III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personas en situación de dependencia. (BOE-A-2022-14720)
Resolución de 26 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo sobre el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2022 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216

Jueves 8 de septiembre de 2022

Fondo de gestión

Sec. III. Pág. 124595

Porcentaje

B.1

Personas atendidas.

10,00

B.2

Agilidad administrativa.

10,00

B.3

Inversión autonómica.

10,00

Total.

30,00

Estos tres indicadores se incluyeron en el reparto del Nivel Acordado 2021, si bien se
modifica el contenido y la elaboración de estos índices como luego se explicará.
C. Fondo de cumplimiento objetivos. Contiene tres índices que valoran los tres
bloques de objetivos esenciales del Plan de Choque aprobado en 2021 y que se
materializaron en cada territorio a través de actuaciones contenidas en los convenios:
reducción de la lista de espera, mejora de las condiciones de los trabajadores y
trabajadoras del sistema y mejora de la calidad de los servicios. El peso de este fondo
alcanzaría el 45% del total del nivel acordado.
Fondo de cumplimiento de objetivos

Porcentaje

C.1

Mejora en el empleo.

15,00

C.2

Reducción de la lista de espera.

15,00

C.3

Calidad de las prestaciones y servicios.

15,00

Total.

45,00

Estos tres indicadores compuestos son de nueva creación y pretenden recoger el
impacto obtenido en cada una de esas áreas durante 2021 por territorios.
A.1

Indicador de población potencialmente dependiente.

– Población entre 0 y 64 años: Se aplica a esta población el porcentaje de personas
con discapacidad reconocida igual o superior al 33 % en este tramo de edad.
– Población entre 65 y 79 años: En este tramo de edad se aprecia un progresivo
aumento en la incorporación de personas al sistema según la edad. Para calcular la
población potencialmente dependiente en estas edades, se consideran los tres tramos
de edad quinquenales (de 65 a 69, de 70 a 74 y de 75 a 79). En cada uno de ellos se
calcula primero una ratio (Ri) que es igual a la proporción de personas beneficiarias con
derecho reconocido (Di) sobre la población de esa edad (Pi). A continuación, se obtiene
un factor de ajuste (Fi) que es igual al cociente entre la proporción de personas
beneficiarias en cada tramo de edad y la proporción de personas beneficiarias en el
tramo de edad de 80 a 84 años (Fi = Ri/R4). Finalmente, para cada tramo de edad se
obtiene la población potencialmente dependiente (PPDi) multiplicando la población por el
factor de proporcionalidad obtenido de esta forma.
Subtramos de edad.

Personas con derecho.

T1

T2

T3

T4

65-69

70-74

75-79

80-84

D1

D2

D3

D4

cve: BOE-A-2022-14720
Verificable en https://www.boe.es

El indicador de personas población potencialmente dependiente es un índice
calculado en función del número de personas que se encuentran potencialmente en
situación de dependencia en cada una de las Comunidades Autónomas. Se calcula a
partir de los datos de población por Comunidades Autónomas publicados por el Instituto
Nacional de Estadística (INE) y de los datos de la base estatal de personas con
valoración de discapacidad de la siguiente forma: