I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Función pública. (BOE-A-2022-14683)
Ley 6/2022, de 28 de julio, de regulación de las horas extraordinarias del personal del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia, por la que se modifica el Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de septiembre de 2022

Sec. I. Pág. 124501

II
Una de dichas medidas es la de concretar los supuestos en los que el personal de la
escala técnico-operativa, categorías bombero conductor y cabos bomberos pueden
realizar horas extraordinarias.
En los últimos años, las distintas leyes regionales de presupuestos han venido
prohibiendo para todo el personal del sector público regional la retribución de las horas
extraordinarias, estableciéndose que se deben compensar obligatoriamente con
descansos adicionales el exceso de horas realizadas superiores a la jornada legalmente
establecida, si bien a partir de 2019 las leyes presupuestarias han excepcionado de esta
prohibición el caso del personal de la escala de Administración Especial, subescala de
Servicios Especiales, clase Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento del CEIS,
en relación con las funciones asignadas a dicho personal.
Esta excepcionalidad establecida en 2019 y que se ha mantenido en el tiempo para
el CEIS ponía de manifiesto la insuficiencia de personal que arrastra, y que impide que
las horas extraordinarias puedan compensarse mediante descansos (el personal que
descansa tendría a su vez que ser sustituido por otro mediante nuevas horas
extraordinarias).
Sin embargo, las leyes anuales de presupuestos no acotan ni fijan ningún tipo de
condición para la realización de dichas horas extraordinarias remuneradas, y este es
precisamente el objeto de la presente proposición. Se fija para ello un número máximo
de horas extraordinarias y un periodo mínimo de descanso entre los distintos turnos, ya
que el trabajo de los bomberos se organiza mediante turnos de veinticuatro horas.
Por lo tanto, esta proposición de ley pretende concretar los supuestos en los que el
personal de la escala técnico-operativa, categorías bombero conductor y cabos, puede
realizar horas extraordinarias retribuidas con su adecuada reglamentación, control, pero
dentro de unos límites, adecuados a las necesidades de personal, épocas de peligro y
con carácter temporal, para el ejercicio 2022 y 2023 o, en todo caso, mientras dure el
proceso de cobertura de plazas de la oferta pública de empleo 2022.
Para el año 2022, la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, regula en su artículo 22 las retribuciones
del personal del sector público regional, entre las que se encuentra, según apartado g),
el personal de los consorcios adscritos a la Administración pública regional, conforme a
lo establecido en el artículo 120 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, dedicando la disposición adicional vigésima primera a regular las
medidas en materia de personal del sector público regional, excepcionando la
compensación con descansos de horas extraordinarias de este personal, pero sin
desarrollar las condiciones.
Para ello se redactaría un artículo único sobre modificación del Decreto
Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
la Función Pública de la Región de Murcia.
Se añadiría una disposición adicional decimoséptima al Decreto Legislativo 1/2001,
de 26 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Función Pública
de la Región de Murcia, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional decimoséptima. Determinaciones temporales en materia de
gratificaciones por servicios extraordinarios del Consorcio de Extinción de Incendios
y Salvamento de la Región de Murcia, como ente integrante del sector público
autonómico.»
Se establece la siguiente medida que será aplicable al personal de la escala técnicooperativa, según categorías que se detallan, del Consorcio de Extinción de Incendios y
Salvamento de la Región de Murcia durante los años 2022 y 2023, o en todo caso
mientras dure el proceso de cobertura de plazas de la oferta pública de empleo 2022.

cve: BOE-A-2022-14683
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Núm. 216