III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personas en situación de dependencia. (BOE-A-2022-14720)
Resolución de 26 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo sobre el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2022 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124594
oportunos convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y las
Comunidades Autónomas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la Ley
de Dependencia.
Quinto.
Este Marco de Cooperación Interadministrativa ha sido informado favorablemente por
todos los órganos consultivos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia: el
Comité Consultivo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, el Consejo
Estatal de las Personas Mayores, el Consejo Nacional de la Discapacidad, y el Consejo
Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social.
En los Presupuestos Generales del Estado –Presupuesto de la Seguridad Social– en
el Presupuesto de Gastos del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, se contemplan
los créditos presupuestarios para la financiación del nivel acordado del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia.
II.
Criterios de distribución de los créditos
Considerando el nuevo escenario de financiación previsto en los Presupuestos
Generales del Estado para 2022 y lo contenido en el Marco de Cooperación
Interadministrativo 2021, en el que se explicitaba: «al Marco de Cooperación
Interadministrativa correspondiente al ejercicio 2022, podrán añadirse criterios de reparto
de los créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel
acordado, relativos al grado de cumplimiento, por parte de cada Comunidad Autónoma,
de los objetivos específicos para la aplicación de las prestaciones y servicios SAAD en
su territorio, acordados en los correspondientes convenios celebrados en desarrollo de
este Marco de Cooperación Interadministrativa para el ejercicio 2021», se han
reordenado y modificado los índices de distribución entre las Comunidades Autónomas
de régimen común siguiendo los criterios:
A. Fondo de estructura que se refiere a indicadores que ya existían y que están
relacionados con las características de la población y del territorio considerando que son
aspectos que influyen de manera decisiva en la demanda, en la organización de los
servicios y en su coste. Se ha procurado respetar los mismos indicadores de 2021 y su
ponderación. El peso de este fondo supone el 25% de la financiación.
Porcentaje
A.1
Población potencialmente dependiente.
A.2
Superficie.
1,40
A.3
Dispersión poblacional.
0,50
A.4
Insularidad.
0,50
A.5
Coste de los servicios.
4,90
Total.
17,70
25,00
Todos estos indicadores formaban parte del Acuerdo 2021 cambiando únicamente el
peso relativo del indicador Población Potencialmente Dependiente que pasa del 16 %
(2021) al 17,70 % (2022).
B. Fondo de gestión que se refiere a indicadores de la gestión realizada por cada
Comunidad Autónoma. Se ha considerado especialmente que estos, en lo posible, no
sean redundantes entre sí o con los de otros bloques. Este bloque constituía antes cerca
del 75 % de los indicadores y ahora el peso para este fondo se reduce al 30 %
considerando el peso que se debe dar a la gestión ligada a los objetivos del Plan de
Choque.
cve: BOE-A-2022-14720
Verificable en https://www.boe.es
Fondo de estructura
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124594
oportunos convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y las
Comunidades Autónomas, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la Ley
de Dependencia.
Quinto.
Este Marco de Cooperación Interadministrativa ha sido informado favorablemente por
todos los órganos consultivos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia: el
Comité Consultivo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, el Consejo
Estatal de las Personas Mayores, el Consejo Nacional de la Discapacidad, y el Consejo
Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social.
En los Presupuestos Generales del Estado –Presupuesto de la Seguridad Social– en
el Presupuesto de Gastos del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, se contemplan
los créditos presupuestarios para la financiación del nivel acordado del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia.
II.
Criterios de distribución de los créditos
Considerando el nuevo escenario de financiación previsto en los Presupuestos
Generales del Estado para 2022 y lo contenido en el Marco de Cooperación
Interadministrativo 2021, en el que se explicitaba: «al Marco de Cooperación
Interadministrativa correspondiente al ejercicio 2022, podrán añadirse criterios de reparto
de los créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel
acordado, relativos al grado de cumplimiento, por parte de cada Comunidad Autónoma,
de los objetivos específicos para la aplicación de las prestaciones y servicios SAAD en
su territorio, acordados en los correspondientes convenios celebrados en desarrollo de
este Marco de Cooperación Interadministrativa para el ejercicio 2021», se han
reordenado y modificado los índices de distribución entre las Comunidades Autónomas
de régimen común siguiendo los criterios:
A. Fondo de estructura que se refiere a indicadores que ya existían y que están
relacionados con las características de la población y del territorio considerando que son
aspectos que influyen de manera decisiva en la demanda, en la organización de los
servicios y en su coste. Se ha procurado respetar los mismos indicadores de 2021 y su
ponderación. El peso de este fondo supone el 25% de la financiación.
Porcentaje
A.1
Población potencialmente dependiente.
A.2
Superficie.
1,40
A.3
Dispersión poblacional.
0,50
A.4
Insularidad.
0,50
A.5
Coste de los servicios.
4,90
Total.
17,70
25,00
Todos estos indicadores formaban parte del Acuerdo 2021 cambiando únicamente el
peso relativo del indicador Población Potencialmente Dependiente que pasa del 16 %
(2021) al 17,70 % (2022).
B. Fondo de gestión que se refiere a indicadores de la gestión realizada por cada
Comunidad Autónoma. Se ha considerado especialmente que estos, en lo posible, no
sean redundantes entre sí o con los de otros bloques. Este bloque constituía antes cerca
del 75 % de los indicadores y ahora el peso para este fondo se reduce al 30 %
considerando el peso que se debe dar a la gestión ligada a los objetivos del Plan de
Choque.
cve: BOE-A-2022-14720
Verificable en https://www.boe.es
Fondo de estructura