II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-15049)
Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Jueves 15 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 126899
público competente o por institución privada oficialmente homologada, con expresión del
grado de conocimiento.
Quinta.
Comisión de Valoración.
Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por los siguientes
miembros:
Presidenta: la Subdirectora General de Recursos y Organización del Servicio Público
de Empleo Estatal o persona en quien delegue.
Vocales: dos funcionarios en representación de la Subdirección General de Recursos
Humanos e Inspección General de Servicios del Departamento designados por la
autoridad convocante; cinco funcionarios del Servicio Público de Empleo Estatal
designados por la autoridad convocante atendiendo a las características de los puestos,
de los cuales uno actuará como Secretario.
También podrá formar parte de la Comisión de Valoración un representante de cada
una de las organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del
diez por ciento de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas o en el
ámbito correspondiente. A efectos de su nombramiento como miembros, deberán remitir
los datos de la persona propuesta en el plazo de diez días desde la publicación de la
presente convocatoria.
El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o
superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Orden APU/526/2005,
de 7 de marzo, la Comisión de Valoración del presente concurso se ajustará al principio
de composición equilibrada de mujeres y hombres.
Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al de los puestos convocados.
La Comisión de Valoración podrá solicitar del órgano convocante la designación de
expertos para su incorporación a los trabajos de valoración, que colaborarán en calidad
de asesores con voz pero sin voto.
La Comisión de Valoración dará a conocer a través de la página web (www.sepe.es)
y en la página intranet la fecha en que se hará pública la valoración provisional de los
méritos alegados por los candidatos. Las personas interesadas dispondrán de un plazo
de 10 días hábiles, desde dicha publicación, para realizar las reclamaciones y
alegaciones que estimen oportunas a la citada valoración provisional.
Sexta.
Adjudicación de destinos.
De seguir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en
el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número de orden
obtenido en el proceso selectivo por el que se adquirió la condición de funcionario del
Cuerpo o Escala desde el que se concursa.
Séptima. Resolución del concurso.
1. La presente convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaria de
Trabajo y Economía Social en un plazo no superior a cuatro meses contados desde el
cve: BOE-A-2022-15049
Verificable en https://www.boe.es
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado, en cada
caso, por la puntuación obtenida como resultado de la aplicación del baremo fijado en
estas bases.
2. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo al orden en que
son enunciados los méritos en el apartado 1 del artículo 44 del Reglamento aprobado
por Real Decreto 364/1995.
Núm. 222
Jueves 15 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 126899
público competente o por institución privada oficialmente homologada, con expresión del
grado de conocimiento.
Quinta.
Comisión de Valoración.
Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por los siguientes
miembros:
Presidenta: la Subdirectora General de Recursos y Organización del Servicio Público
de Empleo Estatal o persona en quien delegue.
Vocales: dos funcionarios en representación de la Subdirección General de Recursos
Humanos e Inspección General de Servicios del Departamento designados por la
autoridad convocante; cinco funcionarios del Servicio Público de Empleo Estatal
designados por la autoridad convocante atendiendo a las características de los puestos,
de los cuales uno actuará como Secretario.
También podrá formar parte de la Comisión de Valoración un representante de cada
una de las organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del
diez por ciento de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas o en el
ámbito correspondiente. A efectos de su nombramiento como miembros, deberán remitir
los datos de la persona propuesta en el plazo de diez días desde la publicación de la
presente convocatoria.
El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o
superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Orden APU/526/2005,
de 7 de marzo, la Comisión de Valoración del presente concurso se ajustará al principio
de composición equilibrada de mujeres y hombres.
Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al de los puestos convocados.
La Comisión de Valoración podrá solicitar del órgano convocante la designación de
expertos para su incorporación a los trabajos de valoración, que colaborarán en calidad
de asesores con voz pero sin voto.
La Comisión de Valoración dará a conocer a través de la página web (www.sepe.es)
y en la página intranet la fecha en que se hará pública la valoración provisional de los
méritos alegados por los candidatos. Las personas interesadas dispondrán de un plazo
de 10 días hábiles, desde dicha publicación, para realizar las reclamaciones y
alegaciones que estimen oportunas a la citada valoración provisional.
Sexta.
Adjudicación de destinos.
De seguir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en
el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número de orden
obtenido en el proceso selectivo por el que se adquirió la condición de funcionario del
Cuerpo o Escala desde el que se concursa.
Séptima. Resolución del concurso.
1. La presente convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaria de
Trabajo y Economía Social en un plazo no superior a cuatro meses contados desde el
cve: BOE-A-2022-15049
Verificable en https://www.boe.es
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado, en cada
caso, por la puntuación obtenida como resultado de la aplicación del baremo fijado en
estas bases.
2. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo al orden en que
son enunciados los méritos en el apartado 1 del artículo 44 del Reglamento aprobado
por Real Decreto 364/1995.