III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15023)
Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cedillo, de 374,9 MWp y su infraestructura de evacuación, en Cedillo y Herrera de Alcántara (Cáceres)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126822
reproducción y tres zonas de concentración post-nupcial, con avistamiento de ejemplares
en enclaves cercanos como el embalse de Cedillo y charcas del Regato de las Cuatro
Bocas. Aunque el promotor no considera que pueda producirse una afección importante
sobre esta especie, el proyecto debe excluir intervenciones en todas las charcas que en
algún momento pudieran ser utilizadas como enclaves de alimentación, y las obras se
deberán iniciar fuera del periodo reproductor de la especie. La zona de implantación
también puede ser eventualmente utilizada como zona de campeo y alimentación por el
águila imperial (Aquila adalberti), buitre negro (Aegypius monachus), alimoche
(Neophron percnopterus) águila real (Aquila chrysaetos) y águila perdicera (Hieraaetus
fasciatus), especies todas ellas amenazadas y consideradas elementos clave con hábitat
adecuado para reproducción en las laderas del Tajo al norte de la zona y río Sever al
oeste. El proyecto no provoca afección significativa sobre las zonas de reproducción de
estas especies, que se encuentran relativamente alejadas, pero sí supone una pérdida
de superficie de campeo y alimentación que, aunque no resulte severa, deberá ser
compensada.
Durante la fase de construcción, se puede producir afección a la fauna como
consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats por la ocupación
de suelo. Asimismo, se pueden producir modificaciones de las pautas de
comportamiento como consecuencia del ruido, presencia humana, movimiento de
maquinaria y otras molestias durante las obras.
Durante la fase de explotación, el principal impacto es la pérdida directa de hábitat de
las especies presentes por ocupación de la planta. Asimismo, se podría producir un
efecto barrera o fragmentación ecológica por la presencia del vallado perimetral y de las
propias instalaciones, así como el riesgo de colisión de la avifauna con el citado vallado.
Por otro lado, la adecuada gestión de la vegetación dentro de la planta con ganado ovino
y la eliminación de la actividad agrícola y ganadera potenciará la biodiversidad del
entorno del proyecto con respecto a la situación actual, e incluso puede repercutir
favorablemente sobre alguna especie. Con respecto a la línea de evacuación, al
diseñarse soterrada se evita el riesgo de colisión de la avifauna y/o electrocución.
El promotor propone medidas preventivas y correctoras para evitar la afección a la
fauna y, a pesar de no prever impactos significativos, añade una serie de medidas
compensatorias descritas en el condicionado de esta resolución que han sido
consensuadas con el órgano competente en biodiversidad de la Junta de Extremadura.
3.2.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000. La planta se ubica
íntegramente en la Zona de Especial Conservación (ZEC) «Cedillo y Río Tajo Internacional»
(ES43200002), Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) «Río Tajo Internacional y
Riberos» (ES0000368) y Reserva de la Biosfera Transfronteriza «Tajo-Tejo Internacional».
También se encuentra próxima al Parque Natural «Tajo Internacional» y al Parque
Internacional do Tejo Internacional. El Estudio indica que, en superficie, el proyecto ocupará
un 5,6 % de la ZEPA «Río Internacional y Riberos» y un 5,9 % de la ZEC «Cedillo y Río
Tajo Internacional».
Dadas las características del proyecto y su localización dentro de la ZEPA Río Tajo
Internacional y Riberos, el estudio considera que no va a producirse una afección
significativa a las áreas de reproducción de las especies de aves amenazadas presentes
y consideradas clave. No obstante, incluye una serie de medidas compensatorias para
paliar el efecto barrera y la reducción de la superficie de la zona de alimentación de las
especies consideradas como elemento clave del espacio.
Con respecto a la ZEC Cedillo y Río Tajo Internacional, la afección sobre el hábitat de
interés comunitario 6310 de dehesas se valora en 463 ha, en las que dicho hábitat
presenta un estado de conservación «desfavorable-malo» y una tendencia pésima. Dicha
extensión representa el 5,9 % de la superficie de este hábitat en la ZEC (7.942 ha),
considerando el promotor que ello supone un impacto significativo sobre el hábitat que
no llega a provocar un perjuicio a su integridad. Para el HIC 6220*, no se prevén
afecciones a largo plazo, al considerar que puede restablecerse en las superficies
ocupadas por la planta, cuya vegetación va a ser gestionada mediante pastoreo
cve: BOE-A-2022-15023
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126822
reproducción y tres zonas de concentración post-nupcial, con avistamiento de ejemplares
en enclaves cercanos como el embalse de Cedillo y charcas del Regato de las Cuatro
Bocas. Aunque el promotor no considera que pueda producirse una afección importante
sobre esta especie, el proyecto debe excluir intervenciones en todas las charcas que en
algún momento pudieran ser utilizadas como enclaves de alimentación, y las obras se
deberán iniciar fuera del periodo reproductor de la especie. La zona de implantación
también puede ser eventualmente utilizada como zona de campeo y alimentación por el
águila imperial (Aquila adalberti), buitre negro (Aegypius monachus), alimoche
(Neophron percnopterus) águila real (Aquila chrysaetos) y águila perdicera (Hieraaetus
fasciatus), especies todas ellas amenazadas y consideradas elementos clave con hábitat
adecuado para reproducción en las laderas del Tajo al norte de la zona y río Sever al
oeste. El proyecto no provoca afección significativa sobre las zonas de reproducción de
estas especies, que se encuentran relativamente alejadas, pero sí supone una pérdida
de superficie de campeo y alimentación que, aunque no resulte severa, deberá ser
compensada.
Durante la fase de construcción, se puede producir afección a la fauna como
consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats por la ocupación
de suelo. Asimismo, se pueden producir modificaciones de las pautas de
comportamiento como consecuencia del ruido, presencia humana, movimiento de
maquinaria y otras molestias durante las obras.
Durante la fase de explotación, el principal impacto es la pérdida directa de hábitat de
las especies presentes por ocupación de la planta. Asimismo, se podría producir un
efecto barrera o fragmentación ecológica por la presencia del vallado perimetral y de las
propias instalaciones, así como el riesgo de colisión de la avifauna con el citado vallado.
Por otro lado, la adecuada gestión de la vegetación dentro de la planta con ganado ovino
y la eliminación de la actividad agrícola y ganadera potenciará la biodiversidad del
entorno del proyecto con respecto a la situación actual, e incluso puede repercutir
favorablemente sobre alguna especie. Con respecto a la línea de evacuación, al
diseñarse soterrada se evita el riesgo de colisión de la avifauna y/o electrocución.
El promotor propone medidas preventivas y correctoras para evitar la afección a la
fauna y, a pesar de no prever impactos significativos, añade una serie de medidas
compensatorias descritas en el condicionado de esta resolución que han sido
consensuadas con el órgano competente en biodiversidad de la Junta de Extremadura.
3.2.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000. La planta se ubica
íntegramente en la Zona de Especial Conservación (ZEC) «Cedillo y Río Tajo Internacional»
(ES43200002), Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) «Río Tajo Internacional y
Riberos» (ES0000368) y Reserva de la Biosfera Transfronteriza «Tajo-Tejo Internacional».
También se encuentra próxima al Parque Natural «Tajo Internacional» y al Parque
Internacional do Tejo Internacional. El Estudio indica que, en superficie, el proyecto ocupará
un 5,6 % de la ZEPA «Río Internacional y Riberos» y un 5,9 % de la ZEC «Cedillo y Río
Tajo Internacional».
Dadas las características del proyecto y su localización dentro de la ZEPA Río Tajo
Internacional y Riberos, el estudio considera que no va a producirse una afección
significativa a las áreas de reproducción de las especies de aves amenazadas presentes
y consideradas clave. No obstante, incluye una serie de medidas compensatorias para
paliar el efecto barrera y la reducción de la superficie de la zona de alimentación de las
especies consideradas como elemento clave del espacio.
Con respecto a la ZEC Cedillo y Río Tajo Internacional, la afección sobre el hábitat de
interés comunitario 6310 de dehesas se valora en 463 ha, en las que dicho hábitat
presenta un estado de conservación «desfavorable-malo» y una tendencia pésima. Dicha
extensión representa el 5,9 % de la superficie de este hábitat en la ZEC (7.942 ha),
considerando el promotor que ello supone un impacto significativo sobre el hábitat que
no llega a provocar un perjuicio a su integridad. Para el HIC 6220*, no se prevén
afecciones a largo plazo, al considerar que puede restablecerse en las superficies
ocupadas por la planta, cuya vegetación va a ser gestionada mediante pastoreo
cve: BOE-A-2022-15023
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 221