III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2022-15101)
Resolución de 28 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Educación Secundaria "Ramón y Cajal" de Valladolid, para la realización de prácticas en el servicio de patología forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Palencia, Salamanca y Valladolid, en su sede de Valladolid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Jueves 15 de septiembre de 2022
Segunda.

Sec. III. Pág. 127189

Condiciones y requisitos de las prácticas.

El/la Director/a del IMLCF de Palencia, Salamanca y Valladolid determinará el
número máximo de alumnos/as que podrán realizar las prácticas, así como los/las
profesionales adscritos al IMLCF que las impartan.
Los/las alumnos/as realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde continuado
y compatible con la asistencia a las clases del IES Ramón y Cajal, si bien la duración y
horario serán fijados por el IMLCF de Palencia, Salamanca y Valladolid y el IES Ramón y
Cajal en cada caso, teniendo en cuenta la no incidencia en el normal funcionamiento del
citado IMLCF.
La presencia del alumnado en las prácticas de patología forense se limitará a la
observación con fines didácticos anatómicos, sin intervención práctica-instrumental,
salvo casos excepcionales en los que el personal que imparta las prácticas considere
necesaria la participación activa, garantizando siempre que esta participación no
interfiere en las pruebas periciales que ha de realizar del IMLCF.
Los/las alumnos/as acudirán a las prácticas con el material de protección siguiente:
batas, guantes, calzas, gorros, mascarillas, o cualquier otro que sea determinado por
el/la responsable de dichas prácticas. La financiación de este material correrá a cargo
del IES Ramón y Cajal.
La presencia de los/las alumnos/as estará limitada a las autopsias judiciales
rutinarias, previo consentimiento de los juzgados competentes, y excluyéndose aquellas
autopsias que sean secreto de sumario o de especial trascendencia o conflictividad.
Las prácticas podrán insertarse dentro de alguna asignatura del plan de estudios que
curse el/la alumno/a o, más ampliamente, dentro de la labor formativa complementaria y
de perfeccionamiento de los conocimientos de los/las alumnos/as. En cualquier caso, el
objeto de estas prácticas será la promoción educativa, cultural, profesional y científica
del alumno/a.
Tanto el IMLCF de Palencia, Salamanca y Valladolid como el IES nombrarán los/las
tutores/as que determinen, para el adecuado seguimiento y valoración de las actividades
realizadas por los/las estudiantes. El/la tutor/a del IMLCF remitirá al IES, al final de cada
periodo de prácticas, un breve informe sobre el resultado y rendimiento del trabajo
realizado por cada alumno/a.
Este informe será valorado por el IES, a efectos académicos, conforme a la
normativa vigente, siempre que las prácticas formen parte de alguna asignatura del plan
de estudios que curse el/la alumno/a.
El IMLCF de Palencia, Salamanca y Valladolid y el IES Ramón y Cajal podrán excluir
de las prácticas a los/las alumnos/as en los siguientes casos:

Cada alumno/a dispondrá de un documento de seguimiento y evaluación de las
actividades realizadas que será supervisado por el responsable del IMLCF en
colaboración el/la profesor/a-tutor/a del centro educativo. En dicho documento figurarán
las actividades formativas más significativas realizadas en el centro de trabajo, con
registro de fecha y de los resultados semanales. Estos resultados se reflejarán en una
Ficha de Seguimiento y Evaluación, que cumplimentará el/la responsable del IMLCF.
Ambos documentos serán aportados por el centro docente.
El IMLCF de Palencia, Salamanca y Valladolid nombrará un/una responsable para la
coordinación de las actividades formativas a realizar, que garantizará la orientación y
consulta del alumnado, facilitará las relaciones con el/la profesor/a-tutor/a del centro
educativo y aportará los informes valorativos que contribuyan a la evaluación.
El alumnado irá provisto del DNI y tarjeta de identificación del centro educativo.

cve: BOE-A-2022-15101
Verificable en https://www.boe.es

– Faltas reiteradas de asistencia o puntualidad no justificadas.
– Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia al interesado/da.
– Incumplimiento del deber de secreto o de confidencialidad, sin perjuicio de las
responsabilidades a que hubiera lugar como consecuencia de este incumplimiento, a
tenor de la legislación vigente en la materia.