III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-14321)
Resolución de 30 de junio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Cataluña, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de grado y máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209

Miércoles 31 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 121543

convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, conforme a los principios de
publicidad, objetividad y concurrencia.
La APB decidirá el número de estudiantes/as que realizarán las prácticas y realizará
la selección de los estudiantes, que oportunamente comunicará a la UPC, de acuerdo
con el procedimiento fijado según el procedimiento de selección de los/as estudiantes en
prácticas.
Tercera.

Evaluación y seguimiento.

La UPC establecerá los mecanismos adecuados para el seguimiento y evaluación de
dichas prácticas y nombrará de entre su profesorado un/a Tutor/a Académico/a que
tendrá como función el asesoramiento metodológico y técnico del estudiantado. El
organismo portuario nombrará un/a Tutor/a Profesional como guía y asesor/a.
El/la estudiante/a desarrollará su estancia en prácticas bajo la dirección conjunta de
ambos tutores. El/la Tutor/a Profesional designado/a por la APB establecerá las tareas a
llevar a cabo por el/la estudiante/a, le orientará y hará un informe final sobre las aptitudes
que haya demostrado durante su estancia en prácticas en el organismo. Este informe
será entregado al/la tutor/a de la Universidad cuando finalice la estancia en prácticas.
El/la Tutor/a Profesional designado/a por el organismo portuario durante la estancia
en prácticas del/de la estudiante/a velará específicamente por el cumplimiento del plan
de prácticas acordado y seguirá la evolución de la formación del/la estudiante/a.
La Universidad reconocerá la labor realizada por los/las Tutores/as de la APB en los
términos correspondientes.
Cuarta. Proyecto formativo.
La APB definirá en cada caso el perfil requerido de los/las estudiantes que acogerán
en prácticas, así como las tareas a realizar por los/las mismos/as y el período de
prácticas y condiciones, de acuerdo con el modelo de anexo 1.
El proyecto formativo tendrá como objetivo formar al estudiantado y familiarizarle con
la realidad profesional del Sector portuario, a través de la realización de actividades
seleccionadas atendiendo a su valor pedagógico e interés práctico, dentro de las áreas
de interés común a ambas instituciones y relacionadas en cada caso con el perfil de la
titulación de los/as estudiantes, siempre que no suponga el ejercicio de la fe pública
administrativa, registral, notarial, de expedición de visados o de cualquier otra actividad
reservada por ley o por normas reglamentarias a personal funcionario o contratado por la
Administración General del Estado.
En aplicación de lo previsto en el artículo 49 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, en el caso de que en el marco de estas
prácticas o derivadas de éstas se generen productos susceptibles de propiedad
intelectual, la titularidad de éstos corresponderá a los/as estudiantes que los hayan
realizado, teniendo en cuenta en todo caso el régimen establecido por la UPC de
procedencia. Será esta última a la que le corresponde decidir sobre la posible difusión de
estos productos.
Régimen general.

El desarrollo de las prácticas en la APB estará sujeto al régimen que se establece en
el presente convenio. Los detalles concretos de cada una de las prácticas se recogerán
en un anejo para cada uno/a de los/las estudiantes, de acuerdo con lo establecido en el
modelo que se adjunta, que formarán parte integrante del presente convenio.
A partir de la descripción que facilitará la APB para los puestos de prácticas, la UPC
se compromete a realizar la correspondiente difusión entre los/as estudiantes y facilitar la
presentación de currículos de las personas interesadas para cada práctica ofertada, así
como la redacción, de acuerdo con el organismo portuario, de los respectivos anejos

cve: BOE-A-2022-14321
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.