III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2022-15160)
Resolución de 24 de agosto de 2022, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Viernes 16 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 127973

– La Red de Entidades Locales para la Agenda 2030 que aglutina a los gobiernos
locales que, de forma voluntaria, se unen a la misma con el objetivo de favorecer la
coordinación de actuaciones, permitiendo alcanzar mejores resultados en la
implementación de la Agenda 2030 a nivel local.
Tercero.
Que la Orden DSA 632/2022, de 23 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a acciones para el impulso
de la Agenda 2030 en las Entidades Locales dispone, en su artículo 3, que la Federación
Española de Municipios y Provincias actuará como entidad colaboradora, de acuerdo
con los establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Cuarto.
Por cuanto antecede, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 12 a 16 de la
Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ambas partes acuerdan
suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la
Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la FEMP, como entidad colaboradora, para la
gestión de las subvenciones reguladas por la Orden DSA/632/2022, de 23 de junio, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a
acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
Segunda.

Identificación de las subvenciones gestionadas.

La relación de actividades que conlleven la gestión de las ayudas por parte de la
entidad colaboradora queda sujeta, en todo caso, a la aprobación por la Secretaría de
Estado para la Agenda 2030 de la correspondiente convocatoria de ayudas en cada
ejercicio presupuestario.

La entidad colaboradora gestionará la concesión y justificación de las subvenciones
de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 3 de la Orden DSA/632/2022,
de 23 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las
Entidades Locales (en adelante, orden de bases).
La FEMP, como entidad colaboradora, actuará en nombre y por cuenta del Ministerio
de Derechos Sociales y Agenda 2030 a través de la aplicación disponible en Sede
Electrónica, debiendo destacarse debidamente este extremo con los solicitantes y los
beneficiarios de las ayudas.
Las tareas y actividades de la entidad colaboradora serán las siguientes:
a) Difundir las bases que regirán la selección de proyectos a subvencionar.
b) Suministrar información general sobre la convocatoria y resolver dudas y
consultas que en su marco puedan existir.
c) Comprobar el cumplimiento y efectividad, por parte de los beneficiarios, de las
condiciones o requisitos determinantes para la concesión de las ayudas que se señalan
en los artículos 2 y 5 de la orden de bases, así como de la justificación de la realización

cve: BOE-A-2022-15160
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Requisitos de la entidad colaboradora.