III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-14391)
Orden TER/836/2022, de 29 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de septiembre de 2022

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contempladas en el artículo 5, que define las actuaciones subvencionables, son el
desarrollo directo de los objetivos perseguidos en el PRTR con relación a la digitalización
y modernización de las administraciones públicas.
La organización y funcionamiento de las entidades locales, en cuyo ámbito se
incardinan aquellas actuaciones, es ámbito exclusivo de su autogobierno, como reflejo
de su autonomía para la gestión de sus propios intereses, reconocida por el
artículo 137 de la Constitución Española, que se concreta, respecto de los municipios y
provincias en los artículos 140 y 141 de la Constitución Española, en el núcleo esencial
de su garantía institucional.
El Tribunal Constitucional, en su Sentencia, entre otras, 170/1989, de 19 de octubre,
señala que la autonomía local, tal y como se reconoce en los artículos 137 y 140 de la
Constitución Española, goza de una garantía institucional con un contenido mínimo que
el legislador debe respetar.
La autoorganización constituye el núcleo de la autonomía local. Así lo señala la Carta
Europea de Autonomía Local, en su artículo 6.º, que bajo la rúbrica «adecuación de las
estructuras y de los medios administrativos a los cometidos de las Entidades Locales»,
señala en su apartado 1 que «sin perjuicio de las disposiciones más generales creadas
por la Ley, las Entidades Locales deben poder definir por sí mismas las estructuras
administrativas internas con las que pretenden dotarse, con objeto de adaptarlas a sus
necesidades específicas y a fin de permitir una gestión eficaz», y se recoge en la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su
artículo 4.1.a) cuando establece que «en su calidad de Administraciones públicas de
carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, corresponden en todo
caso a los municipios, las provincias y las islas: a) Las potestades reglamentaria y
de autoorganización».
Es por ello que las subvenciones objeto de esta orden, que se refieren a la
financiación de actuaciones materiales que atañen a la potestad de autoorganización y
de gasto de ordenación por las entidades locales de sus medios personales, son una
modalidad de cooperación económica entre la administración local y la Administración
General del Estado, cooperación a la que específicamente se refiere el artículo 57.1 de
la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, y que se incardina legalmente a través del
otorgamiento de subvenciones.
El Ministerio de Política Territorial gestionará estas subvenciones en estrecha
colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital por
razón de su ámbito material: la modernización y transformación digital.
En ese sentido, para que se puedan desplegar por las administraciones competentes
las inversiones del componente 11 en materia de modernización y digitalización de las
entidades locales, y de acuerdo con lo establecido en el Plan de Digitalización de las
Administraciones Públicas 2021-2025, se ha acordado un marco de colaboración entre la
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y la Secretaría de Estado
de Política Territorial que permite el adecuado ejercicio de sus competencias y la
conjugación de sus distintas capacidades técnicas al efecto.
En este contexto, y con la participación de la Federación Española de Municipios y
Provincias, se recopilaron entre el 21 de mayo y el 7 de junio de 2021, ambos inclusive,
las propuestas de manifestaciones de interés en relación con las actuaciones
financiables para la transformación digital de las entidades locales, dentro del Eje 3 del
citado Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025. Por su parte,
la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital, ha elaborado unas guías técnicas, que se refieren tanto a
aspectos generales como específicos de las distintas líneas de actuación, y al formato
del proyecto o memoria técnica que se tiene que presentar.
Esta orden se adecúa a los principios de buena regulación conforme a los cuales
deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la
potestad reglamentaria, como son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el artículo 129 de la

cve: BOE-A-2022-14391
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Núm. 210