I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Función pública. (BOE-A-2022-14683)
Ley 6/2022, de 28 de julio, de regulación de las horas extraordinarias del personal del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia, por la que se modifica el Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 124500
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
14683
Ley 6/2022, de 28 de julio, de regulación de las horas extraordinarias del
personal del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región
de Murcia, por la que se modifica el Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de
enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Función
Pública de la Región de Murcia.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea
Regional ha aprobado la Ley de regulación de las horas extraordinarias del personal del
Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia por la que se
modifica el Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.dos del Estatuto de Autonomía, en
nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
PREÁMBULO
El Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia (CEIS),
que presta el servicio de prevención y extinción de incendios en cuarenta y tres de los
cuarenta y cinco municipios de la Región de Murcia, tiene en la actualidad muchas
dificultades para realizar esa prestación tan esencial, dada la carencia del personal
operativo necesario, a lo que se añade la ausencia de normativa reguladora del servicio
de extinción de incendios a nivel estatal o autonómico, lo que genera lagunas legales y
múltiples criterios interpretativos, entre ellos, los límites en su realización, así como el
régimen de descansos.
Tras varios años en los que las leyes de presupuestos Generales del Estado han
impuesto limitaciones a la incorporación de personal de nuevo ingreso, mediante la tasa
de reposición de efectivos, la Disposición adicional trigésima octava de la Ley 22/2021,
de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, ha
autorizado una tasa adicional para las plazas de personal de los servicios de prevención
y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias
para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de
dichos servicios, su creación, organización y estructura.
Esto ha permitido la puesta en marcha en el CEIS de una amplia oferta de empleo
público que incluirá nuevas plazas de bombero, junto a las ya existentes pero que se
encuentran vacantes. Esta oferta de plazas, tras la conclusión de los procedimientos
selectivos y del periodo de formación necesario, hará posible la incorporación de nuevo
personal con carácter definitivo.
Pero todo este proceso de selección y formación del personal especializado se
extenderá previsiblemente hasta mitad o final del año 2023, por ello resulta necesario
adoptar algunas medidas transitorias que permitan realizar con toda garantía una
prestación adecuada del servicio, regulación que excede de las competencias del
Consorcio, tras su adscripción a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
desde 1 de enero de 2019.
cve: BOE-A-2022-14683
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 124500
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
14683
Ley 6/2022, de 28 de julio, de regulación de las horas extraordinarias del
personal del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región
de Murcia, por la que se modifica el Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de
enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Función
Pública de la Región de Murcia.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea
Regional ha aprobado la Ley de regulación de las horas extraordinarias del personal del
Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia por la que se
modifica el Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.dos del Estatuto de Autonomía, en
nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
PREÁMBULO
El Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Región de Murcia (CEIS),
que presta el servicio de prevención y extinción de incendios en cuarenta y tres de los
cuarenta y cinco municipios de la Región de Murcia, tiene en la actualidad muchas
dificultades para realizar esa prestación tan esencial, dada la carencia del personal
operativo necesario, a lo que se añade la ausencia de normativa reguladora del servicio
de extinción de incendios a nivel estatal o autonómico, lo que genera lagunas legales y
múltiples criterios interpretativos, entre ellos, los límites en su realización, así como el
régimen de descansos.
Tras varios años en los que las leyes de presupuestos Generales del Estado han
impuesto limitaciones a la incorporación de personal de nuevo ingreso, mediante la tasa
de reposición de efectivos, la Disposición adicional trigésima octava de la Ley 22/2021,
de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, ha
autorizado una tasa adicional para las plazas de personal de los servicios de prevención
y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias
para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de
dichos servicios, su creación, organización y estructura.
Esto ha permitido la puesta en marcha en el CEIS de una amplia oferta de empleo
público que incluirá nuevas plazas de bombero, junto a las ya existentes pero que se
encuentran vacantes. Esta oferta de plazas, tras la conclusión de los procedimientos
selectivos y del periodo de formación necesario, hará posible la incorporación de nuevo
personal con carácter definitivo.
Pero todo este proceso de selección y formación del personal especializado se
extenderá previsiblemente hasta mitad o final del año 2023, por ello resulta necesario
adoptar algunas medidas transitorias que permitan realizar con toda garantía una
prestación adecuada del servicio, regulación que excede de las competencias del
Consorcio, tras su adscripción a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
desde 1 de enero de 2019.
cve: BOE-A-2022-14683
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