III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. (BOE-A-2022-15198)
Orden TED/896/2022, de 12 de septiembre, por la que se inhabilita a Green Gas And Kilovats, SL, para el ejercicio de la actividad de comercialización de gas natural y se determina el traspaso de sus clientes a las comercializadoras de último recurso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128230
en el artículo 14.2 y 3 de la citada ley, deberá presentar, en su caso, el recurso de
reposición a través de medios electrónicos.
Madrid, 12 de septiembre de 2022.–La Vicepresidenta Tercera y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
ANEXO I.1
Comunicación de la comercializadora de último recurso a los clientes de Green
Gas And Kilovats, SL, que tienen derecho a acogerse a la tarifa de último recurso
de gas natural
La Orden de la Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, de «Fecha de la Orden», ha determinado el traspaso de los clientes
de Green Gas And Kilovats, SL, a la comercializadora de último recurso «Denominación
comercializador de ultimo recurso». Por este motivo procede informarle de lo siguiente:
1. Green Gas And Kilovats, SL, no puede ejercer la actividad de comercialización
de gas natural al haber sido inhabilitada para el desarrollo de la actividad de
comercialización de gas natural por incumplimiento de la normativa en vigor.
2. Al objeto de garantizar su suministro de gas natural, y en cumplimiento de lo
previsto en los artículos 57 y 82 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, pasará a tener contratado su suministro a partir de «Fecha» por la
comercializadora de último recurso «Denominación comercializador de último recurso»
en las mismas condiciones técnicas que las estipuladas en el contrato anterior con
Green Gas And Kilovats, SL, y al precio de la tarifa de último recurso en vigor que le
corresponda de acuerdo a su volumen de consumo anual, publicada mediante la
Resolución de 27 de junio de 2022, de la Dirección General de Política Energética y
Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural, que en estos
momentos tiene el siguiente valor antes de impuestos:
Tarifa
Fijo (euros/
cliente)/mes
TUR 1: Consumo anual inferior o igual a 5.000 kWh/año.
Variable cent
euros/kWh
5,44
5,828315
TUR 2: Consumo anual superior a 5.000 kWh/año e inferior o
igual a 15.000 kWh/año.
10,24
5,486249
TUR 3:Consumo anual superior a 15.000 kWh/año e inferior
o igual a 50.000 kWh/año.
22,02
5,230939
3. En caso de que no desee ser suministrado por «Denominación comercializador
de último recurso», usted deberá, antes de que transcurra el plazo de seis días desde la
publicación en el BOE de la mencionada orden ministerial, es decir, con anterioridad a
«Fecha», contratar el suministro con cualquier empresa comercializadora a un precio
libremente pactado o contratar con otra comercializadora de último recurso al precio de
la tarifa de último recurso. Para su información puede consultar los listados de
comercializadores de gas natural y de comercializadoras de último recurso que se
encuentran disponibles en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia https://sede.cnmc.gob.es/listado/censo/4, así como el comparador de
precios de gas natural https://comparador.cnmc.gob.es/.
Transcurrido dicho plazo podrá, en cualquier momento, contratar su suministro con
cualquier empresa comercializadora a un precio libremente pactado o contratar con otra
comercializadora de último recurso a la tarifa de último recurso. Entre tanto, seguirá
cve: BOE-A-2022-15198
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 224
Sábado 17 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128230
en el artículo 14.2 y 3 de la citada ley, deberá presentar, en su caso, el recurso de
reposición a través de medios electrónicos.
Madrid, 12 de septiembre de 2022.–La Vicepresidenta Tercera y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
ANEXO I.1
Comunicación de la comercializadora de último recurso a los clientes de Green
Gas And Kilovats, SL, que tienen derecho a acogerse a la tarifa de último recurso
de gas natural
La Orden de la Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, de «Fecha de la Orden», ha determinado el traspaso de los clientes
de Green Gas And Kilovats, SL, a la comercializadora de último recurso «Denominación
comercializador de ultimo recurso». Por este motivo procede informarle de lo siguiente:
1. Green Gas And Kilovats, SL, no puede ejercer la actividad de comercialización
de gas natural al haber sido inhabilitada para el desarrollo de la actividad de
comercialización de gas natural por incumplimiento de la normativa en vigor.
2. Al objeto de garantizar su suministro de gas natural, y en cumplimiento de lo
previsto en los artículos 57 y 82 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, pasará a tener contratado su suministro a partir de «Fecha» por la
comercializadora de último recurso «Denominación comercializador de último recurso»
en las mismas condiciones técnicas que las estipuladas en el contrato anterior con
Green Gas And Kilovats, SL, y al precio de la tarifa de último recurso en vigor que le
corresponda de acuerdo a su volumen de consumo anual, publicada mediante la
Resolución de 27 de junio de 2022, de la Dirección General de Política Energética y
Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural, que en estos
momentos tiene el siguiente valor antes de impuestos:
Tarifa
Fijo (euros/
cliente)/mes
TUR 1: Consumo anual inferior o igual a 5.000 kWh/año.
Variable cent
euros/kWh
5,44
5,828315
TUR 2: Consumo anual superior a 5.000 kWh/año e inferior o
igual a 15.000 kWh/año.
10,24
5,486249
TUR 3:Consumo anual superior a 15.000 kWh/año e inferior
o igual a 50.000 kWh/año.
22,02
5,230939
3. En caso de que no desee ser suministrado por «Denominación comercializador
de último recurso», usted deberá, antes de que transcurra el plazo de seis días desde la
publicación en el BOE de la mencionada orden ministerial, es decir, con anterioridad a
«Fecha», contratar el suministro con cualquier empresa comercializadora a un precio
libremente pactado o contratar con otra comercializadora de último recurso al precio de
la tarifa de último recurso. Para su información puede consultar los listados de
comercializadores de gas natural y de comercializadoras de último recurso que se
encuentran disponibles en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia https://sede.cnmc.gob.es/listado/censo/4, así como el comparador de
precios de gas natural https://comparador.cnmc.gob.es/.
Transcurrido dicho plazo podrá, en cualquier momento, contratar su suministro con
cualquier empresa comercializadora a un precio libremente pactado o contratar con otra
comercializadora de último recurso a la tarifa de último recurso. Entre tanto, seguirá
cve: BOE-A-2022-15198
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 224