III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2022-15161)
Orden CIN/894/2022, de 12 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para incentivar la consolidación investigadora, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 127984
Secretaría General de Investigación ejercerá, bajo la superior dirección de la persona
titular del Ministerio de Ciencia e Innovación, respecto de las unidades dependientes de
ella, las atribuciones previstas en el artículo 64 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
La Agencia Estatal de Investigación, creada mediante el Real Decreto 1067/2015,
de 27 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba
su Estatuto, queda adscrita al Ministerio de Ciencia e Innovación, a través de la
Secretaría General de Investigación y tiene entre sus funciones, a tenor del artículo 5 de
su Estatuto, entre otras, la gestión de los programas, instrumentos y actuaciones que se
le adjudiquen en el marco de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y
de Innovación, cualquier otro que le sea expresamente asignado por la Administración
General del Estado o los que deriven de los convenios de colaboración celebrados con
otras entidades o de otras actuaciones, mediante la asignación objetiva e imparcial de
los recursos disponibles.
La Agencia Estatal de Investigación responderá a los principios de transparencia y
eficiencia, garantizando al mismo tiempo la adopción de un modelo de gestión eficaz que
simplifique los procedimientos y disminuya las cargas administrativas para la ciudadanía.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y en el artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, esta
orden ha sido objeto de los informes favorables de la Abogacía del Estado y de la
Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado.
En virtud de todo lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Objeto, finalidad y normativa aplicable
Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden ministerial tiene como objeto aprobar las bases reguladoras
para la concesión de ayudas públicas para incentivar la consolidación investigadora,
incluidas en el Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, del Plan
Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Las ayudas que se financien al amparo de estas bases reguladoras se enmarcan
en la inversión I4, denominada «Nueva carrera científica», del componente 17 «Reforma
institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo
con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de
Recuperación a nivel europeo y nacional.
Ámbito de aplicación.
1. Las ayudas que se financien al amparo de estas bases reguladoras se enmarcan
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español.
2. La presente orden establece las bases de la concesión, comprobación y
justificación de las ayudas para incentivar la consolidación investigadora, cuyos
beneficiarios sean organismos de investigación y de difusión de conocimientos, definidos
en el artículo 5, en el ámbito de sus actividades no económicas.
Artículo 3.
Finalidad de las ayudas.
1. Las ayudas tienen como finalidad fomentar la consolidación de la carrera
profesional de personas investigadoras, nacionales y extranjeras, para que puedan
desarrollar su carrera profesional dentro del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y
cve: BOE-A-2022-15161
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 127984
Secretaría General de Investigación ejercerá, bajo la superior dirección de la persona
titular del Ministerio de Ciencia e Innovación, respecto de las unidades dependientes de
ella, las atribuciones previstas en el artículo 64 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
La Agencia Estatal de Investigación, creada mediante el Real Decreto 1067/2015,
de 27 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba
su Estatuto, queda adscrita al Ministerio de Ciencia e Innovación, a través de la
Secretaría General de Investigación y tiene entre sus funciones, a tenor del artículo 5 de
su Estatuto, entre otras, la gestión de los programas, instrumentos y actuaciones que se
le adjudiquen en el marco de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y
de Innovación, cualquier otro que le sea expresamente asignado por la Administración
General del Estado o los que deriven de los convenios de colaboración celebrados con
otras entidades o de otras actuaciones, mediante la asignación objetiva e imparcial de
los recursos disponibles.
La Agencia Estatal de Investigación responderá a los principios de transparencia y
eficiencia, garantizando al mismo tiempo la adopción de un modelo de gestión eficaz que
simplifique los procedimientos y disminuya las cargas administrativas para la ciudadanía.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y en el artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, esta
orden ha sido objeto de los informes favorables de la Abogacía del Estado y de la
Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado.
En virtud de todo lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Objeto, finalidad y normativa aplicable
Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden ministerial tiene como objeto aprobar las bases reguladoras
para la concesión de ayudas públicas para incentivar la consolidación investigadora,
incluidas en el Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, del Plan
Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Las ayudas que se financien al amparo de estas bases reguladoras se enmarcan
en la inversión I4, denominada «Nueva carrera científica», del componente 17 «Reforma
institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo
con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de
Recuperación a nivel europeo y nacional.
Ámbito de aplicación.
1. Las ayudas que se financien al amparo de estas bases reguladoras se enmarcan
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español.
2. La presente orden establece las bases de la concesión, comprobación y
justificación de las ayudas para incentivar la consolidación investigadora, cuyos
beneficiarios sean organismos de investigación y de difusión de conocimientos, definidos
en el artículo 5, en el ámbito de sus actividades no económicas.
Artículo 3.
Finalidad de las ayudas.
1. Las ayudas tienen como finalidad fomentar la consolidación de la carrera
profesional de personas investigadoras, nacionales y extranjeras, para que puedan
desarrollar su carrera profesional dentro del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y
cve: BOE-A-2022-15161
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.