III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-15023)
Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Cedillo, de 374,9 MWp y su infraestructura de evacuación, en Cedillo y Herrera de Alcántara (Cáceres)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 14 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 126826

3.2.10 Efectos acumulados y sinérgicos. Colindantes al proyecto existen dos
plantas solares construidas, denominadas «Majada Alta», de 49,9 MW y 69 ha de
superficie y «San Antonio», de 49,9 MW y 72 ha, ambas en el término municipal de
Cedillo y con las cuales el proyecto comparte infraestructura de evacuación. El promotor
considera que los impactos sinérgicos de los proyectos son de carácter moderado, si
bien propone medidas compensatorias extensibles a la superficie que abarca el conjunto
de los tres proyectos.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala
que, puesto que la infraestructura de evacuación del proyecto está construida y es
compartida con otras dos plantas, sus principales efectos sobre la Red Natura 2000
serán los derivados de la pérdida de superficie de hábitats de interés comunitario y, en
consecuencia, la disminución de la superficie de hábitat de las especies que dichos
hábitats albergan.
3.3

Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El estudio incluye un apartado que analiza los efectos derivados de la vulnerabilidad
del proyecto ante riesgos naturales, tales como inundaciones y sismos. Con respecto al
riesgo de inundaciones, el diseño de la planta excluye la localización de elementos sobre
todas las zonas inundables para un periodo de retorno de 500 años, y el estudio
concluye que el proyecto no presenta riesgos relevantes. Por otra parte, se analiza el
riesgo por rotura de la presa de Alcántara II, alejada de la zona pero que provocaría la
rotura de la presa de Cedillo. Sin embargo, al estar esta última tan encajonada en el río
Tajo y dada la mayor altitud del área de estudio se considera un riesgo muy bajo. En
cuanto al riesgo sísmico, el municipio de Cedillo presenta una vulnerabilidad media.
La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de
Extremadura señala que se deberá cumplir con el Real Decreto 840/2015, de 21 de
septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los
accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y que, en caso de no
serle de aplicación, deberá certificarse en un certificado suscrito por el titular de la
actividad. Igualmente se tendrán en cuenta, en el caso de los riesgos de incendio y
explosión y vertidos, sus afecciones al medio exterior existente, definiendo entre otros,
las zonas de masa arbórea o pastizal con mayor riesgo de propagación del incendio,
zonas con presencia de nivel freático elevado para el riesgo de vertidos, etc. Se podrá
utilizar documentación gráfica (planimetría) dentro de este capítulo que de soporte a las
cuestiones referidas. Todos los análisis y evaluaciones de riesgos se realizarán teniendo
en cuenta la matriz de efectos sobre los factores, contemplada en la Ley 9/2018 y en el
informe de la citada Dirección General.

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
apartado j) del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
de Impacto Ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de
impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad
con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.

cve: BOE-A-2022-15023
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