I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-14117)
Real Decreto 631/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a centros y fundaciones públicos de investigación y universidades públicas españolas para la realización de proyectos innovadores en el despliegue de las tecnologías 5G avanzado y 6G, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de agosto de 2022

Sec. I. Pág. 120541

La presente norma no supone ninguna modificación de los elementos esenciales de
la subvención establecida por el Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre. Además,
los centros y fundaciones públicos de investigación y universidades públicas españolas
beneficiarios siguen quedando sujetos a las obligaciones establecidas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia para los hitos 243 y 244, relativos a la
Inversión I6 del Componente 15, así como a los mecanismos de gestión y control
establecidos en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE,
así como a la normativa interna que se establezca para la gestión, seguimiento y control
del mismo.
En la elaboración y tramitación de esta norma se han observado los principios de
buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los principios de
necesidad y eficacia de este real decreto se fundamentan en el objetivo pretendido por el
Gobierno de España de promover la transformación digital a través de la investigación, el
desarrollo y la innovación en el ámbito de las tecnologías de 5G avanzado y 6G.
En cuanto al principio de proporcionalidad, este real decreto no establece
restricciones de derechos, conteniendo la regulación imprescindible para atender la
necesidad a cubrir. Por lo que afecta al principio de seguridad jurídica, el real decreto es
coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y europeo.
La norma cumple asimismo con el principio de transparencia ya que define
claramente sus objetivos, reflejados en esta parte expositiva y en la memoria que
acompaña a la norma. También se garantiza el principio de eficiencia, al no imponer
cargas administrativas innecesarias o accesorias. Por último, el principio de eficiencia
queda garantizado porque la norma no impone cargas administrativas innecesarias o
accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Tal como se procedió con el Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre, se ha
prescindido del trámite de consulta pública, puesto que la norma no tiene impacto
significativo en la actividad económica, no impone obligaciones relevantes a los
destinatarios y regula aspectos parciales de una materia, en concordancia con lo dispuesto
en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Al no afectar la
norma a derechos e intereses legítimos de las personas, de acuerdo a lo previsto en el
artículo 26.6 de la Ley 50/1997, no se ha efectuado el trámite de audiencia pública e
información públicas, si bien la modificación ha sido puesta en conocimiento de los
beneficiarios de las ayudas otorgadas, quienes no han formulado objeciones a la misma.
De acuerdo con lo anterior, la tramitación de este real decreto se ha ajustado a lo
establecido en los artículos 47 y 60 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
siéndole además de aplicación lo establecido en los artículos 60 y siguientes de dicho
real decreto-ley, relativos a las medidas de agilización de las subvenciones financiables
con fondos europeos.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de
Asuntos Económicos y Transformación Digital, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 26 de julio de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 1040/2021, de 23 de noviembre, por el
que se regula la concesión directa de una subvención a centros y fundaciones
públicos de investigación y universidades públicas españolas para la realización de
proyectos innovadores en el despliegue de las tecnologías 5G avanzado y 6G, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La letra e) del apartado 1 del artículo 20 del Real Decreto 1040/2021, de 23
de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a centros y
fundaciones públicos de investigación y universidades públicas españolas para la
realización de proyectos innovadores en el despliegue de las tecnologías 5G avanzado

cve: BOE-A-2022-14117
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Núm. 205