III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2022-15161)
Orden CIN/894/2022, de 12 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para incentivar la consolidación investigadora, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128010
f) La promoción y fomento de la I+D+i, así como el impulso de la creación y
desarrollo de empresas de base tecnológica.
g) El desarrollo y preparación de propuestas para la participación en los programas
y proyectos internacionales de I+D+i y de la Unión Europea, en particular del Programa
Marco de I+D+i de la Unión Europea (Horizonte 2020).
h) La difusión de los resultados de estas actividades mediante la enseñanza, la
publicación o la transferencia de conocimientos.
3. Se definen como actividades económicas a aquellas actividades que consisten
en la oferta de bienes y/o servicios en un determinado mercado.
4. Actividades no económicas de los organismos de investigación o de
infraestructuras de investigación. Se considera que las siguientes actividades suelen ser
de naturaleza no económica:
a) Las actividades primarias de los organismos de investigación e infraestructuras
de investigación, en particular:
1.º La educación para lograr más y mejor personal cualificado. Según la
jurisprudencia y la práctica decisoria de la Comisión Europea, y tal como se expone en la
Comunicación sobre el concepto de ayuda estatal y en la Comunicación sobre los
Servicios de Interés Económico General (SIEG), la educación pública organizada dentro
del sistema nacional de educación, financiada predominantemente o enteramente por el
Estado y supervisada por este puede considerarse una actividad no económica.
2.º La I+D independiente para mejorar los conocimientos y la comprensión cuando
el organismo de investigación o la infraestructura de investigación emprendan una
colaboración efectiva.
3.º La amplia difusión de resultados de las investigaciones de forma no
discriminatoria y no exclusiva, por ejemplo, mediante la enseñanza, bases de datos de
acceso abierto, publicaciones abiertas o programas informáticos abiertos.
b) Actividades de transferencia de conocimientos, cuando son llevadas a cabo por
el organismo de investigación o la infraestructura de investigación (incluidos sus
departamentos o filiales) o de forma conjunta, o por cuenta de dichas entidades, y
cuando todos los beneficios generados por ellas vuelven a invertirse en actividades
primarias del organismo de investigación o la infraestructura de investigación. El carácter
no económico de esas actividades no se ve afectado por el hecho de contratar con
terceros la prestación de los servicios correspondientes mediante licitación pública.
5. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Es un proyecto de
País que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la
recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción
económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID-19, y para responder a
los retos de la próxima década a través de cuatro ejes transversales: transición
ecológica, transformación digital, cohesión social y territorial e igualdad de género.
6. Plaza de carácter permanente. Se consideran plazas de carácter permanente
aquellas que responden a una relación funcionarial o laboral, de carácter indefinido o fijo,
y con jornada a tiempo completo.
Para las entidades del sector público estatal o autonómico, solo se considerarán
válidos los puestos de trabajo ocupados por funcionarios de carrera y de personal
laboral, creados en virtud de las respectivas ofertas anuales de empleo público,
regulados en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
Para el resto de entidades no sujetas a la normativa del sector público estatal o
autonómico, solo se considerarán válidos los puestos cubiertos a través de contratos
concertados por tiempo indefinido, regulados en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, modificado por el Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de
cve: BOE-A-2022-15161
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128010
f) La promoción y fomento de la I+D+i, así como el impulso de la creación y
desarrollo de empresas de base tecnológica.
g) El desarrollo y preparación de propuestas para la participación en los programas
y proyectos internacionales de I+D+i y de la Unión Europea, en particular del Programa
Marco de I+D+i de la Unión Europea (Horizonte 2020).
h) La difusión de los resultados de estas actividades mediante la enseñanza, la
publicación o la transferencia de conocimientos.
3. Se definen como actividades económicas a aquellas actividades que consisten
en la oferta de bienes y/o servicios en un determinado mercado.
4. Actividades no económicas de los organismos de investigación o de
infraestructuras de investigación. Se considera que las siguientes actividades suelen ser
de naturaleza no económica:
a) Las actividades primarias de los organismos de investigación e infraestructuras
de investigación, en particular:
1.º La educación para lograr más y mejor personal cualificado. Según la
jurisprudencia y la práctica decisoria de la Comisión Europea, y tal como se expone en la
Comunicación sobre el concepto de ayuda estatal y en la Comunicación sobre los
Servicios de Interés Económico General (SIEG), la educación pública organizada dentro
del sistema nacional de educación, financiada predominantemente o enteramente por el
Estado y supervisada por este puede considerarse una actividad no económica.
2.º La I+D independiente para mejorar los conocimientos y la comprensión cuando
el organismo de investigación o la infraestructura de investigación emprendan una
colaboración efectiva.
3.º La amplia difusión de resultados de las investigaciones de forma no
discriminatoria y no exclusiva, por ejemplo, mediante la enseñanza, bases de datos de
acceso abierto, publicaciones abiertas o programas informáticos abiertos.
b) Actividades de transferencia de conocimientos, cuando son llevadas a cabo por
el organismo de investigación o la infraestructura de investigación (incluidos sus
departamentos o filiales) o de forma conjunta, o por cuenta de dichas entidades, y
cuando todos los beneficios generados por ellas vuelven a invertirse en actividades
primarias del organismo de investigación o la infraestructura de investigación. El carácter
no económico de esas actividades no se ve afectado por el hecho de contratar con
terceros la prestación de los servicios correspondientes mediante licitación pública.
5. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Es un proyecto de
País que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la
recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción
económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID-19, y para responder a
los retos de la próxima década a través de cuatro ejes transversales: transición
ecológica, transformación digital, cohesión social y territorial e igualdad de género.
6. Plaza de carácter permanente. Se consideran plazas de carácter permanente
aquellas que responden a una relación funcionarial o laboral, de carácter indefinido o fijo,
y con jornada a tiempo completo.
Para las entidades del sector público estatal o autonómico, solo se considerarán
válidos los puestos de trabajo ocupados por funcionarios de carrera y de personal
laboral, creados en virtud de las respectivas ofertas anuales de empleo público,
regulados en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
Para el resto de entidades no sujetas a la normativa del sector público estatal o
autonómico, solo se considerarán válidos los puestos cubiertos a través de contratos
concertados por tiempo indefinido, regulados en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, modificado por el Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de
cve: BOE-A-2022-15161
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Núm. 223