III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-14854)
Resolución de 4 de julio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Oliva, por la que se deniega la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 125396

patrimonio en vida. Los derechos de herederos o legitimarios solo nacen cuando se
produce la muerte de la persona, y no antes. Salvo disposiciones reguladas en derecho
foral (Heredamientos) no se permiten actos dispositivos sobre la herencia futura (art.
1.271 CC), por lo que las lógicas expectativas a heredar, no deben de prevalecer sobre
la libre disposición de los sujetos de derecho.
Y son estas normas, algunas caducas, las que impiden, según el funcionario
calificador, la inscripción en un Registro Público, de cuyo buen funcionamiento es
responsable su titular; de un negocio jurídico, perfectamente legal, libremente consentido
por los otorgantes, y formalizado públicamente con todas las garantías. No podemos
aceptar que (…) pueda perjudicar; los legítimos derechos de los otorgantes, al extremo
de calificar como "insubsanable" el defecto alegado, con términos duros, como el "fraude
de ley", como si los otorgantes fueran delincuentes, situándolos fuera de la Ley. No se
puede calificar en base a un pretendido ánimo elusorio, ni suponer una intención
fraudulenta en los otorgantes. Es totalmente desproporcionado. El funcionario calificador
se excede en sus atribuciones, reinterpreta la Ley, contradice a su superior jerárquico, e
imputa a los otorgantes un ánimo defraudatorio, como mínimo de forma injusta e ilusoria.
Tampoco podemos desconocer que una injustificada dilación en la inscripción de los
títulos presentados, que por otra parte es necesaria, para otras necesidades de los
otorgantes, como conseguir financiación hipotecaria; puede provocar, y muy
principalmente, perjuicios económicos a los mismos; pero además, forzando de forma
artificial una revisión sistemática de los títulos presentados, se producen indeseables
derivadas, como el perjuicio reputacional para la función notarial.
En atención a todo lo cual, con reserva de acciones judiciales ante una eventual
exigencia de reparación de los daños y perjuicios que se pudieren irrogar al notario
recurrente, incluyendo los daños morales, solicita de esta Dirección General la
revocación de la nota de calificación impugnada y ordene la inscripción del título
presentado.»
V
El registrador de la Propiedad emitió informe el día 19 de abril de 2022 y elevó el
expediente a este centro directivo.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 609, 1.224, 1.225, 1.227, 1.255, 1.261, 1.274 a 1.277, 1.278,
1.279, 1.297, 1.315, 1.323, 1.325, 1.328, 1.346, 1.347, 1.323, 1.352, 1.354, 1.355, 1.356,
1.357, 1.358, 1.359 y 1.361 del Código Civil; 4 y 125 de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de
Derecho Civil Vasco; 9, 18, 21, 31, 34, 66, 313.B).k), 326, 327, párrafo décimo y 328,
párrafo cuarto, de la Ley Hipotecaria; 385 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; 213 del
Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se
aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el texto refundido de las
Leyes civiles aragonesas; 51.6.ª, 90, 93, 94, 95, 96 y 101 del Reglamento Hipotecario;
las Sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 18 de julio de 1991, 26 de
noviembre de 1993, 19 de abril y 29 de septiembre de 1997, 24 de febrero, 27 de marzo,
25 de octubre y 20 de noviembre de 2000, 11 de diciembre de 2001, 26 de febrero y 17
de abril de 2002, 11 de junio de 2003, 8 de octubre de 2004, 25 de mayo de 2005, 8 de
octubre y 29 de noviembre de 2006, 27 de mayo de 2019, y 15 de enero y 12 de febrero
de 2020, y, Sala Tercera, Sección Segunda, de 2 de octubre de 2001; las Resoluciones
de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 12 de septiembre de 1937, 7
de junio de 1972, 10 de marzo de 1989, 14 de abril de 1989, 25 de septiembre de 1990,
21 de enero de 1991, 7 y 26 de octubre de 1992, 11 de junio de 1993, 28 de mayo
de 1996, 21 de diciembre de 1998, 15 de marzo, 26 de mayo y 15 y 30 de diciembre
de 1999, 8 de mayo y 7 de diciembre de 2000, 21 de julio de 2001, 17 de abril de 2002,
12 de junio y 18 de septiembre de 2003, 22 de junio de 2006, 6 de junio y 25 de octubre

cve: BOE-A-2022-14854
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Núm. 219