III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-14393)
Orden CSM/837/2022, de 30 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022, de subvenciones destinadas a la digitalización y modernización de Juntas Arbitrales de Consumo, adscritas a Administraciones locales y autonómicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
Artículo 5.
1.
Sec. III. Pág. 121987
Actuaciones subvencionables.
Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:
a) Digitalización de los procedimientos que lleven a cabo las Juntas Arbitrales de
Consumo.
b) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales prestados por las
Juntas Arbitrales de Consumo a las personas consumidoras y empresarios que
intervengan en los procedimientos llevados a cabo por aquellas.
c) Incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones, dotándose
de medios electrónicos apropiados y suficientes para permitir la relación con las partes y
sectores interesados
d) Reducción de la brecha digital.
e) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.
f) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos
servicios digitales (chatbots, automatización y robotización, plataformas, etc.).
2.
Las líneas estratégicas son las siguientes:
a)
Línea estratégica 1. Administración orientada al ciudadano.
1.º Objetivo: mejorar los servicios públicos que se prestan para la solución
extrajudicial de conflictos de consumo, surgidos entre las personas consumidoras y a los
empresarios, favoreciendo su utilización, utilidad, calidad, accesibilidad, movilidad de los
servicios públicos digitales y la modernización de los procesos.
2.º Actuaciones subvencionables:
i. Desarrollo de apps para los servicios más utilizados. Desarrollo o adopción de los
servicios públicos digitales prestados por las Juntas Arbitrales de Consumo para la
resolución de conflictos entre las personas consumidoras y los empresarios, a través del
móvil, con especial énfasis en la usabilidad, accesibilidad y personalización de
contenidos.
ii. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la atención a las personas
consumidoras y empresarios. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la
mejora de la atención a las personas consumidoras, dirigidos en particular a la
orientación y tutela de estos en los casos de uso de mayor impacto.
b)
Línea estratégica 2. Operaciones inteligentes.
Automatización de servicios prestados por las Juntas Arbitrales de Consumo, así
como automatización inteligente de los procesos de prestación de los servicios más
utilizados por las personas consumidoras y empresarios en los procedimientos arbitrales
de consumo, empleando tecnologías basadas en inteligencia artificial, gestión inteligente
de procesos, robotización de procesos o similares, para obtener una reducción de
tiempos de tramitación y una mejora del servicio.
3. En el supuesto de presentación de varios proyectos las entidades beneficiarias
deberán incluir un orden de prelación, señalando necesariamente en su propuesta el
proyecto prioritario.
cve: BOE-A-2022-14393
Verificable en https://www.boe.es
1.º Objetivo: mejorar la calidad, cantidad y eficiencia de los servicios y procesos de
gestión y tramitación de las administraciones públicas, a través de la utilización de
tecnologías de automatización inteligente (Robotización de procesos, Inteligencia
artificial, etc.).
2.º Actuación subvencionable:
Núm. 210
Jueves 1 de septiembre de 2022
Artículo 5.
1.
Sec. III. Pág. 121987
Actuaciones subvencionables.
Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:
a) Digitalización de los procedimientos que lleven a cabo las Juntas Arbitrales de
Consumo.
b) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales prestados por las
Juntas Arbitrales de Consumo a las personas consumidoras y empresarios que
intervengan en los procedimientos llevados a cabo por aquellas.
c) Incorporación de tecnologías de la información y las comunicaciones, dotándose
de medios electrónicos apropiados y suficientes para permitir la relación con las partes y
sectores interesados
d) Reducción de la brecha digital.
e) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.
f) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos
servicios digitales (chatbots, automatización y robotización, plataformas, etc.).
2.
Las líneas estratégicas son las siguientes:
a)
Línea estratégica 1. Administración orientada al ciudadano.
1.º Objetivo: mejorar los servicios públicos que se prestan para la solución
extrajudicial de conflictos de consumo, surgidos entre las personas consumidoras y a los
empresarios, favoreciendo su utilización, utilidad, calidad, accesibilidad, movilidad de los
servicios públicos digitales y la modernización de los procesos.
2.º Actuaciones subvencionables:
i. Desarrollo de apps para los servicios más utilizados. Desarrollo o adopción de los
servicios públicos digitales prestados por las Juntas Arbitrales de Consumo para la
resolución de conflictos entre las personas consumidoras y los empresarios, a través del
móvil, con especial énfasis en la usabilidad, accesibilidad y personalización de
contenidos.
ii. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la atención a las personas
consumidoras y empresarios. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la
mejora de la atención a las personas consumidoras, dirigidos en particular a la
orientación y tutela de estos en los casos de uso de mayor impacto.
b)
Línea estratégica 2. Operaciones inteligentes.
Automatización de servicios prestados por las Juntas Arbitrales de Consumo, así
como automatización inteligente de los procesos de prestación de los servicios más
utilizados por las personas consumidoras y empresarios en los procedimientos arbitrales
de consumo, empleando tecnologías basadas en inteligencia artificial, gestión inteligente
de procesos, robotización de procesos o similares, para obtener una reducción de
tiempos de tramitación y una mejora del servicio.
3. En el supuesto de presentación de varios proyectos las entidades beneficiarias
deberán incluir un orden de prelación, señalando necesariamente en su propuesta el
proyecto prioritario.
cve: BOE-A-2022-14393
Verificable en https://www.boe.es
1.º Objetivo: mejorar la calidad, cantidad y eficiencia de los servicios y procesos de
gestión y tramitación de las administraciones públicas, a través de la utilización de
tecnologías de automatización inteligente (Robotización de procesos, Inteligencia
artificial, etc.).
2.º Actuación subvencionable: