III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-14618)
Resolución 420/38348/2022, de 30 de agosto, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Centro Internacional de Toledo para la Paz, para el desarrollo de actividades de investigación, difusión, debate y capacitación sobre seguridad y defensa, durante el año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214
Martes 6 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124126
Dicha transferencia se realizará, a través de una propuesta de pago, una vez
reconocida la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la
Intervención Delegada correspondiente.
El abono de la cantidad máxima reflejada en esta cláusula se podrá realizar, tras
finalizar la actividad prevista en la cláusula primera, en una sola vez o en sucesivas
transferencias bancarias en la cuenta que a tal efecto designe el Centro Internacional de
Toledo para la Paz.
Por su parte, el Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax), aportará una
cantidad global estimada de treinta y una mil setecientos cincuenta con doce euros
(31.750,12 €).
Las aportaciones financieras que se comprometan a realizar las partes, no podrán
ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes.
Cuarta.
Procedimiento de justificación del gasto.
El Centro Internacional de Toledo para la Paz remitirá al Ministerio de Defensa un
expediente del gasto, dentro del mes siguiente a la finalización de cada actividad.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
a) Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, que aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación).
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, y deberán tener entrada en la Secretaría General
de Política de Defensa, antes del 15 de noviembre del 2022.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b) Memoria económica:
En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la aportación económica del
Ministerio de Defensa.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
También incluirá una descripción del gasto realizado por el Centro Internacional de
Toledo para la Paz.
Memoria de la actividad:
Asimismo, tras finalizar la citada actividad, el Centro Internacional de Toledo para la
Paz remitirá a la Secretaría General de Política de Defensa una memoria de la actividad
donde se incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de la
actividad realizada.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través de la Sede Electrónica Central
del Ministerio de Defensa (http://sede.defensa.gob.es/acceda), no siendo válido ningún
cve: BOE-A-2022-14618
Verificable en https://www.boe.es
c)
Núm. 214
Martes 6 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124126
Dicha transferencia se realizará, a través de una propuesta de pago, una vez
reconocida la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la
Intervención Delegada correspondiente.
El abono de la cantidad máxima reflejada en esta cláusula se podrá realizar, tras
finalizar la actividad prevista en la cláusula primera, en una sola vez o en sucesivas
transferencias bancarias en la cuenta que a tal efecto designe el Centro Internacional de
Toledo para la Paz.
Por su parte, el Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax), aportará una
cantidad global estimada de treinta y una mil setecientos cincuenta con doce euros
(31.750,12 €).
Las aportaciones financieras que se comprometan a realizar las partes, no podrán
ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes.
Cuarta.
Procedimiento de justificación del gasto.
El Centro Internacional de Toledo para la Paz remitirá al Ministerio de Defensa un
expediente del gasto, dentro del mes siguiente a la finalización de cada actividad.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:
a) Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, que aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación).
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, y deberán tener entrada en la Secretaría General
de Política de Defensa, antes del 15 de noviembre del 2022.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b) Memoria económica:
En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la aportación económica del
Ministerio de Defensa.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
También incluirá una descripción del gasto realizado por el Centro Internacional de
Toledo para la Paz.
Memoria de la actividad:
Asimismo, tras finalizar la citada actividad, el Centro Internacional de Toledo para la
Paz remitirá a la Secretaría General de Política de Defensa una memoria de la actividad
donde se incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de la
actividad realizada.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través de la Sede Electrónica Central
del Ministerio de Defensa (http://sede.defensa.gob.es/acceda), no siendo válido ningún
cve: BOE-A-2022-14618
Verificable en https://www.boe.es
c)