III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2022-15101)
Resolución de 28 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Educación Secundaria "Ramón y Cajal" de Valladolid, para la realización de prácticas en el servicio de patología forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Palencia, Salamanca y Valladolid, en su sede de Valladolid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Jueves 15 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 127190
Tercera. Naturaleza de la colaboración.
El Ministerio de Justicia queda exento de cualquier responsabilidad respecto al
alumnado del curso, cuyas prácticas externas son de carácter estrictamente académico.
En ningún caso se entenderá que entre las partes se establecen relaciones contractuales
de clase mercantil, civil o laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la
prestación laboral propia de puestos de trabajo cubriendo así necesidades ordinarias de
la Administración de Justicia en detrimento de personal público al que le correspondería
ocupar las plazas que tuviesen atribuidas el desempeño de esas funciones, en lugar de
recibir una adecuada formación práctica, todo ello al no concurrir los requisitos que
exigen las leyes. Como consecuencia de ello el Ministerio de Justicia no está obligado a
devengar contraprestación económica alguna.
La realización de las prácticas no se considerará mérito alguno para el acceso a la
función pública, ni podrá computarse a efectos de antigüedad o de reconocimiento de
servicios previos en el conjunto de las Administraciones Públicas.
Cuarta.
Confidencialidad y protección de datos.
Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por las
disposiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
El/la estudiante en prácticas está obligado a no difundir a terceros y a guardar una
absoluta reserva de todos los temas, materias o informaciones, a los que tenga acceso,
directa o indirectamente, como consecuencia de su estancia en prácticas, incluso una
vez finalizada la estancia en el IMLCF de Palencia, Salamanca y Valladolid.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo II al presente convenio y que le será facilitado por el IMLCF.
Quinta. Cobertura de riesgos.
Cualquier accidente o enfermedad que pudieran sufrir los/las alumnas/os con
ocasión o como consecuencia del desarrollo de las actividades formativas, incluidos los
desplazamientos, entre el domicilio o centro educativo y el IMLCF, estará cubierto por el
Seguro Escolar, de acuerdo con la Reglamentación establecida por el Decreto 2078/71,
de 13 de agosto, (BOE de 13 de septiembre) en centros públicos por el seguro de
accidentes y responsabilidad civil contratado por las mismas.
El IES Ramón y Cajal estará obligado a suscribir una póliza de seguros para cubrir
los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las
prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de
accidente o enfermedad, en los casos que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el
periodo de duración.
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica para ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las
obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado
real decreto-ley.
cve: BOE-A-2022-15101
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Financiación.
Núm. 222
Jueves 15 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 127190
Tercera. Naturaleza de la colaboración.
El Ministerio de Justicia queda exento de cualquier responsabilidad respecto al
alumnado del curso, cuyas prácticas externas son de carácter estrictamente académico.
En ningún caso se entenderá que entre las partes se establecen relaciones contractuales
de clase mercantil, civil o laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la
prestación laboral propia de puestos de trabajo cubriendo así necesidades ordinarias de
la Administración de Justicia en detrimento de personal público al que le correspondería
ocupar las plazas que tuviesen atribuidas el desempeño de esas funciones, en lugar de
recibir una adecuada formación práctica, todo ello al no concurrir los requisitos que
exigen las leyes. Como consecuencia de ello el Ministerio de Justicia no está obligado a
devengar contraprestación económica alguna.
La realización de las prácticas no se considerará mérito alguno para el acceso a la
función pública, ni podrá computarse a efectos de antigüedad o de reconocimiento de
servicios previos en el conjunto de las Administraciones Públicas.
Cuarta.
Confidencialidad y protección de datos.
Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por las
disposiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
El/la estudiante en prácticas está obligado a no difundir a terceros y a guardar una
absoluta reserva de todos los temas, materias o informaciones, a los que tenga acceso,
directa o indirectamente, como consecuencia de su estancia en prácticas, incluso una
vez finalizada la estancia en el IMLCF de Palencia, Salamanca y Valladolid.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo II al presente convenio y que le será facilitado por el IMLCF.
Quinta. Cobertura de riesgos.
Cualquier accidente o enfermedad que pudieran sufrir los/las alumnas/os con
ocasión o como consecuencia del desarrollo de las actividades formativas, incluidos los
desplazamientos, entre el domicilio o centro educativo y el IMLCF, estará cubierto por el
Seguro Escolar, de acuerdo con la Reglamentación establecida por el Decreto 2078/71,
de 13 de agosto, (BOE de 13 de septiembre) en centros públicos por el seguro de
accidentes y responsabilidad civil contratado por las mismas.
El IES Ramón y Cajal estará obligado a suscribir una póliza de seguros para cubrir
los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las
prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de
accidente o enfermedad, en los casos que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el
periodo de duración.
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica para ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las
obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado
real decreto-ley.
cve: BOE-A-2022-15101
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Financiación.