III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15023)
Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cedillo, de 374,9 MWp y su infraestructura de evacuación, en Cedillo y Herrera de Alcántara (Cáceres)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126824
han de ser conformados por dicho centro directivo con anterioridad a la aprobación
del proyecto constructivo.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO para
la ZEC «Cedillo y Río Tajo Internacional» remarca que, aunque la superficie que se va a
ver afectada del HIC 6310 se encuentre en mal estado, de acuerdo con la
Directiva 92/43/CEE de Hábitats, las representaciones de hábitats degradados deben ser
objeto de medidas de conservación activa para revertir su situación. Por ello, considera
que el promotor debe compensar la pérdida de hábitat mediante la aplicación de
medidas de restauración o conservación de dehesas en una superficie al menos similar a
la afectada, ya sea en el interior de la ZEC o en su entorno inmediato con el objeto de
contrarrestar la pérdida temporal de cantidad y calidad del hábitat sobre el que se
asienta el proyecto. Asimismo, una vez concluida la vida útil de la planta, se debe
restaurar toda la zona afectada como mínimo a su estado original para permitir la
regeneración del HIC afectado. También señala que uno de los elementos clave del
espacio son los quirópteros cavernícolas: murciélago grande de herradura (Rhinolophus
ferrumequinum), murciélago mediano de herradura (Rhinolophus mehelyi), murciélago
mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale), murciélago de cueva (Miniopterus
scheibersi) y murciélago ratonero mediano (Myotis blythii), todos ellos catalogados
«vulnerables» por el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Dado que el promotor
no identifica las especies presentes en la zona de estudio ni ha realizado muestreos en
verano, época de más actividad, la metodología empleada no se considera suficiente
para valorar el efecto del proyecto sobre este grupo, que debe ser objeto de seguimiento
específico durante la fase de explotación. En relación con la ZEPA «Río Tajo
Internacional y Riberos», indica que, aunque no se han detectado ejemplares de buitre
negro en el área de implantación, se debe considerar toda la ZEPA como área de
alimentación. También considera que la zona de actuación forma parte del área de
campeo de algunas parejas de alimoche sobre las que debe establecerse un
seguimiento específico. Con respecto al águila real, la zona de actuación entra dentro del
radio de posibles áreas de caza del núcleo de población, y por tanto existiría una
afección a la especie por la pérdida de superficie que debe ser compensada.
Entre los objetivos de conservación de Plan conjunto de gestión de los espacios que
integran el Área del Tajo Internacional, se incluye el conservar la superficie y mantener
en un estado de conservación favorable una serie de hábitats clave, entre los que se
encuentra el hábitat de dehesa 6310 que se verá afectado por el proyecto en 463 ha
aunque que actualmente manifiesta elevado grado de degradación, lo que requiere la
adopción de medidas compensatorias y complementarias que garanticen que el proyecto
recupera una superficie al menos equivalente de este hábitat en la ZEC.
En lo relativo a las especies objeto de protección que tienen presencia en el ámbito
del proyecto, el plan conjunto de gestión requiere en todos los espacios mantener los
niveles poblacionales de las especies Natura 2000, incrementar los niveles poblacionales
del águila imperial (Aquila adalberti) en esta ZEPA, mejorar la información y determinar el
estado de conservación en la ZEC del topillo de Cabrera (Microtus cabrerae), varios
quirópteros protegidos (incluida la localización, caracterización e identificación de
amenazas de los refugios), galápago europeo (Emys orbicularis) y sapillo pintojo ibérico
(Discoglossus galganoi). Del análisis realizado se deduce que el proyecto no afectará al
entorno de áreas de reproducción ni de las aves rupícolas ni de las rapaces forestales
que constituyen los elementos clave de esta ZEPA, pero sí les restará superficie como
hábitat de alimentación y campeo. A lo anterior cabe añadir que el topillo de Cabrera
precisa una cobertura herbácea que se mantenga verde todo el año, estableciéndose
habitualmente en herbazales de vaguada con nivel freático elevado, presenta en baja
densidad y con poblaciones fragmentadas en la ZEC, considerándose preciso que el
proyecto preserve libre de actuaciones las vaguadas para restaurar en ellas una red de
este tipo de vegetación. En el mismo sentido, se considera imprescindible conservar las
actuales charcas excluyéndolas de las actuaciones del proyecto junto con un entorno de
cve: BOE-A-2022-15023
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126824
han de ser conformados por dicho centro directivo con anterioridad a la aprobación
del proyecto constructivo.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO para
la ZEC «Cedillo y Río Tajo Internacional» remarca que, aunque la superficie que se va a
ver afectada del HIC 6310 se encuentre en mal estado, de acuerdo con la
Directiva 92/43/CEE de Hábitats, las representaciones de hábitats degradados deben ser
objeto de medidas de conservación activa para revertir su situación. Por ello, considera
que el promotor debe compensar la pérdida de hábitat mediante la aplicación de
medidas de restauración o conservación de dehesas en una superficie al menos similar a
la afectada, ya sea en el interior de la ZEC o en su entorno inmediato con el objeto de
contrarrestar la pérdida temporal de cantidad y calidad del hábitat sobre el que se
asienta el proyecto. Asimismo, una vez concluida la vida útil de la planta, se debe
restaurar toda la zona afectada como mínimo a su estado original para permitir la
regeneración del HIC afectado. También señala que uno de los elementos clave del
espacio son los quirópteros cavernícolas: murciélago grande de herradura (Rhinolophus
ferrumequinum), murciélago mediano de herradura (Rhinolophus mehelyi), murciélago
mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale), murciélago de cueva (Miniopterus
scheibersi) y murciélago ratonero mediano (Myotis blythii), todos ellos catalogados
«vulnerables» por el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Dado que el promotor
no identifica las especies presentes en la zona de estudio ni ha realizado muestreos en
verano, época de más actividad, la metodología empleada no se considera suficiente
para valorar el efecto del proyecto sobre este grupo, que debe ser objeto de seguimiento
específico durante la fase de explotación. En relación con la ZEPA «Río Tajo
Internacional y Riberos», indica que, aunque no se han detectado ejemplares de buitre
negro en el área de implantación, se debe considerar toda la ZEPA como área de
alimentación. También considera que la zona de actuación forma parte del área de
campeo de algunas parejas de alimoche sobre las que debe establecerse un
seguimiento específico. Con respecto al águila real, la zona de actuación entra dentro del
radio de posibles áreas de caza del núcleo de población, y por tanto existiría una
afección a la especie por la pérdida de superficie que debe ser compensada.
Entre los objetivos de conservación de Plan conjunto de gestión de los espacios que
integran el Área del Tajo Internacional, se incluye el conservar la superficie y mantener
en un estado de conservación favorable una serie de hábitats clave, entre los que se
encuentra el hábitat de dehesa 6310 que se verá afectado por el proyecto en 463 ha
aunque que actualmente manifiesta elevado grado de degradación, lo que requiere la
adopción de medidas compensatorias y complementarias que garanticen que el proyecto
recupera una superficie al menos equivalente de este hábitat en la ZEC.
En lo relativo a las especies objeto de protección que tienen presencia en el ámbito
del proyecto, el plan conjunto de gestión requiere en todos los espacios mantener los
niveles poblacionales de las especies Natura 2000, incrementar los niveles poblacionales
del águila imperial (Aquila adalberti) en esta ZEPA, mejorar la información y determinar el
estado de conservación en la ZEC del topillo de Cabrera (Microtus cabrerae), varios
quirópteros protegidos (incluida la localización, caracterización e identificación de
amenazas de los refugios), galápago europeo (Emys orbicularis) y sapillo pintojo ibérico
(Discoglossus galganoi). Del análisis realizado se deduce que el proyecto no afectará al
entorno de áreas de reproducción ni de las aves rupícolas ni de las rapaces forestales
que constituyen los elementos clave de esta ZEPA, pero sí les restará superficie como
hábitat de alimentación y campeo. A lo anterior cabe añadir que el topillo de Cabrera
precisa una cobertura herbácea que se mantenga verde todo el año, estableciéndose
habitualmente en herbazales de vaguada con nivel freático elevado, presenta en baja
densidad y con poblaciones fragmentadas en la ZEC, considerándose preciso que el
proyecto preserve libre de actuaciones las vaguadas para restaurar en ellas una red de
este tipo de vegetación. En el mismo sentido, se considera imprescindible conservar las
actuales charcas excluyéndolas de las actuaciones del proyecto junto con un entorno de
cve: BOE-A-2022-15023
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Núm. 221