III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-14269)
Resolución de 17 de junio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica el Convenio con la Universidad de La Laguna, para el desarrollo de la Cátedra Institucional de Economía Azul.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 208

Martes 30 de agosto de 2022

Sec. III. Pág. 121251

que se apruebe por la comisión mixta que se configure para la ejecución del presente
convenio.
1.3 El presente convenio se enmarca dentro de las funciones atribuidas a las
Autoridades Portuarias por el artículo 26 del Texto Refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5
de septiembre, entre las que se encuentra la siguiente:
«n) Impulsar la formación de su personal y desarrollar estudios e investigaciones
en materia relacionada con la actividad portuaria y la protección del medio ambiente,
así como colaborar en ello con otros puertos, organizaciones o empresas, ya sean
nacionales o extranjeras.»
1.4 El presente Convenio no supondrá para la Autoridad Portuaria de Santa Cruz
de Tenerife obligaciones de ningún tipo, presentes o futuras para con la ULL, limitándose
exclusivamente a ejecutar los compromisos que asume y que se contienen en la
Cláusula Tercera de este documento.
1.5 El presente Convenio no supondrá para la Universidad de La Laguna
obligaciones de ningún tipo, presentes o futuras para con la Autoridad Portuaria de Santa
Cruz de Tenerife, limitándose exclusivamente a ejecutar los compromisos que asume y
que se contienen en la Cláusula Tercera de este documento.
1.6 El presente convenio se adapta a lo establecido en artículo 2.3 del Reglamento
para la creación, organización y funcionamiento de las cátedras institucionales y de
empresa de la Universidad de La Laguna.
Segunda.

Actividades.

La mencionada Cátedra servirá de marco para la realización de las siguientes
actividades:
a) Organizar y celebrar actividades formativas tales como seminarios, jornadas,
ciclos de conferencias o clases magistrales relacionados con la Economía Azul.
b) Desarrollar actividades divulgativas, de promoción de la actividad emprendedora
en el ámbito de la Economía Azul, con especial mención a las temáticas relacionadas
con puerto sostenible, puerto competitivo, dinamo de innovación, y puerto accesible.
c) Desarrollar programas de investigación relacionados con la cláusula primera, así
como de difusión de la actividad docente e investigadora.
d) Apoyar la publicación de monografías sobre los temas objeto de estudio por la
Cátedra.
e) Colaborar en proyectos similares, con otras Universidades a nivel autonómico,
nacional o internacional.
f) Acercar el mundo de la empresa al de la Universidad y viceversa fomentando la
participación de profesionales del ámbito empresarial en actividades académicas.
g) Fomentar la transferencia de conocimiento y el intercambio de experiencias entre
la Universidad y los diferentes agentes involucrados en la economía azul.
Tercera. Compromisos de las Partes.
La ULL se compromete a:

1.1.1 Destinar la dotación económica realizada por la Autoridad Portuaria de Santa
Cruz de Tenerife a financiar el desarrollo y ejecución material del plan de trabajo que
apruebe la Comisión Mixta creada a tal efecto. En todo caso, si por razones justificadas
hubiera que introducir modificaciones en la ejecución del plan de trabajo, éstas se
informarán a la Comisión Mixta por parte del Director/a de la Cátedra y deberán ser
ratificadas por la misma.

cve: BOE-A-2022-14269
Verificable en https://www.boe.es

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