III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-15163)
Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Fundació Catalana de l'Esplai, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128032
2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
c) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para el diseño de la metodología RCT, y proporcionar la información
necesaria para ello, de acuerdo con los mecanismos de intercambio de información
previstos en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en la resolución de concesión de
la subvención y en el presente convenio.
d) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para la ejecución de la evaluación de los proyectos piloto objeto de las
subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.
e) Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la aplicación de los
fondos destinados al proyecto subvencionado mediante la verificación de documentos y
a la evaluación continua y final por parte de los órganos gestores de las respectivas
subvenciones, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General
de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.
f) Asegurar que los participantes en los itinerarios de inclusión social objeto del
presente convenio son adecuadamente informados y aceptan voluntariamente su
participación en el mismo, a través de la firma de un consentimiento informado. Se indica
en el anexo III la referencia al contenido del consentimiento.
2. Fundació Catalana de l'Esplai deberá rendir justificación ante el órgano gestor
del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos de la
subvención.
El reporte de la justificación de cumplimiento deberá realizarse de acuerdo con los
requisitos y el contenido concreto diseñados para cada una de las categorías de
actuaciones a financiar por parte de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social como órgano competente. De esta manera la información
incluida en la propia justificación de cumplimiento de las condiciones se adecuará al
diseño general de la política de inclusión social.
3. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor
probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia
administrativa.
4. Fundació Catalana de l'Esplai deberá proporcionar a la Secretaría General de
Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social los datos e indicadores disponibles
en sus bases de datos necesarios para el diseño, seguimiento y evaluación de los
itinerarios de inclusión social que son objeto de la subvención. En particular, se
proveerán datos de la población de partida del proyecto para la inclusión social en el
ámbito de sus competencias, con información sobre las características de cada uno de
ellos, así como de sus unidades de convivencia. Fundació Catalana de l'Esplai deberá
registrar y compartir con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social la información sobre los participantes en los itinerarios, así como de
aquellos seleccionados para el grupo de control para la evaluación. Se registrará y
proveerá información relativa a las actuaciones realizadas que permitan la evaluación de
las mismas, el seguimiento de los indicadores necesarios para evaluar el impacto de los
itinerarios y el enriquecimiento de la información con otra información adicional.
Se definirá un método de intercambio seguro de información para que sea posible
enriquecer la información con información adicional relacionada con el objeto de la
subvención, que se solicite por parte de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social y que sea proporcionada por terceros.
Los datos que sean objeto de cesión y tratamiento tendrán carácter de reservados y
secretos. Las partes se comprometen a mantener rigurosamente este carácter y a
preservar los derechos de las personas físicas y jurídicas a las que se refiera la
información estableciendo los procedimientos que garanticen el tratamiento lícito en los
términos previstos por el Reglamento Europeo 2016/679 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
cve: BOE-A-2022-15163
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128032
2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
c) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para el diseño de la metodología RCT, y proporcionar la información
necesaria para ello, de acuerdo con los mecanismos de intercambio de información
previstos en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en la resolución de concesión de
la subvención y en el presente convenio.
d) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para la ejecución de la evaluación de los proyectos piloto objeto de las
subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.
e) Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la aplicación de los
fondos destinados al proyecto subvencionado mediante la verificación de documentos y
a la evaluación continua y final por parte de los órganos gestores de las respectivas
subvenciones, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General
de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.
f) Asegurar que los participantes en los itinerarios de inclusión social objeto del
presente convenio son adecuadamente informados y aceptan voluntariamente su
participación en el mismo, a través de la firma de un consentimiento informado. Se indica
en el anexo III la referencia al contenido del consentimiento.
2. Fundació Catalana de l'Esplai deberá rendir justificación ante el órgano gestor
del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos de la
subvención.
El reporte de la justificación de cumplimiento deberá realizarse de acuerdo con los
requisitos y el contenido concreto diseñados para cada una de las categorías de
actuaciones a financiar por parte de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social como órgano competente. De esta manera la información
incluida en la propia justificación de cumplimiento de las condiciones se adecuará al
diseño general de la política de inclusión social.
3. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor
probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia
administrativa.
4. Fundació Catalana de l'Esplai deberá proporcionar a la Secretaría General de
Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social los datos e indicadores disponibles
en sus bases de datos necesarios para el diseño, seguimiento y evaluación de los
itinerarios de inclusión social que son objeto de la subvención. En particular, se
proveerán datos de la población de partida del proyecto para la inclusión social en el
ámbito de sus competencias, con información sobre las características de cada uno de
ellos, así como de sus unidades de convivencia. Fundació Catalana de l'Esplai deberá
registrar y compartir con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social la información sobre los participantes en los itinerarios, así como de
aquellos seleccionados para el grupo de control para la evaluación. Se registrará y
proveerá información relativa a las actuaciones realizadas que permitan la evaluación de
las mismas, el seguimiento de los indicadores necesarios para evaluar el impacto de los
itinerarios y el enriquecimiento de la información con otra información adicional.
Se definirá un método de intercambio seguro de información para que sea posible
enriquecer la información con información adicional relacionada con el objeto de la
subvención, que se solicite por parte de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social y que sea proporcionada por terceros.
Los datos que sean objeto de cesión y tratamiento tendrán carácter de reservados y
secretos. Las partes se comprometen a mantener rigurosamente este carácter y a
preservar los derechos de las personas físicas y jurídicas a las que se refiera la
información estableciendo los procedimientos que garanticen el tratamiento lícito en los
términos previstos por el Reglamento Europeo 2016/679 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
cve: BOE-A-2022-15163
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 223