III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Aviación civil. (BOE-A-2022-14958)
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se concede la exención al cumplimiento de todos los requisitos aplicables o referidos a la habilitación de clase monomotor de pistón contemplados en el Anexo I (Parte- FCL) del Reglamento (UE) 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre, en virtud del artículo 71 del Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220
Martes 13 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126290
Con el fin de asegurar un nivel de seguridad adecuado, los titulares de la habilitación
SEP, o aspirantes a la obtención de la misma, a lo que se les concede esta exención
deberán cumplir, siempre que operen o pretendan operar la aeronave Pipistrel Virus
Electro SW 128 contemplada en esta exención en condiciones de vuelo visual (VFR),
con todas las condiciones que se mencionan a continuación y que se aplican en lugar de
los requisitos establecidos en el Reglamento 1178/2011 en todo lo relativo o referido a la
habilitación de clase monomotor de pistón (SEP):
(a) El SW 128 se considera una variante dentro de la habilitación de clase
monomotor de pistón.
(b) El programa de entrenamiento establecido en el documento emitido por Pipistrel
número “DOT-128-00-11-401 - Virus SW 128 Difference Training Programme” se incluirá en:
(1) el entrenamiento en vuelo para la LAPL(A) (conforme al FCL.115) o PPL(A)
(conforme al FCL.210) que se realice en el SW128.
(2) El entrenamiento de diferencias (conforme al FCL.135.A (b) y FCL.710) para
extender atribuciones de la habilitación SEP al SW128.
(c) Para extender atribuciones del SW128 a variantes del SEP con motor de pistón
el entrenamiento de diferencias (conforme al FCL.135.A(b) y FCL.710) consistirá en
aquellas partes del curso de entrenamiento para la obtención del SEP que se consideren
necesarios para que el aspirante adquiera la competencia suficiente para operar una
variante SEP con motor de pistón de manera segura.
(d) Los requisitos de experiencia reciente establecidos en el FCL.140.A se
considerarán cumplidos para ambas variantes, SEP de motor de pistón y SW128, sólo si
el titular de la LAPL ha completado:
(1) En el caso del FCL.140.A (a) y, si aplica, del FCL.140.A (b)(2), 12 horas de
vuelo en variantes SEP con motor de pistón o en SW128 o en una combinación de
ambos, que incluyan lo siguiente:
(i) al menos 3 horas en variantes SEP con motor de pistón;
(ii) al menos 3 horas en el SW128;
(iii) un vuelo de entrenamiento conforme a lo establecido en el FCL.140.A (a)(2) en
una variante SEP de motor de pistón;
(iv) un vuelo de entrenamiento de al menos 40 minutos con un instructor de vuelo
(FI) o un instructor de clase (CRI) en el SW128; o
(2) En el caso del FCL.140.A (b)(1) una verificación de competencia en cada
variante SEP, con motor de pistón y el SW128.
(e) Los requisitos de revalidación establecidos en el FCL.740.A (b) se considerarán
cumplidos para ambas variantes, SEP de motor de pistón y SW128, sólo si el titular de la
habilitación de clase SEP ha completado:
Las 12 horas de vuelo establecidas en el FCL.740.A (b)(1)(ii) incluyendo:
(i) al menos 3 horas en variantes SEP con motor de pistón;
(ii) al menos 3 horas en el SW128;
(iii) un vuelo de entrenamiento conforme a lo establecido en el FCL.140.A (a)(2) en
una variante SEP de motor de pistón;
(iv) un vuelo de entrenamiento de al menos 40 minutos con un instructor de vuelo
(FI) o un instructor de clase (CRI) en el SW128; o
(2) En el caso del FCL.740.A(b)(1))(i) una verificación de competencia en cada
variante SEP, con motor de pistón y el SW128.
cve: BOE-A-2022-14958
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 220
Martes 13 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126290
Con el fin de asegurar un nivel de seguridad adecuado, los titulares de la habilitación
SEP, o aspirantes a la obtención de la misma, a lo que se les concede esta exención
deberán cumplir, siempre que operen o pretendan operar la aeronave Pipistrel Virus
Electro SW 128 contemplada en esta exención en condiciones de vuelo visual (VFR),
con todas las condiciones que se mencionan a continuación y que se aplican en lugar de
los requisitos establecidos en el Reglamento 1178/2011 en todo lo relativo o referido a la
habilitación de clase monomotor de pistón (SEP):
(a) El SW 128 se considera una variante dentro de la habilitación de clase
monomotor de pistón.
(b) El programa de entrenamiento establecido en el documento emitido por Pipistrel
número “DOT-128-00-11-401 - Virus SW 128 Difference Training Programme” se incluirá en:
(1) el entrenamiento en vuelo para la LAPL(A) (conforme al FCL.115) o PPL(A)
(conforme al FCL.210) que se realice en el SW128.
(2) El entrenamiento de diferencias (conforme al FCL.135.A (b) y FCL.710) para
extender atribuciones de la habilitación SEP al SW128.
(c) Para extender atribuciones del SW128 a variantes del SEP con motor de pistón
el entrenamiento de diferencias (conforme al FCL.135.A(b) y FCL.710) consistirá en
aquellas partes del curso de entrenamiento para la obtención del SEP que se consideren
necesarios para que el aspirante adquiera la competencia suficiente para operar una
variante SEP con motor de pistón de manera segura.
(d) Los requisitos de experiencia reciente establecidos en el FCL.140.A se
considerarán cumplidos para ambas variantes, SEP de motor de pistón y SW128, sólo si
el titular de la LAPL ha completado:
(1) En el caso del FCL.140.A (a) y, si aplica, del FCL.140.A (b)(2), 12 horas de
vuelo en variantes SEP con motor de pistón o en SW128 o en una combinación de
ambos, que incluyan lo siguiente:
(i) al menos 3 horas en variantes SEP con motor de pistón;
(ii) al menos 3 horas en el SW128;
(iii) un vuelo de entrenamiento conforme a lo establecido en el FCL.140.A (a)(2) en
una variante SEP de motor de pistón;
(iv) un vuelo de entrenamiento de al menos 40 minutos con un instructor de vuelo
(FI) o un instructor de clase (CRI) en el SW128; o
(2) En el caso del FCL.140.A (b)(1) una verificación de competencia en cada
variante SEP, con motor de pistón y el SW128.
(e) Los requisitos de revalidación establecidos en el FCL.740.A (b) se considerarán
cumplidos para ambas variantes, SEP de motor de pistón y SW128, sólo si el titular de la
habilitación de clase SEP ha completado:
Las 12 horas de vuelo establecidas en el FCL.740.A (b)(1)(ii) incluyendo:
(i) al menos 3 horas en variantes SEP con motor de pistón;
(ii) al menos 3 horas en el SW128;
(iii) un vuelo de entrenamiento conforme a lo establecido en el FCL.140.A (a)(2) en
una variante SEP de motor de pistón;
(iv) un vuelo de entrenamiento de al menos 40 minutos con un instructor de vuelo
(FI) o un instructor de clase (CRI) en el SW128; o
(2) En el caso del FCL.740.A(b)(1))(i) una verificación de competencia en cada
variante SEP, con motor de pistón y el SW128.
cve: BOE-A-2022-14958
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