III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15023)
Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cedillo, de 374,9 MWp y su infraestructura de evacuación, en Cedillo y Herrera de Alcántara (Cáceres)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 14 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 126832

luna llena, con el fin de evitar el efecto llamada sobre las aves acuáticas y minimizar el
impacto visual de la planta.
2. Las características estéticas de las construcciones serán similares a las de la
arquitectura rural tradicional de la zona. Las fachadas, cubiertas, paramentos exteriores
y de modo general los materiales a emplear en dichas construcciones deberán minimizar
el impacto visual, evitando la utilización de colores llamativos o reflectantes. El acabado
de estas construcciones será similar al color dominante del campo solar, para que se
perciban integrados en el mismo y no generen contrastes.
3. Los postes de los cerramientos deberán pintarse en colores verdes/ocres,
evitando tonos reflectantes o brillantes. Se evitará el galvanizado y los tonos metálicos.
Se cubrirán de tierra las cimentaciones de hormigón en el momento de su ejecución.
4.2.6

Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

1. Durante la fase de ejecución de las obras, será obligatorio un control y
seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de
tierra en cotas bajo rasante natural que conlleve la ejecución del proyecto de referencia.
El control arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las
obras de construcción, desbroces iniciales, instalaciones auxiliares, líneas eléctricas
asociadas, destoconados, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas aquellas otras
actuaciones que derivadas de la obra generen movimientos de tierra en cotas bajo
rasante natural.
2. Si, como consecuencia de estos trabajos, se confirmase la presencia de restos
arqueológicos, se paralizará inmediatamente la obra en la zona, se balizará el área, se
realizará una primera aproximación cronológica de los restos y se definirá la extensión
máxima del yacimiento en superficie. Estos datos se remitirán a la Dirección General de
Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura con copia al
órgano competente en función del ámbito de la actividad, para que acometan las
medidas oportunas de cara a su protección.
3. En relación con las vías pecuarias, para su ocupación temporal se solicitará
autorización al órgano autonómico competente. Su uso no impedirá en ningún caso su
función principal. El cerramiento del parque debe excluir los terrenos de vías pecuarias,
cuyo uso y libre tránsito deben quedar asegurados en todo momento.
4. El cerramiento del parque deberá respetar las distancias a los caminos públicos
que indiquen los instrumentos de planeamiento municipal y las normas subsidiarias
aplicables.
5. Deberán excluirse de la obra todos los elementos listados en el informe
arqueológico de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la
Junta de Extremadura, estableciéndose un perímetro de protección en torno a ellos con
un radio de 200 m. En esta zona, que deberá ser balizada para evitar el tránsito de
maquinaria o el acopio de materiales, se prohíbe cualquier actividad, salvo autorización
excepcional de dicho órgano.
Medidas compensatorias.

Estas medidas se integrarán en un plan de actuaciones para la mejora de la
biodiversidad, que para cada una de ellas deberá detallar su contenido, identificar las
áreas seleccionadas para su aplicación, su cronograma de ejecución y su presupuesto.
Incluirá las siguientes medidas compensatorias:
1. La superficie del HIC 6310 que se verá afectada por la implantación de los
elementos de la central será objeto de compensación en una superficie 467 ha de actual
dehesa degradada, mediante actuaciones que consigan hacerlas pasar de un estado de
conservación desfavorable-malo a favorable. Todas las superficies de compensación se
situarán dentro de la ZEC «Cedillo y Río Tajo Internacional». Tal como prevé el estudio,
de esta superficie, al menos en 120 ha se compensará la afección a la masa forestal
mediante exclusión de herbívoros, gradeo del suelo, siembras recurrentes de bellotas de

cve: BOE-A-2022-15023
Verificable en https://www.boe.es

4.2.7