episodio de avenida ocurrido entre el 8 y el 12 de diciembre de 2021 registró
valores históricos en las principales estaciones de aforo de la cuenca desde que existe el
SAIH-Ebro (año 1997). En la Comunidad Foral de Navarra, por ejemplo, en el río Arga se
superaron los valores históricos, alcanzando 600 m3/s en Pamplona, 1.100 m3/s en
Echauri o 950 m3/s en Funes. En el río Ega se registraron caudales en torno a los 275
m3/s en Estella y 280 m3/s en Andosilla, siendo caudales similares a los medidos en 2003
y 2018 con un periodo de retorno entre los diez y los veinticinco años. En el río Irati los
caudales registrados superaron también los de eventos anteriores pero, en este caso,
hay que tener en cuenta la laminación operada por el embalse de Itoiz, que restó
unos 700 m3/s aguas abajo reduciendo afecciones. En el río Aragón, igualmente, el
embalse de Yesa consiguió laminar la avenida reduciendo caudales muy elevados (en
torno a los 2.000 m3/s) a 920 m3/s y en el eje del Ebro se alcanzaron caudales similares
a la avenida de 2015, en torno a los 2.680 m3/s en Tudela.
Como conclusión, cabe indicar que si bien las riadas o avenidas en la cuenca
hidrográfica del Ebro son habituales, si bien es ya posible que, el efecto del cambio
climático esté incrementando la peligrosidad en la cuenca, al haberse producido
importantes inundaciones en los últimos años, cada vez más recurrentes y frecuentes y
con valores mayores de caudales, por lo que es necesario impulsar nuevas medidas de
gestión del riesgo de inundación que minimicen los efectos sobre la seguridad de las
personas y bienes y actividades económicas asociadas.
III
A partir de la aprobación de la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de
inundación (en adelante, Directiva de inundaciones), se han elaborado y aprobado los
planes de gestión del riesgo de inundación (en adelante, PGRI), que tienen como
objetivo lograr una actuación coordinada de todas las administraciones públicas y la
sociedad para reducir las consecuencias negativas de las inundaciones, basándose en
los programas de medidas que cada una de las administraciones debe aplicar en el
ámbito de sus competencias para alcanzar el objetivo previsto.
Los trabajos de esta Directiva de inundaciones se fundamentan en tres fases; la
primera, la evaluación preliminar de gestión del riesgo de inundación, que selecciona las
áreas de riesgo potencial significativo de inundación (en adelante, ARPSI) en las que se
realizan posteriormente los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación, para después
elaborar los PGRI, proceso cíclico que se revisa y actualiza cada seis años.
En este sentido, el PGRI de la parte española de la demarcación hidrográfica del
Ebro fue aprobado por el Real Decreto 18/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban
los Planes de gestión del riesgo de inundación de las demarcaciones hidrográficas del
Guadalquivir, Segura, Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas
del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla, estableciendo entre otros
objetivos, fomentar la preparación y la adaptación al riesgo de inundación de todos los
bienes situados en las zonas inundables.
De este modo, y de acuerdo con el apartado 1 del artículo 21 del Real
Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, la
Confederación Hidrográfica del Ebro llevó a cabo la revisión y actualización de la
evaluación preliminar del riesgo de inundación, aprobada mediante Resolución del
cve: BOE-A-2022-15420
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228