III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2022-15161)
Orden CIN/894/2022, de 12 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para incentivar la consolidación investigadora, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128011
cve: BOE-A-2022-15161
Verificable en https://www.boe.es
medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la
transformación del mercado de trabajo.
No se consideran de carácter permanente aquellos puestos que, aun siendo
indefinidos, estén vinculados a financiación externa o procedente de convocatorias de
ayudas públicas ni los contratos fijos-discontinuos.
7. Proyecto de I+D+i. Toda operación que incluye actividades que abarcan una o
varias categorías de investigación y desarrollo definidas en esta orden, y que pretende
realizar una tarea indivisible de carácter económico, científico o técnico preciso con unos
objetivos claramente definidos de antemano; un proyecto de I+D+i puede constar de
varias tareas, actividades o servicios, e incluye objetivos claros, actividades que hay que
realizar para lograr esos objetivos (incluidos sus costes previstos), y resultados concretos
para identificar los logros de esas actividades y compararlos con los objetivos relevantes;
cuando dos o más proyectos de I+D+i no sean claramente separables uno de otro y, en
particular, cuando no tengan probabilidades independientes de éxito tecnológico, se
considerarán un proyecto único.
8. Investigación fundamental. Trabajos experimentales o teóricos emprendidos con
el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos
subyacentes de los fenómenos y hechos observables, sin perspectivas de aplicación o
utilización comercial directa.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 223
Viernes 16 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 128011
cve: BOE-A-2022-15161
Verificable en https://www.boe.es
medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la
transformación del mercado de trabajo.
No se consideran de carácter permanente aquellos puestos que, aun siendo
indefinidos, estén vinculados a financiación externa o procedente de convocatorias de
ayudas públicas ni los contratos fijos-discontinuos.
7. Proyecto de I+D+i. Toda operación que incluye actividades que abarcan una o
varias categorías de investigación y desarrollo definidas en esta orden, y que pretende
realizar una tarea indivisible de carácter económico, científico o técnico preciso con unos
objetivos claramente definidos de antemano; un proyecto de I+D+i puede constar de
varias tareas, actividades o servicios, e incluye objetivos claros, actividades que hay que
realizar para lograr esos objetivos (incluidos sus costes previstos), y resultados concretos
para identificar los logros de esas actividades y compararlos con los objetivos relevantes;
cuando dos o más proyectos de I+D+i no sean claramente separables uno de otro y, en
particular, cuando no tengan probabilidades independientes de éxito tecnológico, se
considerarán un proyecto único.
8. Investigación fundamental. Trabajos experimentales o teóricos emprendidos con
el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos
subyacentes de los fenómenos y hechos observables, sin perspectivas de aplicación o
utilización comercial directa.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X