III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-15163)
Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Fundació Catalana de l'Esplai, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128031
No obstante, en el caso de proyectos ejecutados por entidades beneficiarias de la
subvención del Tercer Sector de Acción Social, el Impuesto sobre el Valor Añadido será
gasto subvencionable, siempre y cuando no sea recuperable conforme a la legislación
aplicable.
4. Serán financiables las actuaciones vinculadas al objeto del correspondiente
convenio que articule las subvenciones y que sean desarrolladas a partir del 1 de febrero
de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2023 para la ejecución del itinerario objeto de la
subvención y hasta el 31 de marzo de 2024 para su evaluación, siempre y cuando
cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia.
Quinta. Cumplimiento de hitos y objetivos y otras obligaciones.
1. Estas ayudas estarán incluidas en la inversión C23.I7 «Fomento del crecimiento
inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo
Vital» dentro del Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo
dinámico, resiliente e inclusivo» correspondiente al Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones. Las ayudas contribuirán al cumplimiento, ejecución y realización
del objetivo y los hitos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se
prevé que el objetivo a alcanzar para el período del Plan sea la suscripción de, al menos,
18 convenios para la realización y evaluación de proyectos piloto de inclusión social (el
hito 350 del CID prevé ocho convenios, y el indicador de seguimiento 351.1 del anexo II
Disposiciones Operativas (OA por sus siglas en inglés) prevé, al menos, diez convenios
adicionales a los anteriores). Asimismo, estas ayudas contribuirán al cumplimiento del
hito 351 del CID, relativo a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y
Resiliencia de España, previsto para el primer trimestre de 2024, que consiste en la
publicación de una evaluación de, al menos dieciocho proyectos piloto, que incluirá
recomendaciones específicas para mejorar la tasa de acceso a la prestación y mejorar la
eficacia de las políticas de inclusión social.
Para ello, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social asume los siguientes compromisos en el marco de estas ayudas:
a) Proporcionar a Fundació Catalana de l'Esplai apoyo para el diseño de las
actuaciones a realizar para la ejecución y seguimiento del objeto de la subvención, así
como para el perfilado de los potenciales participantes del proyecto piloto.
b) Diseñar la metodología de ensayo controlado aleatorizado (RCT) del proyecto
piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de
mayo, en coordinación con Fundació Catalana de l'Esplai.
c) Evaluar el proyecto piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real
Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en coordinación con Fundació Catalana de l'Esplai.
2. La responsabilidad de la gestión, control y cumplimiento de los hitos y objetivos
de la subvención le corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, sin que pueda delegarse la misma en otras entidades.
Compromisos asumidos por Fundació Catalana de l'Esplai.
1. En virtud del presente convenio, Fundació Catalana de l'Esplai deberá dar
cumplimiento a las siguientes obligaciones:
a) Cumplir el objetivo, realizar la actividad y adoptar el comportamiento en que se
fundamenta la concesión de subvención, en la forma, condiciones y plazo establecidos
en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, la resolución de concesión y en el presente
convenio.
b) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE)
cve: BOE-A-2022-15163
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128031
No obstante, en el caso de proyectos ejecutados por entidades beneficiarias de la
subvención del Tercer Sector de Acción Social, el Impuesto sobre el Valor Añadido será
gasto subvencionable, siempre y cuando no sea recuperable conforme a la legislación
aplicable.
4. Serán financiables las actuaciones vinculadas al objeto del correspondiente
convenio que articule las subvenciones y que sean desarrolladas a partir del 1 de febrero
de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2023 para la ejecución del itinerario objeto de la
subvención y hasta el 31 de marzo de 2024 para su evaluación, siempre y cuando
cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia.
Quinta. Cumplimiento de hitos y objetivos y otras obligaciones.
1. Estas ayudas estarán incluidas en la inversión C23.I7 «Fomento del crecimiento
inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo
Vital» dentro del Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo
dinámico, resiliente e inclusivo» correspondiente al Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones. Las ayudas contribuirán al cumplimiento, ejecución y realización
del objetivo y los hitos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se
prevé que el objetivo a alcanzar para el período del Plan sea la suscripción de, al menos,
18 convenios para la realización y evaluación de proyectos piloto de inclusión social (el
hito 350 del CID prevé ocho convenios, y el indicador de seguimiento 351.1 del anexo II
Disposiciones Operativas (OA por sus siglas en inglés) prevé, al menos, diez convenios
adicionales a los anteriores). Asimismo, estas ayudas contribuirán al cumplimiento del
hito 351 del CID, relativo a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y
Resiliencia de España, previsto para el primer trimestre de 2024, que consiste en la
publicación de una evaluación de, al menos dieciocho proyectos piloto, que incluirá
recomendaciones específicas para mejorar la tasa de acceso a la prestación y mejorar la
eficacia de las políticas de inclusión social.
Para ello, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social asume los siguientes compromisos en el marco de estas ayudas:
a) Proporcionar a Fundació Catalana de l'Esplai apoyo para el diseño de las
actuaciones a realizar para la ejecución y seguimiento del objeto de la subvención, así
como para el perfilado de los potenciales participantes del proyecto piloto.
b) Diseñar la metodología de ensayo controlado aleatorizado (RCT) del proyecto
piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de
mayo, en coordinación con Fundació Catalana de l'Esplai.
c) Evaluar el proyecto piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real
Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en coordinación con Fundació Catalana de l'Esplai.
2. La responsabilidad de la gestión, control y cumplimiento de los hitos y objetivos
de la subvención le corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, sin que pueda delegarse la misma en otras entidades.
Compromisos asumidos por Fundació Catalana de l'Esplai.
1. En virtud del presente convenio, Fundació Catalana de l'Esplai deberá dar
cumplimiento a las siguientes obligaciones:
a) Cumplir el objetivo, realizar la actividad y adoptar el comportamiento en que se
fundamenta la concesión de subvención, en la forma, condiciones y plazo establecidos
en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, la resolución de concesión y en el presente
convenio.
b) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE)
cve: BOE-A-2022-15163
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.