III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15109)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Emin, de 150 MWp, ubicada en Fuente de Cantos y Segura de León, en la provincia de Badajoz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Jueves 15 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 127285

como moderado para todas las infraestructuras en fase de explotación excepto para la
línea de MT, cuyo impacto es nulo; y contempla varias medidas, entre las que se pueden
citar las siguientes:
– Temporalización de los trabajos adecuada al ciclo biológico de avifauna de interés
presente en la zona.
– Prospección de la fauna reproductora y de lugares de interés (madrigueras, nidos,
dormideros, posaderos) previa a la ejecución de las obras.
– Prospección de anfibios, reptiles y pequeños mamíferos previa a la apertura de
campas.
– Establecimiento de perímetros de seguridad en caso de localización de nidos o
camadas de especies protegidas.
– Instalación de rampas de escape en el interior de las zanjas, cubrimiento de las
zanjas abiertas y prospección diaria de las mismas, para evitar el atrapamiento de fauna.
– Tratamiento químico anti-reflectante en los módulos fotovoltaicos que minimice o
evite el reflejo de la luz.
No obstante, se incluyen otras medidas para protección de la fauna (preventivas,
correctoras y complementarias) enumeradas en el Condicionado de esta Resolución.
B.6) Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000.
Debido a la lejanía del ámbito de la PSFV y la línea de MT a espacios de la Red
Natura 2000 y de la Red de Espacios Protegidos de Extremadura (RENPEX), el impacto
se considera compatible. En cuanto a la línea de AT, ésta sobrevuela durante 211 m la
ZEC ES4310019 «Río Ardila Alto», con impacto moderado por molestias a la fauna,
fragmentación de hábitats y aumento de la fragilidad del paisaje. Según la zonificación
establecida en el Plan de Gestión de esta ZEC, las actuaciones se proyectan en la Zona
de Interés Prioritario (ZIP) «Cauce del Río», por presencia de jarabugo, y sus márgenes
por hábitat ribereño 92D0.
Cabe destacar que el 82,42 % de ocupación del proyecto se encuentra dentro de la
IBA (Important Bird Area) 268, «Fuentedecantos-Montemolín», área muy importante para
aves esteparias como el cernícalo primilla, el sisón, la avutarda y el alcaraván, y
especies migratorias como el milano real.
El EsIA establece que el impacto global es compatible sobre los Espacios Naturales
Protegidos.
En este sentido, el 14 de julio de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad de la
Junta de Extremadura, informó favorablemente del proyecto con condicionantes. Un año
después, el 22 de junio de 2022, este organismo emitió nuevo informe, concluyendo que
el proyecto no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares de la Red
Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas, recogidas en esta
resolución en los apartados de Flora y Fauna y Biodiversidad.

El paisaje de la zona de implantación del proyecto pertenece al dominio de los llanos
y penillanura extremeña. La cubierta del suelo está dominada por la actividad agrícola
extensiva, cultivos herbáceos de secano, pastizales, dehesas (mayormente ralas) y
presencia reducida de olivar y viñedo.
Debido a la apertura de superficies necesarias para las obras, se producirá una
alteración de la mayoría de los elementos del paisaje, así como de vegetación y relieve,
provocando una pérdida de calidad del paisaje. Además, se producirá un impacto visual
por la intrusión de nuevos elementos ajenos al paisaje.
Según el estudio de impacto paisajístico, la instalación de la planta fotovoltaica no
alteraría sustancialmente ni la dinámica ni la percepción del paisaje visual y cultural a
medio-largo plazo.

cve: BOE-A-2022-15109
Verificable en https://www.boe.es

B.7) Paisaje.