III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-14391)
Orden TER/836/2022, de 29 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 121927

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de
necesidad y eficacia, al ser un instrumento eficaz para responder a los objetivos que se
persiguen con esta orden, la transformación digital de las entidades locales. Asimismo, la
orden es acorde al principio de proporcionalidad, ya que supone un medio necesario y
suficiente para alcanzar el fin pretendido, conteniendo la regulación imprescindible para
la consecución del mismo. Igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica,
concretando el procedimiento para la concesión de las subvenciones así como, entre
otros extremos, el régimen jurídico o las obligaciones de las entidades beneficiarias,
evitando dudas interpretativas y siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico.
En cuanto al principio de transparencia, quedan explicados de manera suficiente los
objetivos perseguidos por esta orden, estando su tramitación exenta de la realización de
los distintos trámites de participación pública previstos en la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno, de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.2 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Finalmente, la orden es acorde con el
principio de eficiencia al no imponer nuevas cargas administrativas a la ciudadanía o a
las empresas.
En otro orden, se informó a la Comisión Nacional de Administración Local en sesión
celebrada el 5 de julio de 2021, en la que se expuso la previsión de las convocatorias
para la ejecución del PRTR durante el periodo 2021-2023.
Las subvenciones que aquí se regulan, financiables con fondos europeos, son de
concurrencia no competitiva, en los términos que se señalan en el artículo 62 del Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por lo que, de conformidad con lo previsto en
dicho precepto, sus bases reguladoras se aprueban mediante esta orden ministerial.
Por tanto, esta orden se dicta de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo
del artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
relación con los artículos 61 y 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
habiendo sido objeto del informe preceptivo de la Abogacía del Estado y de la
Intervención Delegada en el Ministerio de Política Territorial.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación de las actuaciones.
1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y efectuar la
convocatoria para el ejercicio 2022 de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, cuya finalidad sea la transformación digital y modernización de las
administraciones de las entidades locales.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta orden se enmarcan en el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), instrumento de financiación
orientado a los resultados, hitos y objetivos indicados en el mismo, que resultan
vinculantes para todas las administraciones públicas participantes. De manera
específica, estas bases reguladoras se dictan en desarrollo del Componente 11,
Inversión 3, del mencionado PRTR.
2. Las subvenciones contempladas en esta orden se destinarán, en las condiciones
que en ella se establecen, a financiar proyectos de modernización y digitalización en el
ámbito de las administraciones de las entidades locales que se enmarquen en alguna de
las líneas estratégicas enunciadas en el artículo 5, cuyo contenido está alineado con la
Estrategia Digital 2025, el Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 y otras acciones de modernización dirigidas al sector público.

cve: BOE-A-2022-14391
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Núm. 210