III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Deporte escolar. (BOE-A-2022-14960)
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España en edad escolar para el período 2023-2024 y se establece el procedimiento para su desarrollo.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Martes 13 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 126309

3. La Comisión elaborará un informe técnico con la propuesta de modalidades/
especialidades deportivas que formarían parte del Programa CESA en el
período 2023-2024, que elevará para su aprobación por la Dirección General de
Deportes.
4. El trámite de audiencia se evacuará de conformidad con lo previsto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La iniciación del trámite se notificará a los interesados,
concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que efectúen las alegaciones y
presenten los documentos y justificantes pertinentes.
Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni
sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas
por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el
carácter de definitiva y así deberá hacerse constar en la misma.
Cuarto.

Resolución del procedimiento.

1. La Presidencia del CSD dictará Resolución por la que se aprueben las
especialidades/modalidades deportivas a incluir en el Programa CESA 2023-2024, lo que
se comunicará a todos los interesados en el procedimiento.
2. El plazo máximo para la resolución del procedimiento, será de seis meses
computados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro
electrónico para su tramitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3.b)
de la Ley 39/2015, entendiéndose desestimada una vez transcurrido el plazo máximo sin
haberse notificado la resolución.
3. La Resolución de aprobación de las competiciones que formarán parte del
programa pondrá fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante la Presidencia del CSD, en el plazo de un mes contado
desde el día siguiente al de su notificación, con arreglo a los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y/o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de la notificación, de acuerdo con los artículos 9.1.c) y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Quinto. Presentación de los proyectos de organización.

Sexto.

Aspectos generales para el desarrollo de las competiciones CESA.

1. La Dirección General de Deportes del CSD elaborará las Normas Generales de
Organización de las competiciones que se incluyan en este programa. En las mismas se
determinará asimismo la normativa aplicable en cuanto a disciplina deportiva y
reglamentos técnicos de competición. Habrá que seguir contemplando, mientras sea
necesario, los protocolos anti-COVID que hayan de tenerse en cuenta y el cumplimiento
al respecto de toda la normativa estatal o autonómica que puedan ser de aplicación.

cve: BOE-A-2022-14960
Verificable en https://www.boe.es

1. Las FFDDEE cuyas solicitudes hayan sido admitidas en el programa CESA para
el período 2023-2024 deberán enviar, antes del 30 de noviembre de 2022, un completo
proyecto de organización para la competición del año 2023, cumplimentando todos los
aspectos contemplados en el anexo I (proyecto técnico-deportivo) y anexo II (desglose
presupuestario), que podrán descargarse en el mismo trámite dónde se hayan
presentado las solicitudes para formar parte de este Programa.
2. En aquellos casos que exista/n renuncia/as en el programa aprobado, el CSD
podrá incluir en el mismo a la/s siguiente/s solicitud/es que haya obtenido mejor
puntuación en el orden de prelación resultante en la valoración efectuada, teniendo en
cuenta la agrupación realizada en el Apartado Primero, Punto 1.