III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Deporte escolar. (BOE-A-2022-14960)
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España en edad escolar para el período 2023-2024 y se establece el procedimiento para su desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 126310

2. En los CESA podrán participar las Comunidades Autónomas y Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla a través de equipos de selecciones autonómicas, de
acuerdo con lo regulado en esta convocatoria y en las correspondientes Normas
Generales de Organización anteriormente mencionadas. Las Comunidades Autónomas y
las Ciudades Autónomas que deseen tomar parte en las competiciones convocadas
deberán comunicar a la organización, a petición de esta y con el fin de facilitar los
trámites organizativos, todos los datos que les soliciten en su momento.
Con la finalidad de seguir avanzando en los programas para deportistas con algún
tipo de discapacidad y competiciones inclusivas, el Consejo Superior de Deportes
valorará especialmente o priorizará, en los términos que se concretan en esta
convocatoria, que los proyectos CESA que se presenten incluyan la celebración de la
modalidad adaptada y las inclusivas. En el caso de que en alguno de estos casos pueda
estar implicada en el mismo campeonato más de una FDE, el CSD actuará como
intermediario para que la competición se desarrolle de forma coordinada.
3. Las selecciones participantes en los CESA no están obligadas al pago de
ninguna cuota como concepto de inscripción y/o participación en los CESA convocados
por el CSD.
4. La imagen de los CESA es propiedad del CSD y no se podrá ceder a terceros sin
su consentimiento. Las FFDDEE organizadoras deberán salvaguardar la imagen
corporativa del CSD y de los CESA en todo tipo de documentación o soportes gráficos
que elaboren respecto a su desarrollo, que deberá aparecer siempre de forma
preeminente en los mismos, así como reservar zonas preferentes en las instalaciones
deportivas, zonas de competición y de entrega de premios para la colocación de su
logotipo oficial. El CSD podrá proporcionar a las FFDDEE organizadoras los parámetros
y/o plataformas digitales a tener en cuenta para poder cumplir con este precepto.
5. Tanto el CSD como las FFDDEE deben garantizar en el desarrollo del programa
el cumplimiento de todos los preceptos regulados por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así
como por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo sobre protección de datos, y
cualquier normativa vigente que afecte a este ámbito, máxime tratándose en el caso de
los deportistas de menores de edad.
En las Normas Generales de Organización que se dicten para desarrollar los
preceptos establecidos en esta convocatoria, se establecerá el procedimiento y
normativa aplicable para recabar el consentimiento de uso de las imágenes de los
participantes en las competiciones, así como su posible uso, términos y condiciones del
mismo, con la exclusiva finalidad de promocionar el deporte en cuestión a nivel nacional.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y su normativa de desarrollo,
tanto el CSD como las FFDDEE se abstendrán de cualquier tipo de tratamiento de los
datos personales de que dispongan como consecuencia de esta convocatoria,
exceptuando los que sean estrictamente necesarios para las finalidades de la misma. En
este sentido se comprometen especialmente, a no ceder a terceros los datos
mencionados o los archivos que los contengan, así como a guardar estricta
confidencialidad sobre los mismos.
6. El CSD aportará las medallas y trofeos para los premiados en cada competición
CESA, que reflejarán los datos del campeonato del que se trate. En el caso de aquellas
competiciones que pudieran llegar a celebrarse antes de que sea viable por los plazos
administrativos que el CSD pueda aportarlos, la propia FDE organizadora será la
responsable de su suministro.
7. Las FFDDEE deberán garantizar que las instalaciones deportivas y/o zonas de
competición que proponen en sus proyectos de organización de los CESA tengan en
vigor una póliza de responsabilidad civil que cubra las contingencias que pudieran ocurrir
durante la celebración de los mismos.
El CSD suscribirá una póliza de responsabilidad civil subsidiaria respecto de los
miembros de las selecciones autonómicas participantes en los CESA, jueces y árbitros

cve: BOE-A-2022-14960
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Núm. 220