II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-14477)
Resolución de 21 de julio de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, como personal laboral, Grupos A, B y C.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 122939
9. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la
Gerencia de la Universidad de Alcalá, plaza San Diego, s/n, CP 28801, Alcalá de
Henares (Madrid).
10. Las personas integrantes del Tribunal devengarán las asistencias
correspondientes a las categorías establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón del Servicio.
Sexta. Procedimiento de selección.
1. El procedimiento de selección se realizará por el sistema de concurso que
consistirá en la valoración, por parte del Tribunal, de los méritos que acrediten las
personas aspirantes, referidos al día de finalización de la presentación de solicitudes de
la presente convocatoria, y de acuerdo con el baremo que se incluye como anexo II.
2. No se valorarán los méritos alegados con posterioridad a la finalización del
mencionado plazo ni los méritos que habiéndose alegado no hayan sido debidamente
acreditados.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Finalizada la valoración de los méritos el Tribunal hará públicas en la página web
de la Universidad de Alcalá las puntuaciones provisionales otorgadas a las personas
aspirantes. Contra este Acuerdo se podrán presentar alegaciones en el plazo de tres
días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación.
2. Tras analizar las alegaciones presentadas, en su caso, el Tribunal elevará al
Gerente y publicará la relación definitiva de puntuaciones, proponiendo a las personas
candidatas que hayan obtenido mayor puntuación. En ningún caso, el número de
personas propuestas por el Tribunal que superan el proceso selectivo podrá exceder al
número de plazas convocadas.
3. Si se produjera un empate en la puntuación global del proceso selectivo, este se
dirimirá acudiendo al criterio de mayor antigüedad en el mismo grupo, nivel salarial, área
y especialidad del puesto al que se opta en la Universidad convocante. De persistir el
empate se seguirán los siguientes criterios de prelación para dirimirlo:
– Mayor puntuación obtenida en el apartado de la experiencia profesional
– Mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados de la experiencia
profesional en el orden en el que figuran en el anexo II
– Mayor puntuación obtenida en el apartado de formación y perfeccionamiento
profesional
– De persistir el empate, este se dirimirá atendiendo al orden alfabético conforme a
la letra que resulte del sorteo público celebrado anualmente a estos efectos por la
Comunidad de Madrid (todavía no hay letra para este año. El sorteo se va a celebrar el
día 6 de junio).
Octava. Resolución del proceso y presentación de documentación.
En el Acuerdo del Tribunal por el que se publica la relación definitiva de puntuaciones
con la propuesta de personas candidatas, que no podrán exceder del número de plazas
convocadas, se abrirá un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al
de la publicación en la página web, para la presentación de la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Base Segunda y de la
documentación acreditativa de los méritos indicados en la base tercera punto 3.5 que se
relacionan a continuación:
– Original del documento nacional de identidad o equivalente y, en su caso, de la
demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los
requisitos de edad y nacionalidad.
– Original de la titulación académica o de la experiencia profesional sustitutoria.
cve: BOE-A-2022-14477
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 212
Sábado 3 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 122939
9. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la
Gerencia de la Universidad de Alcalá, plaza San Diego, s/n, CP 28801, Alcalá de
Henares (Madrid).
10. Las personas integrantes del Tribunal devengarán las asistencias
correspondientes a las categorías establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón del Servicio.
Sexta. Procedimiento de selección.
1. El procedimiento de selección se realizará por el sistema de concurso que
consistirá en la valoración, por parte del Tribunal, de los méritos que acrediten las
personas aspirantes, referidos al día de finalización de la presentación de solicitudes de
la presente convocatoria, y de acuerdo con el baremo que se incluye como anexo II.
2. No se valorarán los méritos alegados con posterioridad a la finalización del
mencionado plazo ni los méritos que habiéndose alegado no hayan sido debidamente
acreditados.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Finalizada la valoración de los méritos el Tribunal hará públicas en la página web
de la Universidad de Alcalá las puntuaciones provisionales otorgadas a las personas
aspirantes. Contra este Acuerdo se podrán presentar alegaciones en el plazo de tres
días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación.
2. Tras analizar las alegaciones presentadas, en su caso, el Tribunal elevará al
Gerente y publicará la relación definitiva de puntuaciones, proponiendo a las personas
candidatas que hayan obtenido mayor puntuación. En ningún caso, el número de
personas propuestas por el Tribunal que superan el proceso selectivo podrá exceder al
número de plazas convocadas.
3. Si se produjera un empate en la puntuación global del proceso selectivo, este se
dirimirá acudiendo al criterio de mayor antigüedad en el mismo grupo, nivel salarial, área
y especialidad del puesto al que se opta en la Universidad convocante. De persistir el
empate se seguirán los siguientes criterios de prelación para dirimirlo:
– Mayor puntuación obtenida en el apartado de la experiencia profesional
– Mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados de la experiencia
profesional en el orden en el que figuran en el anexo II
– Mayor puntuación obtenida en el apartado de formación y perfeccionamiento
profesional
– De persistir el empate, este se dirimirá atendiendo al orden alfabético conforme a
la letra que resulte del sorteo público celebrado anualmente a estos efectos por la
Comunidad de Madrid (todavía no hay letra para este año. El sorteo se va a celebrar el
día 6 de junio).
Octava. Resolución del proceso y presentación de documentación.
En el Acuerdo del Tribunal por el que se publica la relación definitiva de puntuaciones
con la propuesta de personas candidatas, que no podrán exceder del número de plazas
convocadas, se abrirá un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al
de la publicación en la página web, para la presentación de la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Base Segunda y de la
documentación acreditativa de los méritos indicados en la base tercera punto 3.5 que se
relacionan a continuación:
– Original del documento nacional de identidad o equivalente y, en su caso, de la
demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los
requisitos de edad y nacionalidad.
– Original de la titulación académica o de la experiencia profesional sustitutoria.
cve: BOE-A-2022-14477
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Núm. 212