III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-14389)
Resolución de 30 de junio de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Granollers, para la gestión del Sector 110-b del Plan de Ordenación Urbanística Municipal de Granollers y para la integración del trazado ferroviario a su paso por el núcleo urbano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210

Jueves 1 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 121919

Administraciones Públicas, hasta que el Ayuntamiento obtenga la titularidad de la cara
superior de la losa los vuelos mencionados, de conformidad con lo establecido en esta
cláusula.
Desde el momento en el que sea otorgada la concesión administrativa que habilite al
Ayuntamiento para la urbanización de la losa, el mantenimiento desde la cara inferior de
la capa de impermeabilización de la losa de cobertura hacia abajo, será responsabilidad
de ADIF y, en cualquier caso, la reparación de la capa de impermeabilización será
responsabilidad de la entidad que con su actividad hubiera causado directa o
indirectamente su deterioro.
Tercera. Obligaciones de ADIF.
3.1 ADIF se compromete a finalizar la redacción y aprobación del «Proyecto Básico
y de Construcción del cubrimiento sin modificación de la rasante de vías de las Líneas
R2/R8 de Cercanías de Barcelona, entre la calle Josep Umbert i Ventura y la calle Agustí
de Vinyamata, Sector 110-b, y de la reordenación de la Estación de Granollers Centre,
en el término municipal de Granollers (Barcelona)».
3.2 ADIF se obliga a ejecutar a su costa el mencionado Proyecto en el plazo
máximo de 4 años a contar desde la entrada en vigor del presente convenio. Igualmente,
ADIF asume a su cargo los costes de redacción de este Proyecto. Antes de iniciar la
ejecución de este Proyecto deberá estar aprobado definitivamente el Plan de Mejora
Urbana mencionado en la cláusula 2.1.
3.3 Una vez ejecutadas las obras de ese Proyecto, ADIF se compromete a
desafectar los suelos y vuelos innecesarios para el servicio ferroviario de interés general
en el Sector 110-b, lo que permitirá que el Ayuntamiento proceda a aprobar el
correspondiente Proyecto de parcelación por el sistema de expropiación.
No obstante, si la programación y ejecución de las obras lo permitiesen y se
considerase conveniente por las partes, sería posible acompasar la desafectación de
determinados suelos a dicha ejecución, pudiéndose adelantarse temporalmente a la
finalización de la misma.
3.4 ADIF se compromete a otorgar, en su caso, la concesión administrativa
mencionada en el Cláusula anterior (apartado 2.7).
Cuarta.

Financiación de las actuaciones.

Organismo

ADIF.
Ayuntamiento de Granollers.
Totales.

Total

Euros

17,41 M
2,9 M
20,31 M

cve: BOE-A-2022-14389
Verificable en https://www.boe.es

La financiación de las obras de urbanización ordinarias, cuyo valor estimado por el
Ayuntamiento es de 2,9 M euros, IVA no incluido, será asumida por el Ayuntamiento de
Granollers.
La financiación de la ejecución del «Proyecto de Construcción del cubrimiento sin
modificación de la rasante de vías de las Líneas R2/R8 de Cercanías de Barcelona,
entre la calle Josep Umbert i Ventura y la calle Agustí de Vinyamata, Sector 110-b, y del
Proyecto de Construcción «de la reordenación de la Estación de Granollers Centre, en el
término municipal de Granollers (Barcelona)» será asumida por ADIF. El Proyecto
Constructivo del cubrimiento en redacción tiene un presupuesto estimado de 11,7 M
euros; el Proyecto de Construcción de la reordenación de la Estación de Granollers tiene
un presupuesto asciende a 5,71M euros (IVA no incluido).