III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-14321)
Resolución de 30 de junio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Cataluña, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de grado y máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 31 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121542
EXPONEN
1) Que ambas partes consideran que la formación de los/as estudiantes y
titulados/as universitarios/as debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos
teóricos como prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones
profesionales, incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así
responder con eficacia y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
2) Que la UPC está interesada en establecer un Programa de Colaboración con la
Autoridad Portuaria de Barcelona (en adelante APB) para la realización de prácticas
académicas externas de los/as estudiantes matriculados/as en la misma, pudiendo ser
estas curriculares o extracurriculares, incluyéndose la realización de Trabajos Fin de
Grado, Trabajos Fin de Máster o Proyectos Fin de Carrera (en adelante TFG, TFM,
PFC), relativos a cualquier enseñanza oficial impartida por la Universidad, según las
condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente
programa formativo, así como de acuerdo con lo manifestado en la memoria justificativa
que se adjunta al presente convenio, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
NORMATIVA
El presente convenio se suscribe de acuerdo con lo establecido en:
– Ley orgánica 6/2001, de universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley
orgánica 4/2007, de 12 de abril.
– Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad.
– Real Decreto 592/2014 de 11 de julio sobre programas de cooperación educativa.
– Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, que regula los términos y las
condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas
que participen programas de formación.
– Normativa interna de prácticas académicas externas de la Universitat Politècnica
de Catalunya.
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Segunda.
Compromisos.
La APB determinará en qué instalaciones dependientes del organismo se llevarán a
cabo las prácticas, en virtud de la firma del presente convenio y según las condiciones
establecidas por el mismo.
La UPC se encargará de velar por que los/as estudiantes que soliciten las prácticas
cumplan los requisitos formativos y/o de titulación fijados en la oferta. Asimismo,
gestionará todos los aspectos formales de las ofertas de las prácticas objeto del presente
cve: BOE-A-2022-14321
Verificable en https://www.boe.es
El objeto del presente convenio es colaborar con la UPC para el desarrollo de las
prácticas, curriculares y extracurriculares, de estudiantes de las titulaciones que imparte
todas sus facultades para los próximos 4 cursos académicos a partir del día de la
inscripción del convenio en el REOICO, y al amparo de la normativa específica de
prácticas académicas de la UPC.
Núm. 209
Miércoles 31 de agosto de 2022
Sec. III. Pág. 121542
EXPONEN
1) Que ambas partes consideran que la formación de los/as estudiantes y
titulados/as universitarios/as debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos
teóricos como prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones
profesionales, incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así
responder con eficacia y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
2) Que la UPC está interesada en establecer un Programa de Colaboración con la
Autoridad Portuaria de Barcelona (en adelante APB) para la realización de prácticas
académicas externas de los/as estudiantes matriculados/as en la misma, pudiendo ser
estas curriculares o extracurriculares, incluyéndose la realización de Trabajos Fin de
Grado, Trabajos Fin de Máster o Proyectos Fin de Carrera (en adelante TFG, TFM,
PFC), relativos a cualquier enseñanza oficial impartida por la Universidad, según las
condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente
programa formativo, así como de acuerdo con lo manifestado en la memoria justificativa
que se adjunta al presente convenio, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
NORMATIVA
El presente convenio se suscribe de acuerdo con lo establecido en:
– Ley orgánica 6/2001, de universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley
orgánica 4/2007, de 12 de abril.
– Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad.
– Real Decreto 592/2014 de 11 de julio sobre programas de cooperación educativa.
– Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, que regula los términos y las
condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas
que participen programas de formación.
– Normativa interna de prácticas académicas externas de la Universitat Politècnica
de Catalunya.
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Segunda.
Compromisos.
La APB determinará en qué instalaciones dependientes del organismo se llevarán a
cabo las prácticas, en virtud de la firma del presente convenio y según las condiciones
establecidas por el mismo.
La UPC se encargará de velar por que los/as estudiantes que soliciten las prácticas
cumplan los requisitos formativos y/o de titulación fijados en la oferta. Asimismo,
gestionará todos los aspectos formales de las ofertas de las prácticas objeto del presente
cve: BOE-A-2022-14321
Verificable en https://www.boe.es
El objeto del presente convenio es colaborar con la UPC para el desarrollo de las
prácticas, curriculares y extracurriculares, de estudiantes de las titulaciones que imparte
todas sus facultades para los próximos 4 cursos académicos a partir del día de la
inscripción del convenio en el REOICO, y al amparo de la normativa específica de
prácticas académicas de la UPC.