II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-14355)
Orden EFP/834/2022, de 2 de agosto, por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslados de ámbito estatal, que deben convocarse durante el curso 2022/2023, para personal funcionario de los Cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 121759
sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que deben convocarse
durante el curso 2022/2023, por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y
por las Administraciones educativas.
Segundo.
El plazo de presentación de instancias de participación para todos los concursos de
traslados de ámbito estatal que deben convocarse durante el curso 2022/2023 será
desde el 17 de octubre al 7 de noviembre 2022, ambos inclusive.
Antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes, el Ministerio
de Educación y Formación Profesional publicará en el «Boletín Oficial del Estado» las
convocatorias que realice para la provisión de plazas o puestos vacantes por concurso
de traslados de ámbito estatal correspondiente a su ámbito de gestión territorial. Las
convocatorias que realicen los órganos correspondientes de las Comunidades
Autónomas se publicarán en sus respectivos Boletines o Diarios Oficiales y en el
«Boletín Oficial del Estado». En este último caso, la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» podrá sustituirse por la inserción en el mismo de un anuncio en el que se
indique la Administración educativa convocante, el cuerpo o cuerpos a los que afecta la
convocatoria, el Boletín o Diario Oficial en el que se hace pública la convocatoria, el
plazo de presentación de solicitudes y la fecha de inicio del mismo y el órgano o
dependencia al que deben dirigirse.
Tercero.
Anexo I: Modelo de instancia de participación en el concurso de traslados de los
Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales
de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Profesores
Técnicos de Formación Profesional, de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y
de Maestros.
Anexo II: Modelo de instancia de participación en el concurso de traslados de los
Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración educativa e Inspectores de
Educación.
Cuando en alguna de las convocatorias se prevea la utilización de sistemas de
lectura óptica o cumplimentación con apoyo informático, podrán establecerse en las
instancias las adaptaciones precisas para este fin.
cve: BOE-A-2022-14355
Verificable en https://www.boe.es
Los participantes, cualquiera que sea el contenido de sus peticiones, deberán
presentar una única solicitud por cada cuerpo por el que participen, aun cuando
participen por más de una especialidad, que se dirigirá al órgano que se determine en la
convocatoria que efectúe la Administración educativa a cuyo ámbito de gestión
pertenezca el centro o puesto desde el que participan o, en su caso, al órgano de quien
actualmente dependa el centro o plaza en el que tuvieron su último destino.
Los requisitos de participación deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento, hasta la
toma de posesión del nuevo destino.
La participación en los concursos de traslados convocados al amparo de la presente
Orden supone que el participante declara que reúne los requisitos exigidos para
participar y que los documentos aportados son veraces. En el caso de falsedad en los
datos y/o en la documentación aportada, podrá ser excluido de su participación en ese
procedimiento, con independencia de las responsabilidades a que hubiera lugar.
La solicitud a que se refiere el párrafo anterior se ajustará a los modelos que se
establecen en los anexos a la presente Orden:
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 121759
sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que deben convocarse
durante el curso 2022/2023, por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y
por las Administraciones educativas.
Segundo.
El plazo de presentación de instancias de participación para todos los concursos de
traslados de ámbito estatal que deben convocarse durante el curso 2022/2023 será
desde el 17 de octubre al 7 de noviembre 2022, ambos inclusive.
Antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes, el Ministerio
de Educación y Formación Profesional publicará en el «Boletín Oficial del Estado» las
convocatorias que realice para la provisión de plazas o puestos vacantes por concurso
de traslados de ámbito estatal correspondiente a su ámbito de gestión territorial. Las
convocatorias que realicen los órganos correspondientes de las Comunidades
Autónomas se publicarán en sus respectivos Boletines o Diarios Oficiales y en el
«Boletín Oficial del Estado». En este último caso, la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» podrá sustituirse por la inserción en el mismo de un anuncio en el que se
indique la Administración educativa convocante, el cuerpo o cuerpos a los que afecta la
convocatoria, el Boletín o Diario Oficial en el que se hace pública la convocatoria, el
plazo de presentación de solicitudes y la fecha de inicio del mismo y el órgano o
dependencia al que deben dirigirse.
Tercero.
Anexo I: Modelo de instancia de participación en el concurso de traslados de los
Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales
de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Profesores
Técnicos de Formación Profesional, de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y
de Maestros.
Anexo II: Modelo de instancia de participación en el concurso de traslados de los
Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración educativa e Inspectores de
Educación.
Cuando en alguna de las convocatorias se prevea la utilización de sistemas de
lectura óptica o cumplimentación con apoyo informático, podrán establecerse en las
instancias las adaptaciones precisas para este fin.
cve: BOE-A-2022-14355
Verificable en https://www.boe.es
Los participantes, cualquiera que sea el contenido de sus peticiones, deberán
presentar una única solicitud por cada cuerpo por el que participen, aun cuando
participen por más de una especialidad, que se dirigirá al órgano que se determine en la
convocatoria que efectúe la Administración educativa a cuyo ámbito de gestión
pertenezca el centro o puesto desde el que participan o, en su caso, al órgano de quien
actualmente dependa el centro o plaza en el que tuvieron su último destino.
Los requisitos de participación deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento, hasta la
toma de posesión del nuevo destino.
La participación en los concursos de traslados convocados al amparo de la presente
Orden supone que el participante declara que reúne los requisitos exigidos para
participar y que los documentos aportados son veraces. En el caso de falsedad en los
datos y/o en la documentación aportada, podrá ser excluido de su participación en ese
procedimiento, con independencia de las responsabilidades a que hubiera lugar.
La solicitud a que se refiere el párrafo anterior se ajustará a los modelos que se
establecen en los anexos a la presente Orden: