III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-15263)
Resolución de 20 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Valencia, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Valencia, para el desarrollo de un proyecto piloto de integración del puerto de València, en la ciudad inteligente de València, en el marco de la convocatoria del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España. Pilotos de Edificios Inteligentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Lunes 19 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 128901

– Comprobar el rendimiento de las tecnologías abiertas que se desarrollen en el
proyecto piloto.
– Crear las bases para la normalización en el intercambio de datos, alineándose con
las mejores prácticas y contribuyendo al crecimiento del mercado único de datos
promovido por la UE.
Segunda.

Obligaciones de las partes.

De conformidad con lo previsto en las Bases de La Convocatoria, para el
cumplimiento de los objetivos descritos en la cláusula primera:

La relación de actuaciones no es exhaustiva ni limitativa y la Comisión de
Seguimiento definida en la Cláusula Octava de este Convenio, podrá definir actuaciones
adicionales en ejecución del Convenio, siempre que las mismas atiendan a los objetivos
del presente Convenio y al mutuo interés de las Partes y no afecte al contenido mínimo y
esencial del mismo, el cual no puede ser objeto de modificación en la Comisión de
seguimiento.
Tercera. Financiación del proyecto.
La propuesta presentada por el Ayuntamiento de València en la Iniciativa «Connecta
VLCi», no contempla la instalación de equipamiento en dependencias de la Autoridad

cve: BOE-A-2022-15263
Verificable en https://www.boe.es

I) El Ayuntamiento de València y la Autoridad Portuaria de València colaborarán a lo
largo de todas las fases necesarias para garantizar la interconexión de la Plataforma de
Ciudad Inteligente del Ayuntamiento de València (Plataforma VLCi) con la Plataforma del
Puerto de València, de acuerdo con la norma UNE 178104:2015 (Ciudades Inteligentes.
Infraestructuras. Sistemas integrales de gestión de la Ciudad Inteligente). En concreto, la
Autoridad Portuaria de València pondrá a disposición del Ayuntamiento de València la
información que consta en el anexo I: Casos de Uso, Tabla 1 «Información a compartir
origen Puerto València». Asimismo, el Ayuntamiento de València pondrá a disposición de
la Autoridad Portuaria de València la información que consta en el anexo I: Casos de
Uso, Tabla 2 «Información a compartir origen Ayuntamiento de València».
II) Las partes destinarán los recursos técnicos y humanos que resulten necesarios
para llevar a cabo el proyecto de interconexión objeto del presente Convenio con el
alcance descrito en la memoria presentada por el Ayuntamiento de València en la
Convocatoria las ayudas del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda
Digital para España, Pilotos de Edificios Inteligentes (C052/17-SP).
III) Las partes firmantes del presente Convenio colaborarán en todo momento
según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo
pactado. En este sentido, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa
cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente
acuerdo de conformidad con la cláusula incluida al efecto en este Convenio.
IV) En el caso de que la Plataforma de Puerto aún no esté disponible en el plazo
previsto en la ejecución de la Iniciativa, las partes estudiarán conjuntamente soluciones
técnicas alternativas para garantizar el intercambio de información entre las entidades.
V) Las partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias, de índole técnica
y organizativa para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal facilitados,
así como para evitar su alteración, pérdida o tratamiento no autorizado, conforme con la
cláusula sobre protección de datos incluida en este Convenio.
VI) Las partes se comprometen a mantener las condiciones en los términos y a las
finalidades establecidas en las Bases de la Convocatoria C052/17-SP para garantizar la
interconexión de ambas plataformas al menos durante el período durante el cual puedan
estas actuaciones ser objeto de control y supervisión por parte de Red.es.
VII) Toda comunicación externa relacionada con la Iniciativa «Connecta VLCi» que
afecte a ambas entidades será aprobada en la Comisión de Seguimiento que se
establece en el presente Convenio.