II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-14477)
Resolución de 21 de julio de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, como personal laboral, Grupos A, B y C.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Sábado 3 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 122937
3.5.2 Cursos de formación y perfeccionamiento. Esta documentación acreditativa
se detallará en el formulario que se incluye en el anexo V, en el que constarán
debidamente relacionados y foliados cuantos documentos sean entregados.
4.
Causas de exclusión del proceso:
a) El incumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la presente
convocatoria.
b) La no presentación de la solicitud en tiempo y forma.
c) La falta de pago íntegro en plazo de la tasa correspondiente por derechos de
examen, la falta de justificación de su abono, o la falta de justificación de encontrarse
exento total o parcial de este pago.
d) La falta de subsanación, si procede, en el plazo establecido para ello.
e) La falta de firma en la solicitud.
5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado, dirigido al Gerente, dentro del plazo establecido en esta base tercera. 2 para la
presentación de solicitudes.
Cuarta.
Relación de personas admitidas y excluidas.
1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la
Universidad de Alcalá, dictará resolución, por la que se aprueben las listas provisionales
de personas admitidas y excluidas, publicando la de excluidas e indicando los lugares en
los que se encuentra expuesta la de admitidas. En dicha Resolución constará la
identidad de las personas aspirantes excluidas, con indicación de las causas de
inadmisión.
2. Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren en la relación
provisional de personas admitidas ni excluidas, dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación de dicha Resolución, a fin de
subsanar el defecto que hubiera motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
3. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, se publicará la
relación definitiva de personas aspirantes admitidas, la cual pondrá fin a la vía
administrativa.
4. Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Gerente de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde su
publicación en la página web o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses desde su publicación, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo. En
caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Tribunal de selección.
1. El Tribunal de este proceso selectivo es el que figura como anexo VI de esta
convocatoria.
La composición del Tribunal debe ajustarse, a lo dispuesto en el artículo 40 del II
Convenio colectivo de Personal Laboral de Administración y Servicios de las
Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid. Asimismo debe ajustarse al
principio de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece el artículo 53 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres; el
artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba
el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y el Plan de igualdad de
oportunidades para el personal de la Universidad de Alcalá (aprobado en Consejo de
Gobierno el 25 de junio de 2015).
cve: BOE-A-2022-14477
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 212
Sábado 3 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 122937
3.5.2 Cursos de formación y perfeccionamiento. Esta documentación acreditativa
se detallará en el formulario que se incluye en el anexo V, en el que constarán
debidamente relacionados y foliados cuantos documentos sean entregados.
4.
Causas de exclusión del proceso:
a) El incumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la presente
convocatoria.
b) La no presentación de la solicitud en tiempo y forma.
c) La falta de pago íntegro en plazo de la tasa correspondiente por derechos de
examen, la falta de justificación de su abono, o la falta de justificación de encontrarse
exento total o parcial de este pago.
d) La falta de subsanación, si procede, en el plazo establecido para ello.
e) La falta de firma en la solicitud.
5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado, dirigido al Gerente, dentro del plazo establecido en esta base tercera. 2 para la
presentación de solicitudes.
Cuarta.
Relación de personas admitidas y excluidas.
1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la
Universidad de Alcalá, dictará resolución, por la que se aprueben las listas provisionales
de personas admitidas y excluidas, publicando la de excluidas e indicando los lugares en
los que se encuentra expuesta la de admitidas. En dicha Resolución constará la
identidad de las personas aspirantes excluidas, con indicación de las causas de
inadmisión.
2. Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren en la relación
provisional de personas admitidas ni excluidas, dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación de dicha Resolución, a fin de
subsanar el defecto que hubiera motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
3. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, se publicará la
relación definitiva de personas aspirantes admitidas, la cual pondrá fin a la vía
administrativa.
4. Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Gerente de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde su
publicación en la página web o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses desde su publicación, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo. En
caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Tribunal de selección.
1. El Tribunal de este proceso selectivo es el que figura como anexo VI de esta
convocatoria.
La composición del Tribunal debe ajustarse, a lo dispuesto en el artículo 40 del II
Convenio colectivo de Personal Laboral de Administración y Servicios de las
Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid. Asimismo debe ajustarse al
principio de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece el artículo 53 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres; el
artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba
el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y el Plan de igualdad de
oportunidades para el personal de la Universidad de Alcalá (aprobado en Consejo de
Gobierno el 25 de junio de 2015).
cve: BOE-A-2022-14477
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.