III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2022-15160)
Resolución de 24 de agosto de 2022, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 127972
Ambas partes, con las representaciones que tienes conferidas y reconociéndose con
plena capacidad para actuar y, en especial, para firmar este convenio.
EXPONEN
Primero.
Que la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, a través del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se
modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, tiene entre sus funciones las relativas a
la colaboración con todas las Administraciones Públicas para el cumplimiento de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible, en adelante, ODS, y la Agenda 2030, la coordinación,
diálogo y articulación de la implementación de la Agenda 2030, así como el diseño,
elaboración, desarrollo y evaluación de los planes y estrategias necesarios para el
cumplimiento por España de la Agenda 2030. Todo ello respetando el principio de lealtad
institucional y en colaboración con los órganos competentes de la Administración General
del Estado, con el resto de Administraciones Públicas competentes, con la sociedad civil, el
sector privado, las instituciones académicas y la sociedad en su conjunto, con el objetivo de
acelerar en mayor grado el cumplimiento de la Agenda 2030 en nuestro país, sin perjuicio
de las competencias atribuidas a otros órganos.
Que la FEMP, es la asociación de Entidades Locales de ámbito estatal con mayor
implantación, constituida al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y declarada de
utilidad pública por acuerdo del Consejo de Ministros, de 26 de junio de 1985, que
agrupa a Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares.
Que la FEMP, inscrita en el Registro de Asociaciones con el número 51.385, está
capacitada para suscribir convenios con las Administraciones Públicas y para actuar como
entidad colaboradora de la Administración en la gestión de las subvenciones de la que
puedan ser beneficiarias las Entidades Locales y sus organismos dependientes, a tenor de
lo establecido en la Disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, según
redacción operada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, y otras medidas para el desarrollo del Gobierno Local, y por la Ley 27/2013,
de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Que el apartado cuarto de la misma disposición adicional quinta, establece que las
asociaciones de Entidades Locales de ámbito estatal con mayor implantación en todo el
territorio ostentarán la representación institucional de la Administración Local en sus
relaciones con la Administración General del Estado.
Que la FEMP, en representación de las Entidades Locales, ha sido incluida por el
Gobierno en la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, como institución palanca en el
impulso de la Agenda 2030, poniendo en valor el papel de liderazgo que ha venido
ejerciendo en los últimos años.
Que el 21 de septiembre de 2019, en el XII Pleno de la FEMP, se renovó y reforzó
políticamente el liderazgo y compromiso de aterrizar los ODS, en las ciudades y territorios,
a través de la Declaración Específica en favor de la Agenda 2030 y de los ODS y que, en
base a este compromiso, la Junta de Gobierno de la FEMP decidió crear dos instrumentos
fundamentales para trabajar con los gobiernos locales en la localización e implementación
de los ODS de la Agenda 2030:
– La Comisión ODS Agenda 2030, constituida por veinticinco cargos electos, el 19
de mayo de 2020.
cve: BOE-A-2022-15160
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 127972
Ambas partes, con las representaciones que tienes conferidas y reconociéndose con
plena capacidad para actuar y, en especial, para firmar este convenio.
EXPONEN
Primero.
Que la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, a través del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se
modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, tiene entre sus funciones las relativas a
la colaboración con todas las Administraciones Públicas para el cumplimiento de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible, en adelante, ODS, y la Agenda 2030, la coordinación,
diálogo y articulación de la implementación de la Agenda 2030, así como el diseño,
elaboración, desarrollo y evaluación de los planes y estrategias necesarios para el
cumplimiento por España de la Agenda 2030. Todo ello respetando el principio de lealtad
institucional y en colaboración con los órganos competentes de la Administración General
del Estado, con el resto de Administraciones Públicas competentes, con la sociedad civil, el
sector privado, las instituciones académicas y la sociedad en su conjunto, con el objetivo de
acelerar en mayor grado el cumplimiento de la Agenda 2030 en nuestro país, sin perjuicio
de las competencias atribuidas a otros órganos.
Que la FEMP, es la asociación de Entidades Locales de ámbito estatal con mayor
implantación, constituida al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y declarada de
utilidad pública por acuerdo del Consejo de Ministros, de 26 de junio de 1985, que
agrupa a Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares.
Que la FEMP, inscrita en el Registro de Asociaciones con el número 51.385, está
capacitada para suscribir convenios con las Administraciones Públicas y para actuar como
entidad colaboradora de la Administración en la gestión de las subvenciones de la que
puedan ser beneficiarias las Entidades Locales y sus organismos dependientes, a tenor de
lo establecido en la Disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, según
redacción operada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, y otras medidas para el desarrollo del Gobierno Local, y por la Ley 27/2013,
de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Que el apartado cuarto de la misma disposición adicional quinta, establece que las
asociaciones de Entidades Locales de ámbito estatal con mayor implantación en todo el
territorio ostentarán la representación institucional de la Administración Local en sus
relaciones con la Administración General del Estado.
Que la FEMP, en representación de las Entidades Locales, ha sido incluida por el
Gobierno en la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, como institución palanca en el
impulso de la Agenda 2030, poniendo en valor el papel de liderazgo que ha venido
ejerciendo en los últimos años.
Que el 21 de septiembre de 2019, en el XII Pleno de la FEMP, se renovó y reforzó
políticamente el liderazgo y compromiso de aterrizar los ODS, en las ciudades y territorios,
a través de la Declaración Específica en favor de la Agenda 2030 y de los ODS y que, en
base a este compromiso, la Junta de Gobierno de la FEMP decidió crear dos instrumentos
fundamentales para trabajar con los gobiernos locales en la localización e implementación
de los ODS de la Agenda 2030:
– La Comisión ODS Agenda 2030, constituida por veinticinco cargos electos, el 19
de mayo de 2020.
cve: BOE-A-2022-15160
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.