I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-14680)
Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 124474
se encuentre excluida del ámbito de regulación del decreto-ley que podrá penetrar en
la misma en la medida en que concurran los requisitos constitucionales del
presupuesto habilitante y no «afecte» en el sentido constitucional del término las
materias excluidas (SSTC 182/1997, de 28 de octubre, FJ 8; 137/2003, FJ 6
y 100/2012, de 8 de mayo, FJ 9).
La inmediatez de la entrada en vigor de este real decreto-ley resulta también
oportuna, puesto que otra alternativa requeriría de un plazo muy superior en el
tiempo, que sería contraproducente porque daría lugar a diferentes pronunciamientos
judiciales e incluso a nuevas cuestiones prejudiciales.
Finalmente, la satisfacción del objetivo perseguido requiere, sin duda, la
aprobación de una disposición con rango de ley, pues requiere de la modificación de
diversas normas de dicho rango.
VI
Por otra parte, el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan
y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias
económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de
vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla
de La Palma, estableció una serie de medidas encaminadas a incentivar el papel del
transporte público colectivo para afrontar el escenario actual de altos precios de la
energía, fomentando el cambio a un medio de transporte más seguro, fiable, cómodo,
económico y sostenible que el vehículo particular.
Una de estas medidas fue establecer unas ayudas a las administraciones públicas
autonómicas y locales que aplicaran un descuento mínimo del 30 % en los abonos
multiviaje de los transportes de su competencia entre el 1 de septiembre de 2022 y
el 31 de diciembre de 2022. El crédito extraordinario establecido para financiar estas
ayudas, cuyo objeto sería el compensar la pérdida de ingresos derivada de este
descuento, fue de 200 millones de euros. Con fecha 15 de julio de 2022 se aprobó por
orden ministerial la metodología para el cálculo de las cuantías a recibir por cada
administración. En esta metodología, se hizo una estimación de los importes
necesarios que es necesario actualizar para garantizar que la medida está
convenientemente financiada asegurando su máxima efectividad.
El aumento de los costes de los combustibles está teniendo un impacto muy
notable en la capacidad de los ciudadanos para poder asumir el coste del transporte
asociado a la movilidad cotidiana obligada, por motivos esencialmente de trabajo,
pero también de atención familiar, o para acceder a servicios esenciales como
atención médica. La persistencia de esta situación puede derivar en una incapacidad
para poder dar salida a esta movilidad cotidiana obligada por vehículo particular, un
medio que, por otro lado, tiene asociados una serie de costes externos muy elevados
que tampoco la sociedad actual puede soportar.
Por ello, el Gobierno, mediante el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de
medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas
y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de
reducción de la dependencia energética del gas natural, ha establecido un nuevo
impulso al transporte público colectivo, aumentando las ayudas al ciudadano, para
contribuir a fomentar el cambio a un medio de transporte más seguro, fiable, cómodo,
económico y sostenible que el vehículo particular, pero también por otro lado
reduciendo el coste del transporte obligado de movilidad cotidiana al ciudadano en
una coyuntura extraordinaria. En este sentido, cabe destacar que el artículo 7 de
dicho real decreto-ley modifica el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio,
incrementando hasta el 100% las reducciones transitorias del coste de determinados
títulos multiviaje, desde el 1 de septiembre de 2022 al 31 de diciembre de 2022, para
los servicios de cada uno de los núcleos de Cercanías y Rodalies, así como para los
servicios ferroviarios de Media distancia prestados tanto por la red convencional como
cve: BOE-A-2022-14680
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 124474
se encuentre excluida del ámbito de regulación del decreto-ley que podrá penetrar en
la misma en la medida en que concurran los requisitos constitucionales del
presupuesto habilitante y no «afecte» en el sentido constitucional del término las
materias excluidas (SSTC 182/1997, de 28 de octubre, FJ 8; 137/2003, FJ 6
y 100/2012, de 8 de mayo, FJ 9).
La inmediatez de la entrada en vigor de este real decreto-ley resulta también
oportuna, puesto que otra alternativa requeriría de un plazo muy superior en el
tiempo, que sería contraproducente porque daría lugar a diferentes pronunciamientos
judiciales e incluso a nuevas cuestiones prejudiciales.
Finalmente, la satisfacción del objetivo perseguido requiere, sin duda, la
aprobación de una disposición con rango de ley, pues requiere de la modificación de
diversas normas de dicho rango.
VI
Por otra parte, el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan
y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias
económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de
vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla
de La Palma, estableció una serie de medidas encaminadas a incentivar el papel del
transporte público colectivo para afrontar el escenario actual de altos precios de la
energía, fomentando el cambio a un medio de transporte más seguro, fiable, cómodo,
económico y sostenible que el vehículo particular.
Una de estas medidas fue establecer unas ayudas a las administraciones públicas
autonómicas y locales que aplicaran un descuento mínimo del 30 % en los abonos
multiviaje de los transportes de su competencia entre el 1 de septiembre de 2022 y
el 31 de diciembre de 2022. El crédito extraordinario establecido para financiar estas
ayudas, cuyo objeto sería el compensar la pérdida de ingresos derivada de este
descuento, fue de 200 millones de euros. Con fecha 15 de julio de 2022 se aprobó por
orden ministerial la metodología para el cálculo de las cuantías a recibir por cada
administración. En esta metodología, se hizo una estimación de los importes
necesarios que es necesario actualizar para garantizar que la medida está
convenientemente financiada asegurando su máxima efectividad.
El aumento de los costes de los combustibles está teniendo un impacto muy
notable en la capacidad de los ciudadanos para poder asumir el coste del transporte
asociado a la movilidad cotidiana obligada, por motivos esencialmente de trabajo,
pero también de atención familiar, o para acceder a servicios esenciales como
atención médica. La persistencia de esta situación puede derivar en una incapacidad
para poder dar salida a esta movilidad cotidiana obligada por vehículo particular, un
medio que, por otro lado, tiene asociados una serie de costes externos muy elevados
que tampoco la sociedad actual puede soportar.
Por ello, el Gobierno, mediante el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de
medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas
y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de
reducción de la dependencia energética del gas natural, ha establecido un nuevo
impulso al transporte público colectivo, aumentando las ayudas al ciudadano, para
contribuir a fomentar el cambio a un medio de transporte más seguro, fiable, cómodo,
económico y sostenible que el vehículo particular, pero también por otro lado
reduciendo el coste del transporte obligado de movilidad cotidiana al ciudadano en
una coyuntura extraordinaria. En este sentido, cabe destacar que el artículo 7 de
dicho real decreto-ley modifica el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio,
incrementando hasta el 100% las reducciones transitorias del coste de determinados
títulos multiviaje, desde el 1 de septiembre de 2022 al 31 de diciembre de 2022, para
los servicios de cada uno de los núcleos de Cercanías y Rodalies, así como para los
servicios ferroviarios de Media distancia prestados tanto por la red convencional como
cve: BOE-A-2022-14680
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 216