III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-15107)
Orden TER/887/2022, de 12 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, que no hayan presentado proyectos por el importe máximo asignado mediante Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Jueves 15 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 127252

anterioridad o con posterioridad a la concesión de la subvención, y en caso de
detectarse el incumplimiento de alguna condición, procederá la denegación de la
subvención o la exigencia de reintegro.
b) El órgano instructor solicitará cuantos informes se estimen necesarios para
resolver o sean exigidos por esta orden. A este respecto, la SGAD, comprobará el
alineamiento de los proyectos presentados con las características requeridas en esta
orden y en las instrucciones que se aprueben, todo ello en relación con los siguientes
documentos emitidos por la entidad local:
1.º El resumen ejecutivo al que se refiere el artículo 15.3 b).
2.º La certificación emitida por la entidad beneficiaria prevista asimismo en el
artículo 15.3.d).
c) Asimismo, se facilitarán las instrucciones que el órgano instructor reciba de las
Autoridades Nacionales y Europeas de gestión o de certificación de estos fondos
asociados al PRTR, al Plan de Medidas Antifraude, o las que en su nombre le transmita
la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, entre otras, para evitar
conflictos de intereses, fraude, corrupción o doble financiación.
2. En el marco de la instrucción del procedimiento, se podrá proponer la
modificación de las condiciones o la forma de realización de la actividad propuesta por el
solicitante, a fin de ajustar los compromisos o actuaciones a desarrollar a los
requerimientos de la subvención.
3. En el caso de que diversas entidades presenten solicitudes de subvención para
abordar proyectos de similares características, susceptibles de llevarse a cabo de manera
conjunta, con la consiguiente optimización de recursos y compartición de resultados, o bien,
que en la memoria de éstos se prevea la contratación de determinados servicios, que se
presenten de forma repetida en algunos proyectos, la SGAD podrá hacer una propuesta en
este sentido, a fin de que fuera reformulado como proyecto conjunto, en los términos
contemplados en la disposición adicional segunda.
4. Para las contrataciones de determinados productos, que se presenten de forma
repetida en algunos proyectos presentados, se podrá proponer, por parte de la SGAD, su
realización a través de modelos de pliegos, los cuales serán facilitados por parte de esta.
Artículo 18.

Resolución.

a) Los datos de la entidad beneficiaria y descripción del proyecto seleccionado.
b) El importe de los gastos considerados subvencionables a estos efectos.
c) La cuantía máxima de la subvención.
d) Los plazos máximos para la conclusión del proyecto y para la presentación de la
justificación de la realización del proyecto.
e) Los hitos y objetivos del PRTR que se van a alcanzar.
f) Otras condiciones de obligado cumplimiento relacionadas con la ejecución de las
actuaciones que puedan requerirse.
3. Las resoluciones de concesión serán notificadas a los respectivos solicitantes y
publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo

cve: BOE-A-2022-15107
Verificable en https://www.boe.es

1. Se concederán subvenciones, hasta el importe máximo que corresponda a cada
ayuntamiento, una vez realizadas las comprobaciones sobre la actuación
subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos en esta orden. No
obstante, la solicitud será denegada en caso de incumplimiento de los requisitos
previstos en esta orden, o de agotarse el importe máximo de la subvención establecido.
2. La resolución únicamente podrá ser estimatoria en el caso de que la SGAD
informe de que el proyecto presentado se alinea con las características requeridas en
esta orden. En caso de ser estimatoria, la resolución expresará: